Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2016 (22/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Miércoles 22 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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Segunda.- Procesos electorales y delimitación de sectores y subsectores hidráulicos Las organizaciones de usuarios de agua desarrollan sus procesos electorales, conforme a su situación actual, indistintamente del resultado del proceso de sectorización. Tercera.- Inscripción Registral de la Ley N° 30157 Encargar a las Administraciones Locales del Agua el trámite de inscripción registral señalado en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 08-2016-MINAGRI, aplicable a las organizaciones de usuarios de agua que omitieron la adecuación de estatutos al nuevo marco legal. La inscripción registral no afecta el desarrollo del proceso electoral, el cual continuará rigiéndose por la presente Resolución Jefatural hasta su conclusión. Cuarta.- Elección de Juntas Directivas de los Comités de Usuarios Los Comités de Usuarios de Agua elegirán a sus directivos mediante procesos democráticos que ellos establezcan. Para su reconocimiento por el Administrador Local de Agua remitirán copia legalizada por notario o juez de paz del acta final del acto electoral. Regístrese, comuníquese y publíquese, JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1395349-1

AMBIENTE
Aprueban culminación del proceso de transferencia de funciones del subsector Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 160-2016-MINAM Lima, 21 de junio de 2016 Visto, el Memorando N° 382-2016-MINAM/SG/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio del Ambiente; el Oficio N° 067-2016-SENACE/J, suscrito por el Jefe del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ SENACE y el Informe N° 001-2016-CT-MTC-SENACE, emitido por la Comisión de Transferencia de Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones al SENACE; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29968, se aprueba la creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) conforme a lo establecido en la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y sus normas reglamentarias; Que, a través de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29968 y el Decreto Supremo N° 003-2013-MINAM, se desarrollan las etapas del proceso de implementación del SENACE, siendo que la tercera etapa contiene las disposiciones referidas a la transferencia de funciones de parte de las Autoridades Sectoriales, que se gestiona a través de la aprobación del Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Ambiente y el titular del sector cuya transferencia se aprueba;

Que, la cuarta etapa relacionada al seguimiento de transferencia de funciones, se realiza de forma paralela a la transferencia, encargándose al Ministerio del Ambiente el seguimiento al proceso de transferencia de funciones al SENACE a fin de garantizar la correcta implementación y funcionamiento del mismo y realizar los ajustes necesarios; Que, al respecto, mediante Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, se aprueba el cronograma de transferencia de las funciones de las Autoridades Sectoriales al SENACE en el marco de la Ley N° 29968; estableciéndose en el numeral 1.1 de su artículo 1 que el inicio del proceso de transferencia de funciones del subsector Transportes se realiza en el cuarto trimestre del año 2015; Que, asimismo, el numeral 1.2 del artículo citado en el párrafo precedente, establece que la transferencia de funciones comprende: a) la revisión y aprobación de los estudios de impacto ambiental detallados; b) la administración del "Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios Ambientales", del "Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios de Impacto Ambiental" o de cualquier otro registro de denominación similar; y, c) la administración del "Registro Administrativo de carácter público y actualizado de certificaciones ambientales concedidas o denegadas", o de cualquier otro registro de denominación similar; que deba formar parte del SENACE; Que, de conformidad con el artículo 2 del Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, la Comisión de Transferencia Sectorial respectiva tendrá la responsabilidad de conducir y coordinar el proceso de transferencia de funciones hasta su respectiva culminación; Que, mediante las Resoluciones Jefaturales N° 070-2015-SENACE/J y N° 001-2016-SENACE/J; así como, las Resoluciones Ministeriales N° 586-2015MTC/01.02 y N° 082-2016-MTC/01.02, se designaron, respectivamente, a los representantes del SENACE y del MTC ante la comisión que se encarga de conducir y coordinar el proceso de transferencia de las funciones del subsector Transportes; Que, con el Informe N° 001-2016-CT-MTC-SENACE emitido por la Comisión de Transferencia de Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, la Comisión de Transferencia concluye que, en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, ha conducido el proceso de transferencia de funciones del MTC al SENACE en el marco de la Ley N° 29968; Que, en ese contexto, corresponde emitir la Resolución Ministerial que formaliza la culminación del proceso de transferencia de funciones del subsector Transportes al SENACE, señalando la fecha a partir de la cual asumirá las funciones transferidas; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; de la Secretaría General; de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental; y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles; el Decreto Supremo N° 003-2013-MINAM que aprueba el cronograma y plazos para el proceso de implementación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles; y el Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, que aprueba el cronograma de transferencia de funciones de las Autoridades Sectoriales al SENACE. SE RESUELVE: Artículo 1.- Culminación del proceso de transferencia de funciones del subsector Transportes al SENACE Aprobar la culminación del proceso de transferencia de funciones del subsector Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, que a continuación se detallan:

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