Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2016 (04/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Jueves 4 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES
Nº SUBPARTIDA NACIONAL 4 6401.10.00.00 5 6506.10.00.00 6 7228.80.00.00 7 7304.22.00.00 8 7304.23.00.00 9 8207.13.10.00 10 8207.13.20.00 11 8207.13.30.00 12 8207.13.90.00 13 8207.19.10.00 14 8207.19.21.00 15 8207.19.29.00 16 8207.19.30.00 17 8207.19.80.00 18 8207.90.00.00 19 8430.41.00.00 20 8430.49.00.00 21 8431.43.10.00 22 8431.43.90.00 CALZADO CON PROTECCIÓN DESCRIPCIÓN PUNTERA

577139

Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará derecho a la devolución del IGV e Impuesto de Promoción Municipal a favor de Fresnillo Perú S.A.C. durante la fase de exploración
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 027-2016-MEM/DM Lima, 28 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2002-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27623, modificada por la Ley Nº 27662 y ampliada su vigencia por Ley Nº 29966 y Ley Nº 30404, que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración; Que, el inciso c) del artículo 6º del citado reglamento estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios se aprobará mediante resolución ministerial del Ministerio de Energía y Minas, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, por Decreto Supremo Nº 150-2002-EF se aprobó la lista general de los bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución definitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal; Que, por Escrito Nº 2539809, FRESNILLO PERÚ S.A.C. solicitó al Ministerio de Energía y Minas la suscripción de un Contrato de Inversión en Exploración, adjuntando la lista de bienes y servicios cuya adquisición le otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal, durante la fase de exploración; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante el Oficio Nº 260-2015-EF/15.01 de fecha 16 de diciembre de 2015 e Informe Nº 363-2015-EF/61.01, de fecha 15 de diciembre de 2015, emitió opinión favorable a la lista de bienes y servicios presentada por FRESNILLO PERÚ S.A.C. considerando que la lista presentada por la citada empresa coincide con los bienes y servicios aprobados por el Decreto Supremo Nº 150-2002-EF, adecuada al Arancel de Aduanas vigente; Con la opinión favorable de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 27623, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2002-EF y el artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a favor de FRESNILLO PERÚ S.A.C. durante la fase de exploración, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas FRESNILLO PERU S.A.C. LISTA DE BIENES Y SERVICIOS QUE TIENEN DERECHO A LA DEVOLUCIÓN DEL IGV E IPM I. BIENES
Nº SUBPARTIDA NACIONAL 1 2508.10.00.00 2 3824.90.60.00 3 3926.90.60.00 BENTONITA PREPARACIONES PARA FLUIDOS DE PERFORACIÓN DE POZOS ("LODOS") PROTECTORES PLÁSTICA ANTIRRUIDOS DE MATERIA DESCRIPCIÓN

METÁLICA

DE

CASCOS DE SEGURIDAD BARRAS HUECAS PARA PERFORACIÓN, DE ACEROS ALEADOS O SIN ALEAR TUBOS DE PERFORACIÓN DE ACERO INOXIDABLE LOS DEMÁS TUBOS DE PERFORACIÓN TRÉPANOS Y CORONAS CON PARTE OPERANTE DE CERMET BROCAS CON PARTE OPERANTE DE CERMET BARRENAS INTEGRALES CON PARTE OPERANTE DE CERMET LOS DEMÁS ÚTILES CON PARTE OPERANTE DE CERMET TRÉPANOS Y CORONAS EXCEPTO DE CERMET BROCAS DIAMANTADAS EXCEPTO DE CERMET LAS DEMÁS BROCAS EXCEPTO DE CERMET Y DIAMANTADAS BARRENAS INTEGRALES LOS DEMÁS ÚTILES INTERCAMBIABLES PERFORACIÓN O SONDEO LOS DEMÁS ÚTILES INTERCAMBIABLES LAS DEMÁS, MÁQUINAS DE SONDEO PERFORACIÓN AUTOPROPULSADAS LAS DEMÁS, MÁQUINAS DE SONDEO PERFORACIÓN EXCEPTO AUTOPROPULSADAS BALANCINES LAS DEMAS PARTES IDENTIFICABLES DE MÁQUINAS DE SONDEO O PERFORACIÓN DE LAS SUBPÁRTIDAS 8430.41 U 8430.49 ESTACIONES BASE LOS DEMÁS APARATOS PARA LA RECEPCIÓN, CONVERSIÓN, TRANSMISIÓN O REGENERACIÓN DE VOZ, IMAGEN U OTROS DATOS SOPORTES ÓPTICOS GRABADOS REPRODUCIR IMAGEN O IMAGEN Y SONIDO LOS DEMÁS SOPORTES ÓPTICOS GRABADOS CAMIONETAS PICK UP ENSAMBLADAS DE PESO TOTAL CON CARGA MÁXIMA INFERIOR O IGUAL A 4,537 T DIESEL. CAMIONES AUTOMÓVILES PERFORACIÓN PARA SONDEO O PARA O Y DE

23 8517.61.00.00 24 8517.62.90.00

25 8523.49.20.00 26 8523.49.90.00 27 8704.21.10.10

28 8705.20.00.00 29 9006.30.00.00

CÁMARAS ESPECIALES PARA FOTOGRAFÍA SUBMARINA O AÉREA, EXAMEN MÉDICO DE ÓRGANOS INTERNOS O PARA LABORATORIOS DE MEDICINA LEGAL O IDENTIFICACIÓN JUDICIAL MICROSCOPIOS ESTEREOSCOPICOS LOS DEMÁS MICROSCOPIOS PARA FOTOMICROGRAFÍA, CINEFOTOMICROGRAFÍA O MICROPROYECCIÓN MICROSCOPIOS, EXCEPTO DIFRACTÓGRAFOS LOS ÓPTICOS;

30 9011.10.00.00 31 9011.20.00.00

32 9012.10.00.00 33 9014.20.00.00 34 9014.80.00.00 35 9015.10.00.00 36 9015.20.10.00 37 9015.20.20.00 38 9015.30.00.00

INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA NAVEGACIÓN AÉREA O ESPACIAL (EXCEPTO LAS BRÚJULAS) LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE NAVEGACIÓN TELÉMETROS TEODOLITOS TAQUÍMETROS NIVELES

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