Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2016 (03/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Domingo 3 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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en el artículo 60° de El Reglamento, la Resolución que modifica la autorización debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variación del contenido de la autorización; Que, a fin de acreditar los requisitos documentales exigidos en el artículo 51° en concordancia con el artículo 43° de El Reglamento, para cambio de local, La Escuela presenta contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en Av. Padre Salas S/N, esquina con Jr. Pozuzo, distrito de Villa Rica, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco y memoria descriptiva, en los cuales se advierte el cumplimiento de las condiciones de infraestructura y equipamiento; Que, el segundo párrafo del artículo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedición de la resolución de autorización respectiva, la Dirección General de Transporte Terrestre realizará la inspección con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe N° 006-2016-MTC/15.03. lmsr de fecha 01 de junio de 2016, sobre la inspección ocular realizada a las instalaciones del local propuesto por La Escuela, en lo correspondiente a la condición de infraestructura, que señala el numeral 43.3 del artículo 43° de El Reglamento, el personal encargado de la inspección concluye que la empresa denominada MULTISERVICIOS MAFABI VILLA RICA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, propone una infraestructura con los ambientes mínimos exigidos por El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, en el Informe N° 06632016-MTC/15.03 y siendo éste parte integrante de la presente resolución, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 -

Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR a la empresa denominada MULTISERVICIOS MAFABI VILLA RICA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, la modificación de los términos de su autorización contenida en la Resolución Directoral Nº 3742-2013-MTC/15 de fecha 13 de setiembre de 2013, variando la ubicación del local (oficinas administrativas, aulas de enseñanza para las clases teóricas y el taller de enseñanza teórico - práctico de mecánica), en el local ubicado en Av. Padre Salas S/N, esquina con Jr. Pozuzo, distrito de Villa Rica, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco. Artículo 2.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías ­ SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo 4.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada MULTISERVICIOS MAFABI VILLA RICA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUMBERTO VALENZUELA GÓMEZ Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1394807-1

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