Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2016 (07/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Domingo 7 de febrero de 2016
C A T E G O R I A

NORMAS LEGALES

577427

Z O N A

UBICACIÓN

Cantidad de Predios

Índice unitario de disfrute

Índice total de disfrute

Porcentaje de distribución (%)

Costo por Ubicación (S/.)

Tasa anual 2016 (S/./ predio)

d A A A B B B C C C D D D E E E F F F 1 2 3 1 2 3 1 2 3 1 2 3 1 2 3 1 2 3 1 - FRENTE AL PARQUE 2 - FRENTE A BERMA 3 - OTRAS UBICACIONES 1 - FRENTE AL PARQUE 2 - FRENTE A BERMA 3 - OTRAS UBICACIONES 1 - FRENTE AL PARQUE 2 - FRENTE A BERMA 3 - OTRAS UBICACIONES 1 - FRENTE AL PARQUE 2 - FRENTE A BERMA 3 - OTRAS UBICACIONES 1 - FRENTE AL PARQUE 2 - FRENTE A BERMA 3 - OTRAS UBICACIONES 1 - FRENTE AL PARQUE 2 - FRENTE A BERMA 3 - OTRAS UBICACIONES 496 0.79 204 0.75 3,610 0.70 287 0.78 226 0.69 2,197 0.61 63 0.78 123 0.60 2,445 0.58 324 0.70 461 0.64 3,591 0.58 53 0.66 187 0.62 2,472 0.57 119 0.65 27 0.52 1,625 0.41

E

f=dxe 391.84 153.00 2,527.00 223.86 155.94 1,340.17 49.14 73.80 1,418.10 226.80 295.04 2,082.78 34.98 115.94 1,409.04 77.35 14.04 666.25 11,255.07

g= f/f 3.48% 1.36% 22.45% 1.99% 1.39% 11.91% 0.44% 0.66% 12.60% 2.02% 2.62% 18.51% 0.31% 1.03% 12.52% 0.69% 0.12% 5.92% 100.00%

h=gxc 174,507.54 68,139.17 1,125,409.74 99,696.96 69,448.51 596,850.17 21,884.70 32,867.13 631,556.61 101,006.30 131,397.27 927,574.55 15,578.49 51,634.35 627,521.70 34,448.14 6,252.77 296,717.15 5,012,491.24

i=h/d 351.83 334.02 311.75 347.38 307.29 271.67 347.38 267.21 258.31 311.75 285.03 258.31 293.93 276.12 253.85 289.48 231.58 182.60

TOTAL

Artículo Cuarto.- CORRIJASE en el Cuadro del Anexo de Determinación de la Tasa de Servicio de Serenazgo 2016 por zonas - zona f, de la Ordenanza 017-2015-CDB, donde dice: "tasa anual 2013 (S/.)", debe decir: "tasa anual 2016 (S/.)" POR TANTO: Mando se publique y cumpla. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 1342573-1

Ratifican el Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2016 del Distrito de Bellavista
ORDENANZA Nº 004-MDB Bellavista, 29 de enero del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA; VISTO; en sesión ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores regidores y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales son

órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso e) del artículo 43 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, reconoce a las municipalidades provinciales y distritales en materia de seguridad ciudadana competencia compartida entre los tres niveles de gobierno; Que, es atribución del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, de conformidad con lo dispuesto conforme en el inciso 8 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la referida norma establece en los artículos 39 y 40 que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos, siendo las ordenanzas las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el numeral 2.1 del inciso 2 del artículo 85 de la Ley N° 27972 atribuye a las municipalidades distritales, en materia de seguridad ciudadana, la función compartida con las municipalidades provinciales de coordinar con ésta

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