Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2016 (21/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Jueves 21 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

593813

Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, emite opinión favorable respecto al proyecto de Plan de Desarrollo Local Concertado, presentado por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, concluyendo que cumple de manera satisfactoria lo establecido en la Directiva Nº 1-2014-CEPLAN/PDC, Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico, por lo que, recomienda proseguir con la aprobación del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 del Distrito de Carabayllo; Que, con Informe Nº 485-2016-GPPCI/MDC de fecha 08 de Julio de 2016, el Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, pone en conocimiento que la Formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 del distrito de Carabayllo se elaboró en base a la guía metodología del CEPLAN, a través de un diagnostico distrital a partir de datos cuantitativos y cualitativos de fuentes primarias y secundarias, los cuales permitieron caracterizar la realidad del distrito y facilitaron el reconocimiento de las potencialidades de desarrollo y problemáticas del distrito. Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite Informe Nº 0211-2016-GAJ/MDC de fecha 08 de Julio del 2016, con el que opina que existe sustento legal para la Aprobación del Proyecto de Ordenanza de Formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, debiéndose remitirse los actuados a la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto; Que, con Carta Nº 124-2016-SG/MDC de fecha 11 de Julio de 2016, el Secretario General de la entidad Municipal, remite al Presidente de la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto todos los actuados pertinentes al Proyecto de Ordenanza de Formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 del Distrito de Carabayllo para su análisis y emisión del Dictamen respectivo según corresponda; Estando a lo expuesto y, en ejercicio de las facultades conferidas por los numerales 8) y 9) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal en la Sesión de Concejo de la fecha y con la dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta aprobó POR UNANIMIDAD: "ORDENANZA DE FORMULACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO 20172021 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO" Artículo Primero.- APROBAR, el Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 del Distrito de Carabayllo, cuyo texto forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia el 01 DE ENERO DE 2017. Artículo Tercero.- DISPONER que la Ordenanza Municipal Nº 262/MDC de fecha 13 de Septiembre de 2012, que aprueba el Plan de Desarrollo Local Concertado de la Municipalidad de Carabayllo 20122021, estará vigente hasta el 31 DE DICIEMBRE DE 2016. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General que disponga la publicación de la presente Ordenanza en el diario Oficial "El Peruano", conforme a Ley y a la Subgerencia de Informática la publicación en el Portal Institucional (www. municarabayllo.gob.pe) de esta entidad edil. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. NANDY JANETH CÓRDOVA MORALES Alcaldesa (e) 1407057-1

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Ordenanza que aprueba el Plan de Desarrollo Local Concertado del distrito de Chaclacayo 2017 - 2021
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 359-MDCH Chaclacayo, 15 de julio del 2016 VISTO: El Informe Nº 143-2016-MDCH-GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 0872016-GPP/MDCH, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 97º de la Ley Orgánica de Municipalidades indica que basándose en los Planes de Desarrollo Municipal Distritales Concertados y sus Presupuestos Participativos, el Concejo de Coordinación Local Provincial procede a coordinar, concertar y proponer el Plan de Desarrollo Municipal Provincial Concertado y su Presupuesto Participativo (...) estos tienen carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales. Son aprobados por los respectivos concejos municipales. Que, el Anexo Nº 02: Metas del Programa de Incentivos que deben cumplir las municipalidades al 31 de julio de 2016, del Decreto Supremo Nº 400-2015-EF, establece la Meta 3, Formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado - PDLC que cubre a las municipalidades de ciudades principales Tipo "A", como es el caso del distrito de Chaclacayo. Que, a través de la Resolución Directoral Nº 0032016-EF/50.01 se aprueban los instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2016. Que, por medio de la Resolución de Alcaldía Nº 0412016-MDCH, se da inicio al Proceso de Planeamiento Estratégico para la formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021, así como la conformación de la Comisión de Planeamiento Estratégico y su Equipo Técnico, como parte de las actividades de cumplimiento de la Meta 3 (Actividad 1). Que, mediante Oficio Nº 208-2016-CEPLAN/DNCP, el CEPLAN remite el Informe Técnico Nº 03-2016-CEPLANDNCP/RQC el cual, luego de una evaluación sobre el cumplimiento de criterios en base a la Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico y el instructivo para el cumplimiento de la Meta 3 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, concluye que el documento Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Chaclacayo SI CUMPLE con lo establecido en los marcos técnicos mencionados. Que, mediante Informe Nº 087-2016-GPP/MDCH, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto concluye que el Proyecto del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Chaclacayo 2017 -2021 fue formulado siguiendo los procedimientos metodológicos de la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y la Guía para el Cumplimiento de la Meta 3 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2016, tal como señala el Informe Técnico Nº 03-2016-CEPLANDNCP/RQC. Asimismo, este deberá ser aprobado ante el Concejo Municipal a través de Ordenanza. Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO DEL DISTRITO DE CHACLACAYO 2017 ­ 2021 Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Desarrollo Local Concertado ­ PDLC del 2017 -2021, el cual consta

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