Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2016 (22/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Miércoles 22 de junio de 2016 /

El Peruano

c) Cronograma aplicable a todas las Juntas de Usuarios: C.1 Presentación de listas de candidatos: Hasta el de setiembre de 2016. C.2 Publicación de listas inscritas: hasta el 17 setiembre de 2016. C.3 Publicación de listas aptas (luego del proceso tachas): Hasta el 30 de octubre de 2016. C.4 Acto de sufragio: Del 15 al 30 de noviembre 2016 15 de de de

en el numeral 4.3 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 008-2016-MINAGRI. 7.4 La ALA reconoce la elección mediante acto resolutivo y notifica a los titulares y suplentes. 7.5 Las decisiones del Comité Electoral y del Comité de Impugnaciones se registrarán en sus respectivos libros de actas legalizados por notario público o juez de paz. Artículo 8.- Reemplazo de integrantes del Comité Electoral o de Impugnaciones 8.1 En caso que alguno de los miembros elegidos postule como candidato al Consejo Directivo de una organización de usuarios de agua, deberá comunicar dicha situación al Comité Electoral o al Comité de Impugnaciones, al día siguiente de presentada la lista. El Comité Electoral o de Impugnaciones, según corresponda, reemplazará al renunciante por el suplente según el orden de prelación en que fue sorteado. 8.2 La renuncia se entenderá aceptada automáticamente en la fecha de presentación del documento. Artículo 9.- Funciones del Comité Electoral Son funciones del Comité Electoral: a) Organizar y conducir el proceso electoral para elegir a los integrantes del Consejo Directivo de la Junta de Usuarios y de las comisiones de usuarios. b) Recibir de la ALA el Padrón Electoral que será utilizado durante el proceso electoral. c) Adoptar medidas que permitan la más amplia difusión del proceso electoral. d) Elaborar las cédulas de votación y material de votación. e) Realizar, en forma pública, el sorteo para elegir a los miembros de mesa de votación. f) Entregar el material electoral a los miembros de mesa de votación. g) Velar por la trasparencia del proceso electoral, adoptando las medidas correctivas necesarias para su adecuada ejecución. h) Redactar el acta de resultados de la votación. i) Resolver las tachas y reclamos que en primera instancia se formulen sobre el proceso electoral. j) Proclamar a los integrantes del Consejo Directivo electo. Artículo 10.Impugnaciones Funciones del Comité de

4.3 La Administración Local del Agua solicitará mediante Oficio, cuando corresponda, la inscripción registral de la presente Resolución Jefatural. El oficio contendrá lo siguiente: a) La identificación de la organización de usuarios y los datos de su inscripción registral. b) La razón por la cual se solicita la inscripción registral de la presente resolución: b.1 Incumplimiento de adecuación a la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua; o, b.2 No haber elegido al Comité Electoral y Comité de Impugnaciones. c) La fecha para la realización del acto público de elección de los integrantes del Comité Electoral y Comité de Impugnaciones. Artículo 5.- Padrón Electoral 5.1 La Administración Local del Agua (ALA) elabora y aprueba el Padrón de Usuarios que participan en el proceso electoral, en adelante el Padrón Electoral, en base a las personas inscritas en el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua y la relación de aquellas personas que reciben el servicio de suministro de uso de agua de manera pública, pacífica y continua. 5.2 El Padrón Electoral contendrá nombre y número de Documento de identidad de las personas que participan en el proceso electoral las que estarán agrupadas en función al sector y subsector hidráulico al que correspondan. Una vez aprobado, no se podrán incorporar nuevas personas. 5.3 La ALA, mediante oficio, remite el Padrón Electoral, visado en todos sus folios, al Presidente del Comité Electoral. Copia del Padrón será publicado en el Local de la Junta de Usuarios y de la ALA, así como en el portal electrónico de la ANA. Artículo 6.- Derecho a voto 6.1 Las personas que participan en el proceso eleccionario tienen derecho a un voto. 6.2 Los usuarios constituidos en personas jurídicas, las sucesiones y otras formas de patrimonio autónomo participan a través de su representante acreditado con documento en el que conste el poder o representación vigente para intervenir. TITULO III COMITÉ ELECTORAL Y COMITÉ DE IMPUGNACIONES Artículo 7.- Designación del Comité Electoral y del Comité de Impugnaciones 7.1 La ALA invitará, con tres días de anticipación, al acto público de sorteo para elección de integrantes del Comité Electoral y del Comité de Impugnaciones, a los integrantes de Consejos Directivos en ejercicio de la junta de usuarios y de las comisiones de usuarios; asimismo, a los representantes de la Defensoría del Pueblo, de la Gerencia Regional de Agricultura, de los gobiernos locales u otras autoridades que estime pertinente. 7.2 La inasistencia de cualquiera de los invitados no suspende ni invalida el acto público. 7.3 En el sorteo se elegirá a un titular y a tres suplentes por cada cargo siguiendo el orden establecido

10.1 El Comité de Impugnaciones, es el encargado de resolver en forma definitiva, todas las impugnaciones que se formulen contra las decisiones que adopte el Comité Electoral. 10.2 Las decisiones del Comité de Impugnaciones no son revisables en sede administrativa. La ANA se encuentra impedida de intervenir en las decisiones del Comité de Impugnaciones. Artículo 11.- Publicidad 11.1 El Comité Electoral mandará colocar avisos con la convocatoria a elecciones y el cronograma electoral en el diario de mayor circulación o de otros medios de comunicación masiva de la localidad, y en los locales de la ALA y de las organizaciones de usuarios de agua. 11.2 Los avisos de convocatoria permanecerán colocados en la entrada y otros lugares visibles de los locales de las organizaciones de usuarios de agua del sector hidráulico durante todo el proceso electoral. TITULO IV INSCRIPCIÓN DE LISTAS Artículo 12.- Listas para elecciones de juntas de usuarios 12.1 Las listas de candidatos para consejo directivo de junta de usuarios está conformada por los cargos de

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