Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2016 (12/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Domingo 12 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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excepción de lo establecido en el artículo 69ºde la misma norma; Que, el procedimiento administrativo a seguir para obtener la autorización de reducción de capital social y modificación del estatuto social se encuentran contenidos en los procedimientos Nº 85 ­Autorización para la reducción del capital social o la Reserva Legal de las Empresas del Sistema Financiero y de Seguros y Nº 44Autorización de modificación de estatuto social de TUPA; Que, la EDPYME ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley General y en los Procedimientos Nºs. 04, 44, y 85 del TUPA de esta Superintendencia y el Reglamento para la constitución, reorganización y establecimiento de empresas y representantes de los sistemas financiero y sus modificatorias; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "A" (DSMA), y con las opiniones favorables del Departamento Legal (DL), Departamento de Supervisión de Riesgo Operacional (DSRO), el Departamento de Supervisión de Sistemas de Informaron y Tecnología (DSSIT), el Departamento de Supervisión de Riesgo Lavado de Activos y Financiamiento de Terrorismo ( DSRLAFT), el Departamento de Supervisión de Conducta de Mercado (DSCM) y el Departamento de Análisis de Microfinanzas (AMF), así como el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Asesoría Jurídica, de Riesgos, de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera y de Estudios Económicos; De conformidad con las facultades conferidas a esta Superintendencia por el artículo 349º de la Ley General; RESUELVE

Autorizan a Edpyme GMG Servicios Perú S.A. la apertura de oficinas especiales en los departamentos de Lima, Ica y Cusco
RESOLUCIÓN SBS Nº 3117-2016 Lima, 2 de junio de 2016 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Edpyme GMG Servicios Perú S.A. para que se autorice la apertura de tres (03) oficinas especiales, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la referida Financiera ha presentado la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa Nº 240-2013; RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la conversión de la EDPYME Credijet del Perú S.A. a una empresa Emisora de Dinero Electrónico (EEDE) denominada Empresa Peruana de Soluciones de Dinero Electrónico, la misma que podrá realizar las operaciones señaladas en el numeral 42 del artículo 221º de la Ley General y la modificación integral de su Estatuto Social para tales efectos de acuerdo con su solicitud. Los documentos pertinentes quedaran archivados en este Organismo de Control, devolviéndose la minuta que formaliza los acuerdos correspondientes con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevación a Escritura Pública, en la que se insertará el texto de la presente Resolución para su inscripción en el Registro Público correspondiente. Artículo Segundo.- Autorizar a la EDPYME Credijet del Perú S.A., en el marco del proceso de conversión, la reducción del capital social de la entidad de S/7,271,000.00 (Siete Millones doscientos setenta y un mil con 00/100 soles) a la suma de S/ 5,184,000.00 (cinco millones ciento ochenta y cuatro mil con 00/100 soles), y la consecuente modificación de su Estatuto Social de acuerdo con su solicitud. Los documentos pertinentes quedaran archivados en este Organismo de Control, devolviéndose la minuta que formaliza los acuerdos correspondientes con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevación a Escritura Pública, en la que se insertara el texto de la presente Resolución para su inscripción en el Registro Público correspondiente. Artículo Tercero.- Disponer a la Secretaría General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorización del Conversión, el que deberá ser publicado por dos veces alternadas, la primera en el Diario Oficial El Peruano y la segunda, en uno de extensa circulación nacional, debiendo exhibirse permanentemente en la oficina principal de la empresa, en lugar visible al público. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER MARTIN POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (e) 1391455-1

Artículo Único.- Autorizar a Edpyme GMG Servicios Perú S.A., la apertura de tres (03) oficinas especiales, según se indica: - Oficina Especial 37, situada en Av. 28 de Julio Nº 271, distrito de Huacho, provincia de Huaura y departamento de Lima. - Oficina Especial 38, situada en Av. Bolognesi Nº 550, distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica. - Oficina Especial 39, situada en Av. Bolognesi Nº 210, 212 y 216, distrito de Santa Ana, provincia de La Convención y departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1391560-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO
Concesiones Mineras cuyos títulos fueron aprobados entre los meses de enero a diciembre del año 2015
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 004-2016-GRA/GG-GRDE-DREM Ayacucho, 25 de enero de 2016 VISTO: el informe Nº 027-2015-GRA/GG.GRDEDREM-ATN de fecha 21 de Enero del 2016, del Área Técnica Normativa de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Ayacucho; y,

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