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577427 NORMAS LEGALES Domingo 7 de febrero de 2016 El Peruano / Ratifican el Plan de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social 2016 del Distrito de Bellavista ORDENANZA Nº 004-MDB Bellavista, 29 de enero del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA; VISTO; en sesión ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores regidores y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso e) del artículo 43 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, reconoce a las municipalidades provinciales y distritales en materia de seguridad ciudadana competencia compartida entre los tres niveles de gobierno; Que, es atribución del Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, de conformidad con lo dispuesto conforme en el inciso 8 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la referida norma establece en los artículos 39 y 40 que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos, siendo las ordenanzas las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el numeral 2.1 del inciso 2 del artículo 85 de la Ley N° 27972 atribuye a las municipalidades distritales, en materia de seguridad ciudadana, la función compartida con las municipalidades provinciales de coordinar con ésta Z O N A C A T E G O R I A UBICACIÓN Cantidad de Predios Índice unitario de disfrute Índice total de disfrute Porcentaje de distribución (%) Costo por Ubicación (S/.) Tasa anual 2016 (S/./ predio) d E f = d x e g= f/∑f h = g x c i = h / d A 1 1 - FRENTE AL PARQUE 496 0.79 391.84 3.48% 174,507.54 351.83 A 2 2 - FRENTE A BERMA 204 0.75 153.00 1.36% 68,139.17 334.02 A 3 3 - OTRAS UBICACIONES 3,610 0.70 2,527.00 22.45% 1,125,409.74 311.75 B 1 1 - FRENTE AL PARQUE 287 0.78 223.86 1.99% 99,696.96 347.38 B 2 2 - FRENTE A BERMA 226 0.69 155.94 1.39% 69,448.51 307.29 B 3 3 - OTRAS UBICACIONES 2,197 0.61 1,340.17 11.91% 596,850.17 271.67 C 1 1 - FRENTE AL PARQUE 63 0.78 49.14 0.44% 21,884.70 347.38 C 2 2 - FRENTE A BERMA 123 0.60 73.80 0.66% 32,867.13 267.21 C 3 3 - OTRAS UBICACIONES 2,445 0.58 1,418.10 12.60% 631,556.61 258.31 D 1 1 - FRENTE AL PARQUE 324 0.70 226.80 2.02% 101,006.30 311.75 D 2 2 - FRENTE A BERMA 461 0.64 295.04 2.62% 131,397.27 285.03 D 3 3 - OTRAS UBICACIONES 3,591 0.58 2,082.78 18.51% 927,574.55 258.31 E 1 1 - FRENTE AL PARQUE 53 0.66 34.98 0.31% 15,578.49 293.93 E 2 2 - FRENTE A BERMA 187 0.62 115.94 1.03% 51,634.35 276.12 E 3 3 - OTRAS UBICACIONES 2,472 0.57 1,409.04 12.52% 627,521.70 253.85 F 1 1 - FRENTE AL PARQUE 119 0.65 77.35 0.69% 34,448.14 289.48 F 2 2 - FRENTE A BERMA 27 0.52 14.04 0.12% 6,252.77 231.58 F 3 3 - OTRAS UBICACIONES 1,625 0.41 666.25 5.92% 296,717.15 182.60 TOTAL 11,255.07 100.00% 5,012,491.24 Artículo Cuarto.- CORRIJASE en el Cuadro del Anexo de Determinación de la Tasa de Servicio de Serenazgo 2016 por zonas - zona f, de la Ordenanza 017-2015-CDB, donde dice: “tasa anual 2013 (S/.)”, debe decir: “tasa anual 2016 (S/.)” POR TANTO: Mando se publique y cumpla. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 1342573-1