Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2016 (03/07/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Domingo 3 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

591603
Precio de Venta en S/. (Inc. IGV) 30 443 Precio de Venta (%UIT)

establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento"; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo requisito para ello que por Ley se las autorice y que mediante Resolución del Titular de la Entidad se establezca la descripción de los bienes y servicios objeto de comercialización, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, así como el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT, debiendo publicarse la referida Resolución en el Diario Oficial El Peruano; Que, según el literal b) del artículo 13 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, la entidad está facultada a obtener recursos que provengan de la venta de bienes y prestación de servicios en el ámbito de sus funciones que realiza con el fin exclusivo de recuperar el gasto o la inversión efectuada; Que, según la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, modificada por la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Púbico para el año fiscal 2014, la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa y ejerce la titularidad del pliego presupuestal; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 072-2016-PROMPERÚ/SG, se aprobó suspender temporalmente hasta el 31 de diciembre de 2016, la aplicación del requisito de precio de venta del servicio de "Participación en Ruedas de Negocios" que sean realizadas en regiones del país y convocadas por la Subdirección de Desarrollo Exportador; en ese contexto, resulta necesario efectuar algunas precisiones en el formato de "Contrato de Participación en Eventos Nacionales e Internacionales de Promoción de las Exportaciones", así como en la sección de Penalidades correspondiente al servicio de "Participación en Ruedas de Negocios"; Que, la Dirección de Promoción de las Exportaciones mediante el Memorándum Nº 123-2016-PROMPERÚ/DX señalado en el visto, sustenta la necesidad de precisar en el servicio de "Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones" que los descuentos establecidos solo serán aplicables en el primer stand a contratar; asimismo, solicita incluir una obligación adicional del participante, en el "Contrato de Participación en Eventos Nacionales e Internacionales de Promoción de las Exportaciones"; Que, en el marco de las actividades de promoción de las exportaciones programadas, la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, mediante el memorándum señalado en el visto, indica que tiene prevista la participación en la Feria China Fisheries & Seafood Expo 2016, razón por la cual solicita la aprobación del precio de venta correspondiente, conforme a la determinación de costos efectuada por la Oficina General de Administración; Que, según lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar los precios de venta para la actividad de promoción de las exportaciones precitada, así como la modificación del formato de "Contrato de Participación en Eventos Nacionales e Internacionales de Promoción de las Exportaciones" y la Carta de Servicios de PROMPERÚ, en las secciones y servicios que corresponda; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, y el literal ñ) del artículo 10 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de PROMPERÚ; Con la visación de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, la Oficina General de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los precios de venta para la siguiente actividad de promoción de las exportaciones:

Servicio

Nombre de la Actividad

Lugar

Fecha

Modalidad

Stand de 8 m2 ­ Con congelador Participación en Ferias Feria China InternacioFisheries & nales de Seafood Expo 2016 Exportaciones 02 al 04 de Stand de 2 noviembre 8 m ­ Sin de 2016 congelador 26 al 28 Stand de de julio de 9 m2 ­ Con 2016 congelador Stand de 9 m2 ­ Sin congelador

770.709

26 261

664.835

Qingdao China

33 362

844.608

29 180

738.734

Artículo 2º.- Aprobar la modificación de la Carta de Servicios de PROMPERÚ, aprobada mediante Resolución de Secretaría General Nº 178-2015-PROMPERÚ/SG y modificatorias, en los servicios que a continuación se señalan: - Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones, conforme al Anexo Nº 1 de la presente resolución (1 folio). - Participación en Ruedas de Negocios, conforme al Anexo Nº 2 de la presente resolución (1 folio). Artículo 3º.- Aprobar el formato FO-PRO-006: "Contrato de Participación en Eventos Nacionales e Internacionales de Promoción de las Exportaciones" (Versión 05), que en Anexo Nº 3, en tres (3 folios), forma parte de la presente resolución. Artículo 4º.- Derogar el formato FO-PRO-006: "Contrato de Participación en Eventos Nacionales e Internacionales de Promoción de las Exportaciones" (Versión 04), aprobado mediante el artículo 1º de la Resolución de Secretaría General Nº 145-2015-PROMPERÚ/SG. Artículo 5º.- El responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de PROMPERÚ, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, deberá hacer la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1399056-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican los Procedimientos Generales "Admisión Temporal para Reexportación en el mismo Estado" INTA-PG.04-A (versión 1) e INTA-PG.04 (versión 5)
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 13-2016-SUNAT/5F0000 Callao, 28 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que los procedimientos generales "Admisión Temporal para Reexportación en el mismo Estado" INTA-PG.04-A (versión 1) e INTA-PG.04 (versión 5) fueron aprobados

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.