Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2016 (12/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Domingo 12 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

589403

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Aprueban Ordenanza de adecuación de la Municipalidad del Centro Poblado de Humaya, distrito y provincia de Huaura a la Ley Orgánica de Municipalidades
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Provincial de Huaura-Huacho, mediante Oficio N° 214-2016-ALC-MPH, recibido el día 10 de junio de 2016) ORDENANZA MUNICIPAL PROVINCIAL Nº 030-2008 Huacho, 10 de junio del 2008. El Concejo Provincial de Huaura en Sesión Ordinaria del día 9 de junio del 2008, aprobó la siguiente Ordenanza Provincial: CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 28607, establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Artículos 128º al 135º de la Ley Orgánica de Municipalidad es Nº 27972, reglamentan el Régimen de creación, funcionamiento, elección de autoridades y recursos de las Municipalidades de los Centros Poblados de su jurisdicción, confiriendo a las Municipalidades Provinciales la facultad de su creación y adecuación mediante Ordenanza; Que, el Artículo III del Título Preliminar, así como el Art .9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que las Municipalidades de Centros Poblados creadas a la vigencia de dicha Ley adecuan su funcionamiento, en lo que sea pertinente, a las normas de dicha Ley Orgánica; Que por Ley Nº 28458, se establece el plazo para la adecuación de las Municipalidades de Centros Poblados a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y regula el procedimiento de adecuación a que son sometidas dichas Municipalidades; Que, la referida Ley Nº 28458, dispone que el proceso de adecuación se inicia a solicitud de las Municipalidades de Centros Poblados o de oficio por las Municipalidades Provinciales; Que, la Municipalidad del Centro Poblado de Humaya, del Distrito de Huaura, debidamente representada por su Alcalde, ha presentado ante la Municipalidad Provincial de Huaura su solicitud de adecuación; Que, por tanto corresponde al Concejo Municipal Provincial de Huaura expedir la Ordenanza de Adecuación a que se refieren las Leyes Nº 27972 y Nº 28458; Que, a través del Informe Nº151-2008-MPH-GP la Gerencia de Planeamiento, emite opinión favorable respecto a la adecuación de la Municipalidad del Centro Poblado de Humaya, Distrito y Provincia de Huaura; así mismo el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Proveído Legal Nº 473-2008-OAJ/MPH precisa que lo actuado se encuentra conforme a la Ley Nº 28458; En uso de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el voto unánime del Concejo Municipal se aprueba la Ordenanza: ADECUACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE HUMAYA, DISTRITO Y PROVINCIA DE HUAURA, A LA LEY Nº 27972 ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Artículo 1º.- DE LA ADECUACIÓN ADECUESE, a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 a la Municipalidad del CENTRO POBLADO

HUMAYA, Distrito de Huaura, con la denominación Centro Poblado de Humaya, cuya jurisdicción comprende los núcleos poblados siguientes: Santa Rosa, 31 de Mayo, 18 de Octubre, El Milagro, Las Flores, San Roque, CAP Santa Eusebia, Tres Marías, San José, San Isidro, CAT Loreto, Santa Inés, Fundo San Pedro Artículo 2º.- DELIMITACIÓN TERRITORIAL La Delimitación Territorial de la Municipalidad del Centro Poblado de Humaya, queda establecida de acuerdo con los siguientes límites: Por el Norte : Con los Fundos San Pedro y El Triunfo; a partir de la cumbre del cerro La Joya el límite con dirección general Este lo constituye la divisoria de aguas del Río Huaura que une la cumbre de los cerros La Joya y Cadena. Por El Este : Con el Fundo Manco Cápac; a partir del último lugar nombrado el límite con dirección general Sur lo constituye la divisoria de aguas del Río Huaura hasta su desembocadura . Por el Sur : Con el Río Huaura; a partir del último lugar nombrado el límite con dirección general Oeste lo constituye el Talweg del río Huaura hasta la confluencia con la estribación sur del Cerro La Caldera. Por el Oeste : Con el Fundo La Caldera; a partir del último lugar nombrado el límite con dirección general Norte. lo constituye la cadena de montañas que une las cotas de los cerros La Caldera, Tronador y La Joya. Artículo 3º.- ESTRUCTURA ORGANIZATIVA ADMINISTRATIVA La Municipalidad del Centro Poblado de Humaya deberá contar con una estructura organizativa que responda a las nuevas competencias que adquiera por medio de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL La administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control recurrente y posterior. El mismo se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participación y seguridad ciudadana y adecuarse a lo dispuesto a la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444. Artículo 5º.- GERENCIA MUNICIPAL La administración municipal está bajo la dirección y responsabilidad del Gerente Municipal, funcionario de confianza a tiempo completo y dedicación exclusiva designado por el Alcalde, quien puede cesarlo sin expresión de causa. El Gerente Municipal también puede ser cesado mediante Acuerdo del Concejo adoptado por mayoría del número hábil de regidores, en tanto exista acto doloso o falta grave. Artículo 6º.- ESTRUCTURA MUNICIPAL BÁSICA La estructura orgánica municipal básica de la Municipalidad comprende el ámbito administrativo, a la Gerencia Municipal, el Órgano de Auditoría Interna, la Procuraduría Pública Municipal, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; ella está de acuerdo a su disponibilidad económica y los límites presupuestales asignados para gasto corriente. Artículo 7º.PROCURADURÍA PÚBLICA MUNICIPAL La representación y defensa de los intereses y derechos de las Municipalidades en juicio, se ejercitan a través del órgano de defensa judicial conforme a Ley, el

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