Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2016 (22/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
DECRETA:

Miércoles 22 de junio de 2016 /

El Peruano

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del pliego Autoridad Nacional del Servicio Civil
DECRETO SUPREMO N° 162-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza, excepcionalmente, la realización de transferencias de recursos de las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, a favor del pliego Autoridad Nacional del Servicio Civil, con la finalidad de otorgar financiamiento y cofinanciamiento del complemento remunerativo a cargo de dicha entidad, para la asignación de los gerentes públicos de acuerdo con la normatividad de la materia; Que, asimismo, el cuarto párrafo de la disposición citada en el considerando precedente establece que las transferencias de recursos se efectúan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante modificaciones presupuestarias en el nivel institucional aprobadas mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector habilitador, a propuesta de este último; Que, mediante Informe Nº 089-2016-OGPPMOPF/MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud y el Informe Nº 160-2016-UP-OPP/IGSS adjunto al Oficio Nº 462-2016/IGSS, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, respectivamente, emiten opinión favorable de disponibilidad presupuestal para efectuar la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del pliego 023: Autoridad Nacional del Servicio Civil, destinado al financiamiento del complemento remunerativo de Gerentes Públicos del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, de acuerdo con lo establecido por la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en virtud de lo cual, a través del Oficio N° 1183-2016-SG/MINSA, el Ministerio de Salud, solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información registrada en el "Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público" y la base de datos remitida por el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, el monto a transferir al pliego 023: Autoridad Nacional del Servicio Civil, asciende a la suma de UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 1 537 293,00) para financiar el pago del complemento remunerativo de catorce (14) Gerentes Públicos asignados al Instituto de Gestión de Servicios de Salud, correspondiente al periodo comprendido de junio a diciembre del presente año; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 1 537 293,00), a favor del pliego 023: Autoridad Nacional del Servicio Civil, para el financiamiento del complemento remunerativo de los gerentes públicos asignados a plazas presupuestadas del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, en el marco de la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; De conformidad con lo dispuesto en la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 1 537 293,00) del pliego Instituto de Gestión de Servicios de Salud a favor del pliego Autoridad Nacional del Servicio Civil, para el financiamiento del pago del complemento remunerativo de catorce (14) Gerentes Públicos asignados a plazas presupuestadas, correspondiente al periodo comprendido de junio a diciembre del presente año, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA EN SOLES : Gobierno Central 137 : Instituto de Gestión de Servicios de Salud 001 : Administración IGSS (Instituto de Gestión de Servicios de Salud)

ACCIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001563 : Atención en Hospitalización

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO : Gobierno Central 1 537 293,00 ----------------1 537 293,00 ==========

023 : Autoridad Nacional del Servicio Civil FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS 1 537 293,00 ----------------1 537 293,00 ==========

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente decreto supremo. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

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