Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2016 (07/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Domingo 7 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

577417

Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, establece que "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, (...) La estructura orgánica básica de estos Gobiernos la conforma el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, el Gobernador como órgano Ejecutivo (...)." Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su artículo. 8º precisa: "La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (...)". Que, la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 13º prescribe que: El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Además el artículo 39º de la referida norma manifiesta que "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o de sujetarse a una conducta o norma institucional, concordante con el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 0012011-GRU-CR, en su artículo 94º. Que, en Sesión Extraordinaria de fecha diecinueve de octubre del dos mil quince se debatió en la estación de orden del día el Oficio Nº 0546-GRU-GR, de fecha 12 de octubre del dos mil quince, remitido por el Gobernador Regional de Ucayali Sr. Manuel Gambini Rupay, quien
UNIDAD EJECUTORA

solicita Acuerdo Regional para la Priorización de Proyectos de Inversión Pública en el Sector Transportes, conforme a la Ley Nº 29230 ­ Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con participación del sector privado, Acuerdo que es requerido por la Gerencia Regional de Infraestructura. Por lo expuesto y estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Ucayali; POR UNANIMIDAD se acordó aprobar el pedido presentado por el Gobernador Regional de Ucayali Sr. Manuel Gambini Rupay, contenido en el Oficio Nº 0546-GRU-GR, de fecha 12 de octubre del dos mil quince; que en Sesión Extraordinaria de la fecha, y; en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 concordante con el Reglamento Interno del Consejo Regional, el Pleno del Consejo Regional de Ucayali; ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR POR UNANIMIDAD, LA PRIORIZACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PUBLICA QUE CUENTEN CON APROBACIÓN A NIVEL DE PERFIL y FACTIBILIDAD, del Sector Transportes, conforme a la Ley Nº 29230 ­ Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con participación del sector privado, solicitado mediante Oficio Nº 0546--GRU-GR, de fecha doce de octubre del dos mil quince, remitido por el Gobernador Regional de Ucayali Sr. Manuel Gambini Rupay, siendo la lista de inversión pública la siguiente:
ESTADO SITUACIONAL DISTRITO PERFIL FACTIBILI DAD EXP.TECN. TOTAL INVERSION S/. 168,253,212.00



SECTOR

Nº SNIP

NOMBRE DEL PROYECTO

TRANSPORTE MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA DEPARTAMENTAL NESHUYA ­ CURIMANA, DISTRITOS DE IRAZOLA Y CURIMANA, PROVINCIA DE PADRE ABAD, DEPARTAMENTO DE UCAYALI. MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA DEPARTAMENTAL HUIPOCA ­ SANTA ROSA DISTRITO Y PROVINCIA DE PADRE ABAD, DEPARTAMENTO DE UCAYALI "MEJORAMIENTO DEL CAMINO DEPARTAMENTAL UC-106, BOQUERON ­ SHAMBILLO, DISTRITO Y PROVINCIA DE PADRE ABAD, REGIÓN - UCAYALI"

1

TRANSPORTE

158378

REGION UCAYALITRANSPORTE

IRAZOLACURIMANA

APROBADO

VIABLE

83,155,354.00

2

TRANSPORTE

158205

REGION UCAYALI TRANSPORTE

PADRE ABAD

APROBADO

VIABLE

77,664,833.00

3

TRANSPORTE

206438

REGION UCAYALI-SEDE CENTRAL TOTAL S/

PADRE ABAD/ BOQUERON

VIABLE

7,433.025.00

168,253,212.00

Artículo Segundo.- AUTORICESE al Gobernador Regional a Constituir el Comité Especial bajo los alcances de la Ley Nº 29230 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2014-EF, el cual dirigirá el proceso de selección de la o las empresas privadas que financiaran y ejecutaran los proyectos que se están priorizando. Artículo Tercero.- AUTORICESE al Gobernador Regional implementar los demás aspectos relacionados con la emisión y uso de los Certificados de Inversión Publica Regional y Local ­ Tesoro Público ­ CIPRL. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano", en el Diario local de mayor circulación

Regional y la Oficina de Sistemas su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www. regionucayali.gob.pe). Artículo Quinto.- DISPENSAR del trámite de Comisiones, lectura y aprobación del acta" EBER PORTOCARRERO TANANTA Consejero Delegado Consejo Regional EDITH QUISPE SANCHEZ Consejera Delegada Consejo Regional 1335934-1 EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 03-2015-CDHEyBS de fecha 18 de Diciembre del 2015, de la Comisión Permanente de Regidores de Comisión de Desarrollo Humano, Educación y Bienestar Social; respecto del Proyecto de Ordenanza que aprueba el PROYECTO EDUCATIVO LOCAL (PEL) 2015 ­ 2021 DEL DISTRITO DE COMAS. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban el Proyecto Educativo Local (PEL) 2015 - 2021 del Distrito de Comas
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 460/MC Comas, 22 de diciembre del 2015

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