Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2016 (22/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Miércoles 22 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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subsidiarias en cualquier parte de la República y/o en el extranjero. Artículo 7. Duración El plazo de duración del SEMAN PERÚ SAC es indefinido; se disuelve únicamente por ley expresa, en la que se establece el procedimiento de liquidación. CAPÍTULO II CAPITAL Artículo 8. Capital El capital de la empresa pública está constituido por los activos y recursos que debidamente valorizados se consignan en su estatuto. Artículo 9. Titularidad de las acciones Corresponde al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) ejercer, en representación del Estado, la titularidad de las acciones representativas del capital del SEMAN PERÚ SAC. CAPÍTULO III ORGANIZACIÓN Artículo 10. Organización La organización, dirección y administración del SEMAN PERÚ SAC es competencia de la junta general de accionistas, del directorio y de la gerencia general, según corresponda. Artículo 11. Junta general de accionistas La junta general de accionistas es el órgano supremo del SEMAN PERÚ SAC, y ejerce sus funciones de conformidad con el Título Primero de la Sección Cuarta del Libro Segundo de la Ley 26887, Ley General de Sociedades. Las acciones y derechos que corresponden al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) están representadas en la junta general de accionistas por oficiales generales y/o coroneles de la Fuerza Aérea del Perú o por profesionales, propuestos por el comandante general de la Fuerza Aérea del Perú; debiendo precisarse en cada caso la cantidad de acciones que representa. Artículo 12. Directorio El directorio está conformado por siete miembros, que son designados mediante resolución suprema; salvo los representantes del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), cuya designación es por acuerdo de directorio. El directorio está compuesto por: a. Un oficial del grado de teniente general FAP, propuesto por el comandante general de la Fuerza Aérea del Perú. b. Dos oficiales del grado de general FAP, propuestos por el comandante general de la Fuerza Aérea del Perú. c. Dos oficiales del grado de general FAP, propuestos por el ministro de Defensa. d. Dos representantes del FONAFE. Artículo 13. Gerencia general La gerencia general está a cargo de un gerente general, designado por el directorio del SEMAN PERÚ SAC. El gerente general ejerce la representación legal de la empresa y desempeña a tiempo completo las funciones y atribuciones señaladas en el estatuto de la empresa y en la Ley General de Sociedades. Su designación recae en un oficial de la Fuerza Aérea del Perú, con probada capacidad profesional en un rubro afín a la finalidad del SEMAN PERÚ SAC. Artículo 14. Estatuto El estatuto del SEMAN PERÚ SAC establece las atribuciones, obligaciones y responsabilidades del

directorio y de la gerencia general; así como la estructura de la empresa. CAPÍTULO IV RÉGIMEN ECONÓMICO Y PRESUPUESTAL Artículo 15. Ejercicio económico El ejercicio económico del SEMAN PERÚ SAC se inicia el 1 de enero y concluye el 31 de diciembre de cada año. Artículo 16. Presupuesto y estados financieros El SEMAN PERÚ SAC formula y ejecuta su presupuesto por programas, de conformidad con la actividad empresarial; formulando sus estados financieros, en concordancia con sus estatutos y la legislación de la materia. Artículo 17. Utilidades Las utilidades provenientes de la actividad del SEMAN PERÚ SAC pueden reinvertirse para su desarrollo, previa autorización del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE); estando sujetas al régimen tributario aplicable. Artículo 18. Control y supervisión Las acciones de control gubernamental son efectuadas por el órgano de control institucional, cuyo jefe es designado de conformidad con el Sistema Nacional de Control. La supervisión del cumplimiento de las políticas y lineamientos dispuestos por el sector Defensa, es realizada por el Ministerio de Defensa. CAPÍTULO V RÉGIMEN LABORAL Artículo 19. Régimen laboral Los trabajadores del SEMAN PERÚ SAC están sujetos al régimen laboral de la actividad privada. El reglamento interno del personal será aprobado por el directorio. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS PRIMERA. El proceso de transferencia de los activos, personal y recursos del Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aérea del Perú (SEMAN) al Servicio de Mantenimiento del Perú Sociedad Anónima Cerrada (SEMAN PERÚ SAC), se realiza en el plazo máximo de sesenta días calendario, contados desde la publicación de la presente Ley. SEGUNDA. Los permisos y autorizaciones otorgados al SEMAN por la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones son transferidos al SEMAN PERÚ SAC, en el plazo máximo de sesenta días calendario, contados desde la publicación de la presente Ley. TERCERA. El SEMAN PERÚ SAC aprueba su estatuto en el plazo máximo de noventa días calendario, contados desde la publicación de la presente Ley. CUARTA. La designación y la instalación de la junta general de accionistas y del Directorio del SEMAN PERÚ SAC se realizan en el plazo máximo de 30 días calendario, desde la publicación de la presente Ley. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. El SEMAN PERÚ SAC se rige por las disposiciones contenidas en la presente Ley, su estatuto, la legislación sobre la actividad empresarial del Estado y supletoriamente por la Ley General de Sociedades. SEGUNDA. Los trabajos que realiza el SEMAN PERÚ SAC para la Fuerza Aérea del Perú, contenidos en el numeral 4.4 del artículo 4 de la presente Ley, se efectúan bajo la modalidad de encargo; de conformidad con el contrato o convenio suscrito entre las partes.

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