Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2016 (21/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES

Jueves 21 de julio de 2016 /

El Peruano

conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipales; SE DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en Viviendas Urbanas del distrito de San Miguel. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad y a la Subgerencia de Limpieza Pública, el cabal cumplimiento de lo aprobado mediante el presente Decreto. Artículo 4º.- PUBLICAR el presente dispositivo legal en el Diario Oficial El Peruano, y en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www. munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1407117-1

las Ciudades Principales Tipo "B", entre las que se halla la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, tiene como una de las metas el "Implementar un programa de segregación en la fuente y recolección de residuos sólidos en un porcentaje de 29%, al primer adicional según instructivo de las vivienda urbana en el distrito". Dicha meta que tienen como fecha máxima de cumplimiento el 31 de julio del 2016; Estando a lo informado, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20°, inciso 6° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, amparado en el artículo 74° de la Ley Procedimientos Administrativos General; SE DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el "Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en el Distrito de Santa Rosa para el año 2016"; y el anexo que forma parte del presente. Articulo Segundo.- HACER de Conocimiento de lo dispuesto en el presente Decreto a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Servicios a la Comunidad, para los fines de estricta competencia funcional. Artículo Tercero.- ORDENAR la debida difusión del presente a la Oficina de Imagen Institucional. Disponer que la Gerencia de Informática y Tecnología de la información, proceda publicar el texto íntegro del presente Decreto de Alcaldía, en la página web de la entidad: www. munisantarosa.gob.pe Artículo Cuarto.- HACER de Conocimiento del presente al Ministerio del Ambiente para los fines de su competencia. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. CARLOS ARCE ARIAS Alcalde 1406824-1

MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA
Aprueban el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en el Distrito de Santa Rosa para el año 2016
DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2016-MDSR Santa Rosa, 30 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, precisando que la última norma de autonomía que la Constitución Política del Perú establece para los municipios radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos de administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades precisa en su artículo 80° que en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específica y exclusiva de las municipalidades distritales proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, relleno sanitario y el aprovechamiento industrial de desperdicios. Asimismo el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que os decretos de alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, el artículo 10° del Decreto Legislativo N° 1065 que modifica la Ley N° 27314 ­ Ley General de Residuos Sólidos, establece que el rol de las municipalidades es implementar progresivamente programas de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos en el ámbito de sus jurisdicción, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposición final diferenciada y técnicamente adecuada; Que, el Decreto Supremo N° 400-2015-EF, publicado el 23 de diciembre de 2015 en el Diario Oficial el Peruano, aprobó los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos para el "Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2016". Según dicho texto las Municipalidades de

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Ordenanza que modifica parcialmente la Ordenanza N° 507-MSS que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 542-MSS Santiago de Surco, 8 de julio del 2016 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto N° 023-2016-CGM-CAJMSS de las Comisiones de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 2302-2016-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 343-2016-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 568-2016-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 740-2016-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, entre otros documentos, sobre proyecto de Ordenanza de modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de Santiago de Surco; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes

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