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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2016 (21/07/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 107

593821 NORMAS LEGALES Jueves 21 de julio de 2016 El Peruano / Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 9° numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local”; Que, el Artículo 9° numeral 8) de la Ley N° 27972, que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; Que, el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, en su Artículo 28° precisa que, entre otros, se requiere la aprobación del ROF en el siguiente caso: “f) Para optimizar o simplificar los procesos de la Entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones”; Que, mediante Ordenanza Nº 507-MSS del 31.12.2014, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la Estructura Orgánica y el Organigrama de la Municipalidad de Santiago de Surco; Que, con Memorándum Nº 740-2016-GPP-MSS del 16.06.2016, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, presenta el informe técnico sustentatorio de la propuesta de modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado por Ordenanza Nº 507-MSS, precisando que la misma contempla en esencia 3 tipos de modificaciones estructurales, como son: Modificación Sustento 1. Enunciado de las funciones del Órgano de Control Institucional (OCI) de la Municipalidad de Santiago de Surco. - Directiva N° 007-2015-CG/ PROCAL aprobada con Resolución de Contraloría N° 163-2015-CG. 2. Inclusión de las funciones de fiscalización y vigilancia sanitaria de conformidad a lo establecido en la Meta 20 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal año fiscal 2016. - Decreto Supremo Nº 400- 2015-EF, Anexo N°3 (Metas 2016 municipalidades “A”) - Resolución Directoral N° 003-2016-EF/50.01 (Instructivo Meta 20) - Decreto Legislativo N° 1062, Artículo 20: Vigilancia y control Sanitario de alimentos primarios y piensos en el transporte y comercialización. 3. Nivel organizacional, Nivel jerárquico (dependencia) y Jerarquía (línea de autoridad) de la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, para que en adelante dependa organizacionalmente de la Gerencia de Seguridad Ciudadana. Cambio de denominación de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Defensa Civil a la denominación de: “Gerencia de Seguridad Ciudadana”. - Memorando N° 291-2016- GM-MSS de la Gerencia Municipal. Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, agrega que, se efectúa la propuesta de rediseño de la estructura organizacional de la Municipalidad de Santiago de Surco, para el cumplimiento con mayor eficiencia de la misión y funciones de la entidad, siendo que las modificaciones se enmarcan dentro del marco de la modernización del Estado, con la finalidad de obtener mayores niveles de eficiencia en la gestión pública. En tal sentido, remite el proyecto de Ordenanza que aprueba la modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Santiago de Surco, para aprobación; Que, en este contexto, a través del Informe Nº 568-2016-GAJ-MSS del 20.06.2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica, teniendo en cuenta la documentación generada, así como la Directiva N° 007-2015-CG/ PROCAL emitida por la Contraloría General de la República, denominada: “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada con Resolución de Contraloría N° 163-2015-CG, que modifica las funciones de los Órganos de Control Institucional, así como el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del Año 2016 para municipalidades tipo “A”, aprobado con Decreto Supremo Nº 400-2015-EF, que establece las Metas que deben ser cumplidas, razón por la cual debe contemplarse nuevas funciones, (Meta 20 “Elaboración del padrón municipal de vehículos de transporte y comerciantes de alimentos agropecuarios primarios y piensos”), opinando por la procedencia de la propuesta de modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad de Santiago de Surco, debiendo remitirse al Concejo Municipal para su aprobación con el quórum correspondiente, de conformidad con sus atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, asimismo, precisa que conforme a lo establecido en el numeral 3.2 del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, se encuentra exonerada la prepublicación del presente proyecto de Ordenanza, por cuanto el mismo se trata de un instrumento de gestión; Que, mediante Memorándum Nº 343-2016-GM- MSS del 21.06.2016, la Gerencia Municipal expresa su conformidad respecto a la propuesta de Ordenanza que aprueba la modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de Santiago de Surco; Estando al Dictamen Conjunto N° 023-2016-CGM- CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos, al Memorándum Nº 740-2016-GPP- MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, al Informe Nº 568-2016-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de conformidad con el Artículos 9° numerales 3) y 8) y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA PARCIALMENTE LA ORDENANZA N° 507-MSS QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (R.O.F) Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Artículo Primero.- APROBAR la modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones ROF, aprobado por la Ordenanza N° 507-MSS, de la Municipalidad de Santiago de Surco en sus artículos: 9°, 36°, 38°, 41, 82°, 84°, 85°, 122°, 140°, 141°, 142°, 143°, 145°, 146° inciso “z”, y la adición del inciso “aa”, 148°, 149°, incisos “r” y “cc”, 150, 151°, 152°, incisos “a”, “h”, “q” y “x”, 165°, y 169° del ROF vigente en los términos indicados en el Anexo 1 (texto) y en el Anexo 2 (estructura orgánica) adjuntos, los cuales forman parte integral de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- PUBLICAR el texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación del integro de este documento de gestión en el portal del Estado Peruano www.peru. gob.pe, en el Portal Institucional (www.munisurco.gob. pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe, conforme prescribe el Artículo 15° de la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial N° 200-2010- PCM. Artículo Tercero.- LA PRESENTE ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación