Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2016 (04/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Jueves 4 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 3°.- Remitir copia de la presente resolución a los funcionarios y responsables a quienes se les ha delegado facultades mediante la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1341761-1

- Contralmirante (R) Eduardo Jorge NOVOA Monge - Contralmirante (R) Cristian Eduardo LINDLEY Ruíz Artículo 2º.- Ratificar al Vicealmirante Mauro Daniel Pelayo CACHO de Armero, Jefe del Estado Mayor General de la Marina y al Contralmirante Augusto Octavio BOHORQUEZ Villalta, Director de Alistamiento Naval, como Presidente y miembro integrante del citado Directorio, respectivamente. Artículo 3º.- Designar como Directores de la empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.), a los siguientes Oficiales Almirantes: - Vicealmirante James Guido THORNBERRY Schiantarelli, Director General del Material de la Marina. - Contralmirante Silvio Javier ALVA Villamón, Director Ejecutivo de la empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.). - Contralmirante Rafael Francisco ZARIQUIEY Núñez, Director General de Economía de la Marina. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1341827-3

DEFENSA
Ratifican a Presidente y miembro del Directorio y designan Directores de la empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.)
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 038-2016-DE/MGP Lima, 3 de febrero de 2016 Vista, la Carta G.500-0002 del Comandante General de la Marina, de fecha 6 de enero de 2016, mediante el cual propone el nombramiento de los miembros del Directorio de la empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.) para el año 2016; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 1º de la Ley Nº 27073, Ley de Servicios Industriales de Ia Marina S.A. (SIMAPERÚ S.A.), concordante con lo establecido en el artículo 20º del Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, SIMA-PERÚ S.A. es una empresa del Sector Defensa; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15º de la referida Ley, modificado por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1134, el Directorio de la citada empresa debe estar integrado por NUEVE (9) miembros designados por Resolución Suprema; asimismo, señala que el Directorio de la empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.), está integrado por el Jefe del Estado Mayor General de la Marina, quien lo presidirá; el Director General de Economía de la Marina; el Director General del Material de la Marina; el Director de Alistamiento Naval; el Director Ejecutivo de SIMA-PERÚ S.A. y CUATRO (4) Directores en representación del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE; Que, mediante Resolución Suprema Nº 052-2015-DE/ MGP, de fecha 13 de febrero de 2015, fueron nombrados los miembros del Directorio de la empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.); Que, por razones del servicio y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15º de la Ley Nº 27073, es necesario modificar la conformación del Directorio de la empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMAPERÚ S.A.), mediante el reemplazo o ratificación, según corresponda, de algunos de sus integrantes, que han sido cambiados de colocación y/o pasado a la situación militar de retiro; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27073, Ley de Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.), la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de los siguientes Oficiales Almirantes como miembros integrantes del Directorio de la empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.), dispuesta por Resolución Suprema Nº 052-2015-DE, de fecha 13 de febrero de 2015, agradeciéndoles por los servicios prestados:

Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 102-2016-DE/SG Lima, 3 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 45 del 22 de enero de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 433 CCFFAA/CIOEC/SG, del 28 de enero de 2016, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 05 al 15 de febrero del 2016, con la finalidad de sostener reuniones con miembros del Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas Armadas del Perú (CIOEC), Fuerza Especial Conjunta (FEC), Fuerza de Operaciones Especiales de la Marina de Guerra (FOE) y Dirección contra el Terrorismo de la Policía Nacional (DIRCOTE). Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución

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