Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2016 (06/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Sábado 6 de febrero de 2016 /

El Peruano

y ampliar la capacidad de los ya existentes, alineando sus servicios a las necesidades de las empresas y productores de las diversas regiones del país; asimismo, proponer y opinar respecto de la creación de los CITE públicos; Que, el Plan Nacional de Diversificación Productiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-PRODUCE, establece como medidas específicas de su tercer eje (Expansión de la Productividad de la Economía) el incluir, entre otros, la línea de acción de crear el Programa de Difusión Tecnológica para Mipymes y ampliar la oferta de Centros de Innovación Tecnológica (CITE), a fin de proveer servicios de asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías y el cumplimiento de estándares; Que, mediante el Oficio Nº 066-2016-ITP/DE la Dirección Ejecutiva del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) remite la propuesta de creación del "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Textil Camélidos Huancavelica - CITEtextil Camélidos Huancavelica", de naturaleza pública y dentro del ámbito del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, la cual ha sido aprobada por el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº SO 1703-2016-ITP/CD adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 03 de fecha 03 de febrero de 2016; asimismo, tiene como sustento el Informe Técnico Nº 009-2016-ITP/DGTTDC de fecha 02 de febrero de 2016 de la Dirección General de Transferencia Tecnológica y Desarrollo para el Consumo, la disponibilidad presupuestal es certificada con el Informe N° 41-2016-ITP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), y la viabilidad legal con el Informe Nº 083-2016-ITP/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del citado Instituto; Que, por las razones expuestas corresponde emitir el acto de administración creando el "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Textil Camélidos Huancavelica - CITEtextil Camélidos Huancavelica", de naturaleza pública dentro del ámbito del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción; Con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Créase el "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Textil Camélidos Huancavelica - CITEtextil Camélidos Huancavelica", de naturaleza pública, en el ámbito del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con las funciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica ­ CITE. Artículo 2.- El CITEtextil Camélidos Huancavelica tiene como objetivo apoyar las acciones de transferencia tecnológica, capacitación, asistencia técnica a las unidades de negocios y asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías con el fin de aumentar su competitividad, optimización de procesos, capacidad de innovación, y desarrollo de productos mejorados, generando mayor valor en las cadenas de camélidos domésticos de la zona, mejorando la oferta, productividad y calidad de sus productos tanto para el mercado nacional como el externo; siendo su ámbito territorial el departamento de Huancavelica. Artículo 3.- El CITEtextil Camélidos Huancavelica tendrá su sede en el departamento de Huancavelica. Artículo 4.- El CITEtextil Camélidos Huancavelica tendrá un Comité Directivo. Artículo 5.- La gestión administrativa, técnica y económica del CITEtextil Camélidos Huancavelica estará a cargo de un Director designado por Resolución Ministerial

del Ministerio de la Producción, quien participará en el Comité Directivo. Artículo 6.- El CITEtextil Camélidos Huancavelica contará estructuralmente con unidades operativas y de gestión. Artículo 7.- Son recursos del CITEtextil Camélidos Huancavelica los siguientes: a. Los que le asigne el Estado, según corresponda. b. Los generados como consecuencia de sus actividades. c. Los aportes provenientes de la Cooperación Técnica Internacional y Nacional. d. Las donaciones provenientes de cualquier fuente. e. Otros recursos que se le asigne para sus fines. La administración de los recursos se efectuará por el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP). Artículo 8.- El Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) define la infraestructura y el equipo que será utilizado para la operatividad del "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Textil Camélidos Huancavelica - CITEtextil Camélidos Huancavelica". De ser el caso, se efectuarán las acciones que correspondan para la afectación en uso, donación u otra modalidad de transferencia de terrenos, infraestructura u otros activos para su contribución y/o implementación. Artículo 9.- El Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) consignará en su pliego presupuestal los recursos para el funcionamiento permanente del "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Textil Camélidos Huancavelica - CITEtextil Camélidos Huancavelica". Artículo 10.- El "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Textil Camélidos Huancavelica - CITEtextil Camélidos Huancavelica", creado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial debe adecuarse al Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, en lo que corresponda de acuerdo a la normatividad vigente. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1342904-8

Delegan diversas facultades en la Secretaría General y en la Oficina General de Administración del ITP, y en los Directores Ejecutivos de los CITEs públicos
RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 013-2016-ITP/DE Callao, 3 de febrero de 2016 VISTO: El Informe Nº 056-2016-ITP/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Acuerdo Nº SO 0502-2016-ITP/CD del Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 92 se crea el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP) y de conformidad con la Vigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, se modifica su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); asimismo, adscribe al ITP los Centros de Innovación Tecnológica (CITE), de naturaleza pública en el ámbito de producción, denominados por el Decreto Legislativo Nº 1228 como Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE); Que, mediante Decreto Supremo Nº 048-2010-PCM, actualizado por el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, se califica al ITP como un Organismo Técnico Especializado del Sector Producción;

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