Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2016 (26/02/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

579014

NORMAS LEGALES

Viernes 26 de febrero de 2016 /

El Peruano

de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales, del Pliego 003 ­ Ministerio de Cultura; Que, conforme el documento del visto, se ha estimado pertinente aceptar la renuncia formulada por el señor Javier Enrique Galdos Carvajal, a las funciones de Responsable de la Unidad Ejecutora 004: Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano y de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 ­ Ministerio de Cultura; Que, se ha visto por conveniente encargar a la señora Inés del Rosario Zúñiga Trelles, las funciones de Responsable de la Unidad Ejecutora 004: Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano, del Pliego 003 ­ Ministerio de Cultura; así como encargar al señor Miguel Angel Barrientos Benites, las funciones de Responsable de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 ­ Ministerio de Cultura; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir del 01 de marzo de 2016, la renuncia formulada por el señor Javier Enrique Galdos Carvajal, como Responsable de la Unidad Ejecutora 004: Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano, y de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales del Pliego 003 ­ Ministerio de Cultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar a la señora Inés del Rosario Zúñiga Trelles, personal sujeto al régimen del Decreto Legislativo N° 1057, para que en forma adicional a sus labores, ejerza las funciones de Responsable de la Unidad Ejecutora 004: Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano, del Pliego 003 ­ Ministerio de Cultura Artículo 3.- Encargar al señor Miguel Angel Barrientos Benites, las funciones de Responsable de la Unidad Ejecutora 008: Proyectos Especiales, del Pliego 003 ­ Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1349534-1

DEFENSA
Autorizan viaje de cadete de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi" a Corea, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 048-2016-DE/EP Lima, 25 de febrero de 2016 VISTO: El Oficio N° 304/DIEDOCE/C-5.b del 11 de febrero de 2016, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio KORDEF 15-089, del 13 de junio de 2015, el Agregado de Defensa de Corea en el Perú, comunica que el Ministro de Defensa de Corea en la reevaluación de las vacantes ofrecidas a países amigos ha considerado para el Ejército del Perú una (01) vacante en el Curso de Formación Académica en la Academia Militar de Corea en Seúl, comenzando la segunda semana de enero de 2017. Así mismo es obligatorio realizar el Curso de idioma Coreano antes de iniciar el Curso de

Formación Académica el cual se realizará la primera semana de marzo de 2016 finalizando la tercera semana de diciembre de 2016; Que, mediante Oficio KORDEF 16-004, del 15 de enero de 2016, el Agregado de Defensa de Corea en el Perú, comunica que el cadete designado para realizar el Curso de Formación Académica, deberá viajar a Corea antes del lunes 29 de febrero de 2016, ya que en dicha fecha se realizará la inscripción de los estudiantes; Que, con el documento del visto, el Director de Educación y Doctrina del Ejército comunica al Director de Relaciones Internacionales del Ejército, que el General de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó la designación del Cadete I Año EP David Bernardo MOGOLLON HUAMAN, de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi", para realizar el Curso de Formación Académica en la Academia Militar de Corea, en la ciudad de Seúl, República de Corea, en el periodo comprendido del 28 de febrero de 2016 al 28 de febrero de 2021; Que, es conveniente para los intereses de la institución autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Cadete antes mencionado, para que participe en el Curso de Formación Académica en la Academia Militar de Corea, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio del Ejército del Perú y permitirá contar con personal altamente capacitado; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios comprende más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes del 28 de febrero al 31 de diciembre de 2016, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y, para completar el período de duración de la Misión de Estudios en el Exterior, del 01 de enero de 2017 al 28 de febrero de 2021, será con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; de la Unidad Ejecutora 003: Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo del Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021 de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la presentación del Cadete de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi" en la fecha requerida, es necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el artículo 26° de la Ley N° 28359 ­ Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el personal militar nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23° de la respectiva norma, más el tiempo compensatorio señalado en el citado artículo 26°; y conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005DE/SG, del 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modificatorias, el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, del 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo N° 0092013-DE, del 02 de octubre de 2013; Que, el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, organismos públicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.