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579155 NORMAS LEGALES Sábado 27 de febrero de 2016 El Peruano / de terceros, el Programa de Capacitación para la acreditación de los profesionales, en las especialidades de Saneamiento y/o Edifi caciones, a efectos que puedan acceder al Registro de Entidades autorizadas para elaborar estudios ambientales del sector VIVIENDA. Artículo 3.- Las empresas y/o entidades actualmente inscritas en el “Registro de Entidades encargadas para elaborar estudios ambientales para el sector VIVIENDA” deberán adecuar su inscripción a lo dispuesto en el Reglamento de Protección Ambiental para proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2012-VIVIENDA y modifi cado por Decreto Supremo Nº 019-2014-VIVIENDA, en el plazo de noventa (90) días hábiles, contados a partir de la aprobación de la presente Resolución Ministerial, transcurrido el cual sin haber realizado la adecuación correspondiente, se procede a la cancelación de pleno derecho del Registro, sin perjuicio de presentar una nueva solicitud de inscripción. En concordancia con lo dispuesto en el párrafo anterior, las empresas y/o entidades deberán presentar, según corresponda, una solicitud con: a) Los requisitos señalados en el numeral 69-A.2 del artículo 69-A del Reglamento de Protección Ambiental para proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2012-VIVIENDA y modifi cado por Decreto Supremo N° 019-2014-VIVIENDA; o, b) La Constancia de aprobación del programa de capacitación para la elaboración de los estudios ambientales en las especialidades de Saneamiento y/o Edifi caciones autorizados por la Dirección General de Asuntos Ambientales (literal c) del numeral 69-A.2 del artículo 69-A del Reglamento), para aquellas empresas y/o entidades que hayan obtenido su Registro o renovado el mismo, en cumplimiento a los requisitos establecidos en el Reglamento de Protección Ambiental para proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2012-VIVIENDA y modifi cado por Decreto Supremo N° 019-2014-VIVIENDA. Artículo 4.- La Dirección General de Asuntos Ambientales, es la responsable de la implementación de la Malla Curricular del Programa de Capacitación para la acreditación de los profesionales, en las especialidades de Saneamiento y/o Edifi caciones, a efectos que los mismos puedan acceder al Registro de Entidades autorizadas para elaborar estudios ambientales del sector VIVIENDA. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial y el Anexo que se aprueba en el artículo 1 serán publicados en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1349521-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Designan Asesora III del Equipo de Asesores de la Alta Dirección de DEVIDA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 031-2016-DV-PE Lima, 26 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, del 05 de julio de 2014, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA; Que, el mencionado Reglamento de Organización y Funciones, en su artículo 10°, literal n), señala entre las atribuciones de la Presidencia Ejecutiva, la de “Designar (…) a los/las empleados/as de confi anza (…)”; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley del Servicio Civil – Ley N° 30057, señala que las entidades públicas incluidas en el proceso de implementación están prohibidas de incorporar personas bajo los regímenes de los Decreto Legislativos N° 276 y N° 728, así como cualquier forma de progresión bajo dichos regímenes, salvo en los casos de funcionarios o cargos de confi anza; Que, el literal a), numeral iii) de la Segunda Disposición Complementaria Final del Reglamento General de la Ley N° 30057- Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que “(…). En el caso de las Entidades que cuenten con resolución de inicio del proceso de implementación, (…) excepcionalmente, podrán designar funcionarios o servidores en cargos de confi anza bajo los regímenes del Decreto Legislativo N° 276 y 728”; Que, conforme al numeral 2) del artículo 4° de la Ley Marco del Empleo Público – Ley N° 28175, se establece que el empleado de confi anza es el que desempeña cargo de confi anza técnico o político, distinto al funcionario público; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 040-2015-DV-PE, de fecha 10 de abril de 2015, se designó en el cargo de confi anza de Coordinador Territorial de Ofi cina Zonal de la Dirección de Articulación Territorial, a la señora Cecilia Angélica Cruz Zolórsano, y se le encargó las funciones de Jefa de la Ofi cina Zonal de Tingo María de la Dirección de Articulación Territorial; Que, por necesidad del servicio, resulta necesario dar por concluida la designación como Coordinador Territorial de la Ofi cina Zonal de la Dirección de Articulación Territorial, así como las funciones de Jefa de la Ofi cina Zonal de Tingo María conferidas a la servidora contratada bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, Cecilia Angélica Cruz Zolórsano; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 076-2015-DV-PE, de fecha 21 de agosto de 2015, se designó a la señora Gisela Ivonne Oliveros Quiñones, en el cargo de confi anza de Asesora III del Equipo de Asesores de la Alta Dirección de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 028-2016-DV-PE, de fecha 24 de febrero de 2016, se aceptó con efi cacia anticipada al 15 de febrero de 2016, la renuncia presentada por la señora Gisela Ivonne Oliveros Quiñones, al cargo de confi anza de Asesora III del Equipo de Asesores de la Alta Dirección de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que, encontrándose vacante la plaza de Asesor III del Equipo de Asesores de la Alta Dirección de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, y a fi n de continuar con el normal desarrollo de las labores de esta Institución, corresponde designar al personal indicado a ocupar dicha plaza; Con los visados de la Secretaria General, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Ofi cina General de Administración y de la Unidad de Recursos Humanos, y; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 824 – Ley de Lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas y sus modifi catorias, el Decreto Supremo N° 047-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA. SE RESUELVE: Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDA, a partir del 01 de marzo de 2016, la designación conferida a la servidora CECILIA ANGÉLICA CRUZ ZOLÓRSANO, en el cargo de confi anza de Coordinadora Territorial de Ofi cina Zonal de la Dirección de Articulación Territorial. Artículo 2°.- DAR POR CONCLUIDO, a partir del 01 de marzo de 2016, el encargo de funciones de Jefa de la