Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2016 (04/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de febrero de 2016 /

El Peruano

Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a un (01) militar de los Estados Unidos de América, del 05 al 15 de febrero del 2016, con la finalidad de sostener reuniones con miembros del Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas Armadas del Perú (CIOEC), Fuerza Especial Conjunta (FEC), Fuerza de Operaciones Especiales de la Marina de Guerra (FOE) y Dirección contra el Terrorismo de la Policía Nacional (DIRCOTE). Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS PEREZ GUADALUPE Ministro del Interior Encargado del Ministerio de Defensa

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Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209 1341489-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Crédito Suplementario a favor del pliego Autoridad Portuaria Nacional en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016
DECRETO SUPREMO N° 014-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprueba, entre otros, el presupuesto del pliego 214: Autoridad Portuaria Nacional; Que, con fecha 24 de julio del 2006, el Estado de la República del Perú (Concedente), representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien a su vez actúa a través de la Autoridad Portuaria Nacional, y DP World Callao S.A., actualmente DP World Callao S.R.L. (Concesionario), suscribieron el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Financiamiento, Conservación y Explotación del Nuevo Terminal de Contenedores ubicado adyacente al rompeolas sur del Terminal Portuario del Callao - Zona Sur, contrato en el cual se señala, entre otros, la obligación del Concesionario de transferir en Dominio Fiduciario la Inversión Complementaria Adicional (ICA), de acuerdo a los términos y condiciones establecidos por dicho documento legal; Que, en el marco del citado Contrato de Concesión, con fecha 16 de octubre de 2006 se suscribió el Contrato de Fideicomiso en Administración, en virtud del cual DP World Callao S.R.L. (Fideicomitente) transfirió al Banco Continental (Fiduciario) el Dominio Fiduciario de la Inversión Complementaria Adicional, con la finalidad de que, bajo las órdenes a ser impartidas por la Autoridad

Portuaria Nacional (Fideicomisario), el Fiduciario administre la correcta y oportuna aplicación de la misma en el desarrollo de las inversiones del Fideicomiso, inversiones entre las que se encuentran los proyectos de inversión pública "Mejoramiento y Ampliación de la Boca de Entrada al Terminal Portuario del Callao" y el "Mejoramiento de Accesos Terrestres al Terminal Portuario del Callao", conforme a lo previsto en la Sección IX numerales 9.1 y 9.2 del referido Contrato de Concesión; Que, mediante Decreto Supremo N° 316-2009-EF se aprobó la Operación de Endeudamiento Interno entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación, hasta por la suma de CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES (S/.185 000 000,00), para financiar parcialmente el proyecto de inversión pública "Mejoramiento y Ampliación de la Boca de Entrada al Terminal Portuario del Callao", siendo la unidad ejecutora el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Autoridad Portuaria Nacional - APN; Que, con fecha 17 de mayo de 2010, se suscribió la Primera Adenda al Contrato de Fideicomiso en Administración entre DP World Callao S.R.L., el Banco Continental y la Autoridad Portuaria Nacional, para efectos de que el "Patrimonio Fideicometido Muelle Sur ­ Inversión Complementaria Adicional" pueda ser utilizado, entre otros conceptos, para efectuar las transferencias de recursos al Ministerio de Economía y Finanzas para el pago del servicio de la deuda correspondientes a las operaciones de endeudamiento interno concertados o por concertarse por dicho Ministerio con el Banco de la Nación; Que, con fecha 22 de marzo del 2010 el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación, con la intervención del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Autoridad Portuaria Nacional, suscribieron el Contrato de Crédito bajo la modalidad de préstamo a favor del Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 185 000 000,00) destinado a financiar parcialmente el proyecto de inversión pública "Mejoramiento y Ampliación de la Boca de Entrada al Terminal Portuario del Callao" a ser ejecutado por la Autoridad Portuaria Nacional; Que, según el Contrato de Crédito al que se refiere el considerando precedente, el servicio de la deuda será atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas, con los recursos que para tal efecto, proporcione la Autoridad Portuaria Nacional con cargo a los flujos futuros que se generen en el marco del Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Financiamiento, Conservación y Explotación del Nuevo Terminal de Contenedores ubicado adyacente al rompeolas sur del Terminal Portuario del Callao - Zona Sur, a través del Contrato de Fideicomiso en Administración; Que, mediante Resolución Ministerial N° 245-2010EF/75 se aprobó el Convenio de Traspaso de Recursos, mediante el cual se establecen los términos y condiciones del traslado de fondos para la atención del servicio de la deuda derivada de la Operación de Endeudamiento Interno aprobada mediante Decreto Supremo N° 3162009-EF para el financiamiento parcial del proyecto de inversión pública "Mejoramiento y Ampliación de la Boca de Entrada al Terminal Portuario del Callao", cuyo convenio fue suscrito con fecha 20 de mayo de 2010; Que, de otro lado, en el marco del citado Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Financiamiento, Conservación y Explotación del Nuevo Terminal de Contenedores ubicado adyacente al rompeolas sur del Terminal Portuario del Callao - Zona Sur, del Contrato de Fideicomiso en Administración (Fideicomiso Muelle Sur) y de la Primera Adenda al Contrato antes mencionado, mediante el Decreto de Urgencia N° 052-2009 se declaró de necesidad nacional el proyecto de inversión pública "Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta-Callao", estableciéndose que su ejecución está a cargo del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao durante el período 2009-2011, ampliándose su vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2013 de acuerdo a lo dispuesto por la Centésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; Que, mediante Decreto Supremo N° 271-2010-EF se aprobó la Operación de Endeudamiento Interno con el Banco de la Nación, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 150 000

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