Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2016 (31/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Domingo 31 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

576999

VISTOS: El Oficio Nº 002-2016-OPJ-CNPJ-CE-PJ e Informe Nº 002-2016-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursados por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial, respecto al Oficio Nº 13757-2015-P-CSJLN/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolución Administrativa Nº 160-2015-CE-PJ de fecha 6 de mayo de 2015, se dispuso reubicar a partir del 16 de julio hasta el 15 de enero de 2016, el 1º y 3º Juzgado Civil Permanente de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, como 2º Juzgado Civil de Puente Piedra y 3º Juzgado Civil de San Martín de Porres, de la misma Corte Superior. Segundo. Que mediante Oficio Nº 13757-2015-P-CSJLN/PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte solicitó la prórroga de funcionamiento del 2º Juzgado Civil del Distrito de Puente Piedra y del 3º Juzgado Civil del Distrito de San Martín de Porres, sustentando su solicitud en atención de la sobrecarga procesal existente. Tercero. Que por Oficio Nº 002-2016-OPJ-CNPJ-CEPJ, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial eleva a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 002-2016-OPJCNPJ-CE/PJ, a través del cual ha efectuado la evaluación de la solicitud del Presidente de las Corte Superior de Justicia de Lima Norte, dando cuenta de lo siguiente: a) Al mes de octubre de 2015, el 2º Juzgado Civil de Puente Piedra registró 299 expedientes resueltos de una carga procesal de 790, presentando un avance de meta del 110%, respecto a su avance ideal del 67%, logrando un "muy buen" nivel resolutivo. Respecto a la carga pendiente, es menor en comparación a la de su homólogo permanente, razón por la cual resulta conveniente que el 1º Juzgado Civil redistribuya 300 expedientes al 2º Juzgado Civil a fin de equiparar la carga procesal, y continúe con una descarga procesal efectiva. b) Al mes de octubre de 2015, el 3º Juzgado Civil de San Martín de Porres registró 89 expedientes resueltos de una carga procesal total de 401 expedientes, con lo cual alcanzó un nivel de avance del 49% de la meta establecida en 182 expedientes, lo cual representa un "regular" nivel de resolución de expedientes en trámite. Respecto a la carga pendiente, es menor en comparación a la de sus homólogos permanentes, razón por la cual resulta conveniente que el 1º y 2º Juzgado Civil redistribuyan 300 y 200 expedientes, respectivamente, al 3º Juzgado Civil a fin de equiparar la carga procesal, y cumpla con una descarga efectiva. Cuarto. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 017-2016 de la tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez, y Álvarez Díaz; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 16 de enero de 2016, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte: HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2016 - 3º Juzgado Civil del Distrito de San Martín de Porres. HASTA EL 31 DE JULIO DE 2016 - 2º Juzgado Civil del Distrito de Puente Piedra.

Artículo Segundo.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, efectuará las siguientes acciones administrativas: · Que el 1º Juzgado Civil del Distrito de Puente Piedra remita al 2º Juzgado Civil del mismo distrito, 300 expedientes principales en trámite más antiguos, provenientes de la carga procesal pendiente, que al 15 de enero de 2016 no se encuentren expeditos para sentenciar, ni cuenten con vista de causa a esa fecha, con la finalidad de equipar carga procesal y continúe con una descarga eficiente. · Que el 1º y 2º Juzgado Civil del Distrito de San Martín de Porres, remitan al 3º Juzgado Civil del mismo distrito, 300 y 200 expedientes principales en trámite más antiguos, respectivamente, provenientes de la carga procesal pendiente, que al 15 de enero de 2016 no se encuentren expeditos para sentenciar, ni cuenten con vista de causa a esa fecha, con la finalidad de equiparar carga procesal y cumpla con una descarga efectiva. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1339963-2

ORGANOS AUTONOMOS

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de Gerente Jurídico a Suiza, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 002-2016-BCRP-N Lima, 20 de enero de 2016 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la invitación del Banco de Pagos Internacionales (BIS) para participar en una Reunión de asesores jurídicos y expertos legales en Banca Central del 3 al 5 de febrero en la ciudad de Basilea, Suiza; En dicha reunión se discutirán desarrollos legales recientes en actividades propias de la banca central, con especial énfasis en las medidas de resolución de entidades financieras y los desafíos de los departamentos legales sobre este aspecto, así como los debates relacionados al mandato de estabilidad financiera de los bancos centrales; por lo que se considera conveniente la participación del Banco Central de Reserva del Perú; La Gerencia Jurídica asesora jurídicamente a las diversas unidades organizacionales del Banco para el cumplimiento de sus fines y objetivos y defiende los intereses institucionales ante las autoridades judiciales y administrativas; Que, de conformidad dispuesto por la Ley Nº 27619 y su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM así como por sus normas modificatorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 7 de enero de 2016; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior del doctor Manuel Monteagudo Valdez, Gerente Jurídico,

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