Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2016 (09/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Jueves 9 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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recomendadas por el citado grupo así como otras que sean determinadas por los integrantes del Grupo de Trabajo; Que, de acuerdo a los artículos 3 y 4 de la referida norma, el mencionado Grupo de Trabajo está integrado, entre otros, por un/a representante titular y un/a alterno/a del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, quienes serán designados mediante documento emitido por el Titular de la Entidad; Que, en dicho contexto, corresponde designar a los representantes, titular y alterno, ante el Grupo de Trabajo creado mediante Resolución Ministerial N° 112-2016PCM; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como representantes, titular y alterno, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante el Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Trabajo para el Desarrollo del Distrito de Ocuviri, Provincia de Lampa, Departamento de Puno" a las siguientes personas: - Señor Iván Armando Castillo Cuadra, Jefe de Gabinete de Asesores, como representante titular. - Señor Eduardo Antonino Gamarra Astete, como representante alterno. Artículo 2.- Disponer que los representantes designados en el artículo precedente elaboren un informe mensual, dirigido al Despacho Ministerial, dando cuenta de las acciones realizadas en el marco de la presente designación. Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros, y a los representantes designados en el artículo 1 de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1390590-1

aprobado mediante Decreto Supremo N° 102-2007-EF, señala que la Dirección General de Inversión Pública, establece las metodologías generales y específicas para la formulación y evaluación de proyectos, normas técnicas y parámetros de evaluación; Que, asimismo, el literal c) del artículo 128 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 117-2014-EF, señala que la Dirección General de Inversión Pública, establece metodologías generales y específicas para la formulación y evaluación de proyectos, normas técnicas y parámetros de evaluación, así como la metodología para la evaluación ex post de proyectos de inversión pública en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); Que, los literales a) y b) del artículo 128 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 117-2014-EF, señalan como parte de las funciones de la Dirección General de Inversión Pública, formular, proponer y evaluar la política nacional para la promoción y tratamiento de la inversión pública, en concordancia con la política económica del país, así como elaborar las herramientas e instrumentos metodológicos para la formulación de la política de los planes de inversión pública o programación multianual de la inversión pública, entendida como la priorización estratégica de la inversión pública; Que, la Dirección General de Inversión Pública como la más alta autoridad técnico normativo del Sistema Nacional de Inversión Pública, ha elaborado los Lineamientos Generales para Proyectos de Inversión Pública, que permitirán fomentar la identificación de proyectos que permitan coadyuvar el cierre de brechas de infraestructura pública y servicios públicos, y con ello alcanzar los objetivos trazados para el logro del desarrollo nacional, regional y local, tales como el incremento de la productividad y la competitividad del país de manera sostenible. Asimismo, los Lineamientos Generales para Proyectos de Inversión Pública, en tanto faciliten la identificación de proyectos con dichas características, aportarán positivamente a la toma de decisiones para la priorización de proyectos por parte de las Entidades Públicas sujetas al Sistema Nacional de Inversión Pública, conforme a la normatividad de la materia; De conformidad con las facultades dispuestas por la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modificada por el artículo único de la Ley N° 28802 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 117-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de los Lineamientos Generales para Proyectos de Inversión Pública Apruébanse los Lineamientos Generales para Proyectos de Inversión Pública que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la Sección de Inversión Pública, en la misma fecha de la publicación oficial de la norma. Asimismo, dispóngase la publicación de los "Lineamientos Generales para Proyectos de Inversión Pública", en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la Sección de Inversión Pública, en la misma fecha de la publicación oficial de la presente norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELOY DURÁN CERVANTES Director General Dirección General de Inversión Pública 1390078-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Lineamientos Generales para Proyectos de Inversión Pública
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 007 -2016-EF/63.01 Lima, 3 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modificado por el artículo único de la Ley N° 28802, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 117-2014-EF, y con la Cuarta Disposición Complementaria Final del mencionado Decreto Supremo, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Inversión Pública, es la más alta autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública y dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública; Que, el literal m) del numeral 3.2 del artículo 3 del Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública,

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