Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2016 (09/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 9 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 0632007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de la inscripción de separación Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de Omia de la "Mancomunidad Municipal Valle Shocol" "MUNIRED SHOCOL". Artículo 2º.- Conformación del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Valle Shocol" - "MUNIRED SHOCOL", está conformado como sigue: - Presidente: Wiliam Mercedes Portocarrero Vargas, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Milpuc. - Director: Lenin Portocarrero Fernández, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Totora. - Director: Litmer Portocarrero Casto, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. - Director: Yerson Díaz Urbina, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chirimoto. - Director: Manuel Asención Fernández Yoplac, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Limabamba. Artículo 3º.- Registro de anexos Inscribir la Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Omia que aprueba su separación de la "Mancomunidad Municipal Valle Shocol" - "MUNIRED SHOCOL", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI Secretaria de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 1389801-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Modifican diversas Resoluciones Directorales, en lo relativo a información exigida en el Certificado Fitosanitario Oficial del país de origen, retirando la precisión de que se trata de un producto libre de: Podosphaera aphanis
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0023-2016-MINAGRI-SENASA-DSV 31 de mayo de 2016 VISTO: El INFORME-0016-2016-MINAGRI-SENASA-DSVSCV-ECARRILLO de fecha 23 de mayo de 2016, que propone el retiro de Podosphaera aphanis de los requisitos fitosanitarios para la importación de material de propagación de fresa y frambueso, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al

país como importación de plantas y productos vegetales y cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria - SENASA; Que, el Artículo 9° del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, señala que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria aprobará y difundirá la lista de plagas cuarentenarias y enfermedades notificables para el país e implementara los mecanismos para fortalecer un eficiente proceso de notificación. El SENASA es la única autoridad autorizada en el país para hacer el reporte oficial de la presencia de dichas plagas y enfermedades; Que, conforme a lo señalado en el Artículo 38º del Decreto Supremo 032-2003-AG, los requisitos fitosanitarios necesarios de cumplir para la importación al país de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, serán aprobados mediante Resolución de Órgano de Línea Competente; Que, la Resolución Directoral N° 008-2007-AGSENASA-DSV establece requisitos fitosanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de plántulas de fresa procedentes de Argentina; Que, la Resolución Directoral N° 0013-2014-MINAGRISENASA-DSV establece los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de plantas de frambueso de origen y procedencia Chile; Que, la Resolución Directoral N° 0027-2014-MINAGRI-SENASA-DSV establece los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de esquejes de frambueso de origen y procedencia México; Que, la Resolución Directoral N° 0011-2015-MINAGRISENASA-DSV establece los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de plantas de fresa de origen y procedencia Chile; Que, la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA realizó una revisión de la Lista de Plagas Cuarentenarias no Presentes en el Perú, excluyendo aquellas plagas que se encuentran presentes en el país o que representan poca importancia económica; Que, el Servicio Agrícola Ganadero de ChileSAG notifica la modificación del estatus de la plaga Podosphaera aphanis en el CABI; Que, la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria ­ CIPF, exhorta a las partes contratantes a tomar medidas fitosanitarias solamente sobre aquellas plagas cuarentenarias y plagas no cuarentenarias reglamentadas para el país; Que, la Subdirección de Cuarentena Vegetal del SENASA considera procedente el retiro de aquellas plagas excluidas de la Lista de Plagas Cuarentenarias para el Perú de las exigencias fitosanitarias requeridas en la importación de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modificatoria, la Resolución Directoral Nº 0002-2012-AG-SENASA-DSV y con el visado de la Subdirección de Cuarentena Vegetal y de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modificar en las Resoluciones Directorales que se detallan en el cuadro (i), la información exigida en el Certificado Fitosanitario Oficial del país de origen, retirando la precisión que se trata de un producto libre de: Podosphaera aphanis, según el siguiente detalle: (CUADRO I)
Resolución Directoral modificada Resolución Directoral N° 008-2007-AG-SENASA-DSV Resolución Directoral N°0013-2014-MINAGRI-SENASA-DSV Producto Fresa, plántula Frambueso, plantas País de Origen o Procedencia Argentina Chile

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