Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2016 (07/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Domingo 7 de febrero de 2016 /

El Peruano

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria deberá presentar un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 1342536-1

- MARILIES ODET GONZALES SALAZAR - WILLY ROY DIAZ ALLASI Artículo 2º.- Designar como Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque a los trabajadores que a continuación se indican: - HORACIO OMAR ARRUNATEGUI MUÑOZ - JOSE BENIGNO MARIN ABANTO Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO ARTURO TOMA OYAMA Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas 1342709-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Dejan sin efecto designaciones y designan Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Nº 015-2016-SUNAT/800000 Lima, 5 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que el artículo 127º de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima comprobar y autenticar la fidelidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que mediante Resolución de Superintendencia N.º 170-2007/SUNAT de fecha 5 de setiembre de 2007, se designó a la señora Marilies Odet Gonzales Salazar como Fedatario Administrativo Titular de la Intendencia Regional Lambayeque; Que con Resolución de Superintendencia N.º 0872012/SUNAT de fecha 20 de abril de 2012, se designó al señor Willy Roy Díaz Allasi como Fedatario Administrativo Titular de la Intendencia Regional Lambayeque; Que por necesidades del servicio se ha estimado conveniente dejar sin efecto las designaciones de los trabajadores a que se refieren los considerandos precedentes y proceder a designar a los trabajadores que ejercerán la función de Fedatarios Administrativos Titulares en la Intendencia de Aduanas y Tributos de Lambayeque; En uso de la facultad conferida por el inciso j) del artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.º 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto las designaciones como Fedatarios Administrativos Titulares, efectuadas mediante Resoluciones de Superintendencia N.os 170-2007/SUNAT y 087-2012/SUNAT de fechas 5 de setiembre de 2007 y 20 de abril de 2012, respectivamente, a los trabajadores que a continuación se indican:

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Aprueban el Programa Anual de Supervisión de SUSALUD para el período 2016
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 025-2016-SUSALUD/S Lima, 5 de febrero de 2016 VISTOS: El Informe Nº 00003-2016/SASUPERVISIÓN del 29 de enero de 2016 del Superintendente Adjunto de Supervisión ­ SASUPERVISIÓN; el Informe Nº 00280-2016/ISIPRESS del 02 de febrero de 2016 del Intendente de la Intendencia de Supervisión de IPRESS ­ ISIPRESS; el Informe Nº 00033-2016/IPROM del 01 de febrero de 2016 del Intendente de la Intendencia de Promoción de Derechos en Salud ­ IPROM; y el Informe Nº 00046-2016/OGAJ del 04 de febrero de 2016 del Encargado de las funciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 9º y 11º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 29344, Ley Marco del Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, se crea la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera, encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud ­ IAFAS, así como supervisar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud ­ IPRESS, en el ámbito de su competencia; Que, los numerales 6), 7) y 15) del artículo 13º del citado TUO, establece como funciones generales de SUSALUD, respectivamente, las de regular, supervisar, autorizar y registrar a las IAFAS, así como supervisar y registrar a las IPRESS y a las Unidades de Gestión de IPRESS; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA), establece que toda referencia hecha a la SUNASA se entenderá hecha a SUSALUD; Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2015SA se aprueba el Reglamento de Supervisión de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, aplicable a las IAFAS, IPRESS y UGIPRESS, estableciendo en su artículo 13º que la ISIAFAS, la ISIPRESS y la IPROM, formulan, propone y ejecutan el Programa Anual de Supervisión, el mismo que es aprobado por el Superintendente; Que, mediante los documentos de vistos y conforme a las funciones previstas en los literales j) del artículo

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