Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2016 (21/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Jueves 21 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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Aprueban Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Cieneguilla para el año 2016
ORDENANZA Nº 243-MDC Cieneguilla, 18 de julio de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 029-2016-MDC/GSCMA-SGMA, de la Subgerencia de Medio Ambiente, el Informe Nº 126-2016-MDC/GSCMA, de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, el Informe Nº 118-2016-MDC/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 014-2016-MDC/GM, de la Gerencia Municipal respecto a la aprobación del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Cieneguilla para el año 2016. CONSIDERANDO: Que, el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Cieneguilla se ha elaborado dentro del marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del presente año para el cumplimiento de la Meta 02: Implementar un Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en Viviendas Urbanas de esta jurisdicción, según los porcentajes categorizados, en cuyo Instructivo se señala como actividad Nº 03 el desarrollo de un Plan de Manejo de Residuos Sólidos como parte del cumplimiento de dicha Meta. Que, el Plan de Manejo de Residuos Sólidos establece lineamientos de gestión técnica operativa, administrativa y financiera para la sostenibilidad del servicio en el distrito. Que, el Ministerio del Ambiente está implementando desde el año 2011 un Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en Viviendas Urbanas a nivel nacional para reducir la cantidad y peligrosidad de los residuos sólidos dispuestos inadecuadamente. Que, el artículo 80º numeral 3, inciso 3.1 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que son funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Distritales proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios. Que, la Ley General de Residuos Sólidos Nº 27314, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1065 y el Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, Reglamento de la Ley antes glosada, indica que corresponde a las Municipalidades asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección, y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición final de los mismos. Que, se entiende por residuos sólidos a aquellas sustancias, productos o subproductos en estado sólido o semisólido de los que su generador dispone o está obligado a disponer en virtud de lo regulado en la normatividad nacional o de los riesgos que causan a la salud y el ambiente, para ser manejados a través de un sistema. Que, el artículo 8º del Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, expresa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son responsables por la gestión y manejo de los residuos de origen domiciliario, comercial y de aquellos similares a éstos originados por otras actividades.

Que con Informe Nº 120-2016-MDC/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que la Constitución Política establece como derecho fundamental de toda persona vivir en un ambiente sano y equilibrado, gozando de competencia los Gobiernos Locales para poder determinar planes, programas o estrategias para el manejo de residuos sólidos desde su generación hasta su disposición final, siendo fundamental su aprobación para el cumplimiento de la Meta Nº 02 señalada por el Ministerio de Economía y Finanzas; opinando favorablemente respecto al proyecto de Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Cieneguilla para el año 2016. De conformidad a lo dispuesto por los artículos 20º numeral 5) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 se aprobó por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta la: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE CIENEGUILLA PARA EL AÑO 2016. Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS del DISTRITO DE CIENEGUILLA PARA EL AÑO 2016. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente norma a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la Ciudad, Gerencia de Planificación y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Medio Ambiente y Subgerencia de Logística. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación de la presente norma conjuntamente con el Anexo que forma parte integrante de la misma en la Página Web de la Institución: www.municieneguilla.gob.pe, y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General la notificación del presente dispositivo a las áreas competentes de la entidad, así como a las Organizaciones e Instituciones que corresponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1406837-1

MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC
Aprueban el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios con la Participación de Recicladores Formales
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 017-2016-MDP/A Pachacámac, 15 de julio de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTO: El Informe Nº 213-2016-MDP/GSCMA/SGEMA de fecha 05 de Julio del 2016 e Informe Nº 211-2016-MDP/ GAJ de fecha 11 de Julio de 2016, emitido por la Sub Gerencia de Ecología y Medio Ambiente dependiente de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y la Gerencia de Asesoría Jurídica, respectivamente, sobre la "Aprobación del Programa de Segregación en la fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en un 37% de viviendas urbanas del Distrito de Pachacámac", y;

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