Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2016 (26/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Viernes 26 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas en favor de las instituciones culturales; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorízase la inafectación del Impuesto General a las Ventas respecto a la importación de material y equipo, excepto vehículos motorizados, destinado exclusivamente al cumplimiento de sus fines culturales, acorde al objeto de su institución, solicitada por la Asociación Cultural Arpegio. Artículo 2.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República DIANA ALVAREZ-CALDERÓN GALLO Ministra de Cultura 1349643-2

Autorizan inafectación del IGV, respecto a la prestación de servicios culturales que realiza la Asociación Robótica y Tecnología del Perú - ROBOTEC PERÚ
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 005-2016-MC Lima, 25 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 075-97-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2013-EF, se aprueban los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) en favor de las instituciones culturales; Que, el artículo 1 del mencionado Decreto Supremo establece que se podrá autorizar como operaciones no gravadas con el Impuesto General a las Ventas, entre otras, la prestación de servicios culturales acorde al objeto de cada institución cultural definido en su Estatuto; Que, asimismo, el artículo 2 del referido Decreto Supremo dispone que para la expedición de la Resolución Suprema que autorice la inafectación del Impuesto General a las Ventas, las instituciones culturales deberán adjuntar a su solicitud, copia del documento que acredite la calificación del Ministerio de Cultura, como asociación cultural; copia literal de la ficha registral de inscripción de la asociación o fundación en la Oficina de los Registros Públicos correspondientes, copia de la resolución que acredite su inscripción en el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta que lleva la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, y el detalle del objeto de la institución cultural de acuerdo a su Estatuto; Que, mediante Carta de fecha 27 de agosto de 2015, el señor Carlos Christian Malpartida Antón, Presidente de la Asociación Robótica y Tecnología del Perú ­ ROBOTEC PERÚ, solicita se expida la resolución suprema que autorice la inafectación al Impuesto General a las Ventas respecto a las operaciones establecidas en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 075-97-EF que realiza la institución que representa; Que, con Informe N° 952-2015-DIA-DGIA-VMPCIC/ MC de fecha 29 de setiembre de 2015, la Dirección de Artes manifiesta que los fines descritos en los artículos 7 y 8 del Título II del Estatuto de la Asociación Robótica y Tecnología del Perú ­ ROBOTEC PERÚ, cumplen con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 075-97EF por cuanto estos se circunscriben al ámbito cultural y que asimismo, el solicitante ha cumplido con adjuntar a su solicitud los requisitos exigidos para el otorgamiento de la resolución de inafectación;

Que, con Informe Nº 584-2015-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 16 de octubre de 2015, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes pone a consideración del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el expediente presentado por el Presidente de la Asociación Robótica y Tecnología del Perú ­ ROBOTEC PERÚ y el Informe N° 952-2015-DIA-DGIA-VMPCIC/MC descrito en el párrafo anterior, con la finalidad de continuar el trámite de la solicitud presentada; Que, mediante Informe N° 870-2015-OGAJ-SG/MC de fecha 12 de noviembre de 2015, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que, en virtud de lo señalado en el Informe N° 584-2015-DGIA-VMPCIC/MC emitido por el área técnica correspondiente, lo solicitado por el señor Carlos Christian Malpartida Antón, Presidente de la Asociación Robótica y Tecnología del Perú ­ ROBOTEC PERÚ, es viable; De conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del inciso g) del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y el Decreto Supremo Nº 07597-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2013EF, que aprueba los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas en favor de las instituciones culturales; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorízase la inafectación del Impuesto General a las Ventas, respecto a la prestación de servicios culturales acorde al objeto de su institución que realiza la Asociación Robótica y Tecnología del Perú ­ ROBOTEC PERÚ, conforme se indica en su Estatuto. Artículo 2.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República DIANA ALVAREZ-CALDERÓN GALLO Ministra de Cultura 1349643-3

Aceptan renuncia y encargan funciones de Responsables de la Unidad Ejecutora 004: Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano; y de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales, del Pliego 003: Ministerio de Cultura
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 081-2016-MC Lima, 25 de febrero de 2016 VISTO, la Carta S/N de fecha 02 de febrero de 2016; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, mediante Resolución Ministerial N° 287-2013-MC de fecha 10 de octubre de 2013, se encargó al señor Javier Enrique Galdos Carvajal, las funciones de Responsable de la Unidad Ejecutora 004: Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano, del Pliego 003 ­ Ministerio de Cultura; Que, con Resolución Ministerial N° 050-2014-MC de fecha 10 de febrero de 2014, se encargó al señor Javier Enrique Galdos Carvajal, las funciones de Responsable

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