Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2016 (21/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 116

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NORMAS LEGALES

Jueves 21 de julio de 2016 /

El Peruano

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRÉS POR CUANTO: El Concejo Municipal del San Andrés, en Sesión Extraordinaria de fecha 12 de Julio del 2016. VISTO: El Informe Nº 0016-2015-OPP/MDSA, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto, Racionalización y Cooperación Técnica Internacional, el informe Nº 275-2015-MDSA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y proveído Nº 1388 de Gerencia Municipal; sobre el Proyecto de Ordenanza que aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Andrés, y; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad es un órgano de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado y sus modificatorias, concordante con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Que, mediante Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado Nº 27658, en su artículo 1º prescribe: Declárese al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo. Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF por parte de la Administración Pública, en su artículo 28º precisa que se requiere, entre otros, la aprobación del ROF en el siguiente caso: f) Para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones. Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, que es el principal instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establecerá la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y desarrollo del país. Dicha norma, refuerza los objetivos y acciones que deben cumplir las entidades públicas y fortalece las políticas de obligatorio cumplimiento aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, que define y establece las Políticas Nacionales, las que se encuentran orientadas a la adopción de un enfoque de gestión basado en procesos. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su artículo 9º numeral 3 establece que corresponde al Concejo Municipal: Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; asimismo, se tiene el numeral 8 del artículo y Ley antes precisada, establece que concierne al Concejo Municipal: Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que, asimismo, el artículo 40º de la misma Ley antes precisada señala lo siguiente: Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa (...). Que, la nueva gestión municipal ha evaluado la actual organización y estructura orgánica vigente; y como resultado de esta evaluación, ha surgido la necesidad de efectuar una serie de modificaciones que se adecúen a la Ley y que permitan una mayor celeridad y simplicidad

a los procedimientos administrativos, adoptando un criterio de organización gerencial, acompañado de un vigoroso proceso de desconcentración de competencias resolutivas. Asimismo, se ha previsto incorporar a la Estructura Orgánica Municipal a los organismos de coordinación y participación vecinal por medio de los que la comunidad del Distrito tiene una activa y permanente participación en la marcha de su Municipalidad. Que, todas estas acciones tienen como propósito dotar al Gobierno Local de una organización más ágil y acorde con los objetivos y fines de la entidad, convirtiéndola en una Municipalidad eficiente, moderna y promotora del desarrollo económico, social, político y cultural de nuestro pueblo; igualmente; y con el mismo propósito es conveniente modificar el Cuadro para Asignación de Personal, como documento técnico - normativo de gestión institucional que contiene los cargos necesarios para el normal funcionamiento de la Entidad, en base a la nueva estructura orgánica aprobada. Que, con Ordenanza Nº 007-2012-MDSA se aprobó los documentos de Gestión Institucional de la Municipalidad Distrital de San Andrés, por lo cual resulta pertinente aprobar el nuevo Reglamento de Organización y Funciones, el Cuadro para la Asignación de Personal y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Andrés. Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con la dispensa de la lectura y del trámite de Aprobación del Acta, el Concejo Municipal por mayoría aprobó lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES, EL CUADRO PARA LA ASIGNACIÓN DE PERSONAL Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRÉS Artículo Primero.- APROBAR el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Andrés, el cual consta de cuatro (04) Títulos, ocho (08) Capítulos debidamente rubricado al margen, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR el nuevo Cuadro para la Asignación de Personal, correspondiente al Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Artículo Primero de esta Ordenanza, el cual consta de 132 plazas entre Ocupadas y Previstas: Una (01) plaza de Alta Dirección, veinticinco (25) plazas de Empleados de Confianza, seis (6) plazas de Servidores Ejecutivos, veinte (20) plazas de Profesionales Especialistas, setenta (70) plazas de Apoyo; plazas que se encuentran debidamente rubricado al margen, lo mismo que forma parte de esta Ordenanza. Artículo Tercero.- APROBAR la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Andrés, que en Anexo I forma parte integral de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- PUBLICAR el texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y encargar a la Unidad de Tecnología de la Información la publicación del integro de este documento de gestión en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe, en el Portal Web Institucional www.munisanandres.gob. pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe, conforme prescribe el artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010PCM. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en VIGENCIA, a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Sexto.- DEROGAR toda norma administrativa que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando que se registre, comunique, publique y cumpla. JESÚS S. RAMOS MEDINA Alcalde 1406925-1

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