Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2016 (25/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 124

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NORMAS LEGALES

Sábado 25 de junio de 2016 /

El Peruano

· Proponer la programación física y financiera para la actividad de prevención y control de enfermedades parasitarias a nivel local y elevar a la oficina de Planificación y presupuesto o quien haga sus veces para su evaluación y tramite según corresponda para su aprobación. · Elaborar el padrón de productores pecuarios de su jurisdicción. · Elaborar manuales y procedimientos metodológicos para ejecución de acciones de prevención y control de enfermedades parasitarias a nivel local bajo el asesoramiento técnico del Servicio Nacional de Sanidad Agraria. · Coordinar y participar para la aprobación del Plan Operativo Institucional incluyendo las tareas para acciones de sanidad animal para la asistencia técnica en la prevención y control de enfermedades parasitarias a nivel local. · Capacitación a ejecutores (Médicos veterinarios, técnicos pecuarios, Ingenieros Zootecnistas, promotores pecuarios) de la práctica privada. · Capacitar a los productores pecuarios para realizar acciones de sanidad animal para la asistencia técnica en la prevención y control de enfermedades parasitarias a nivel local. · Realizar acciones de difusión. Impresos, avisos radiales, televisivos, medios informáticos (correos electrónicos, pagina web y redes sociales) de campañas de tratamiento de enfermedades parasitarias. · Aplicar buenas prácticas pecuarias en la crianza de sus animales (aplicación de antiparasitarios). · Seguimiento y evaluación del tratamiento de los animales según Plan Operativo Institucional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Asesoría legal externa y Secretaría General el seguimiento a la modificación de los instrumentos de gestión municipal según corresponda; para el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que la presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en concordancia al artículo 44 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. GRIMALDO VASQUEZ TAN Alcalde Provincial 1396179-1

Presupuesto hace llegar el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, señala que los "Gobiernos Locales gozan de autonomía Política, económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que "Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de los cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa". Que, el Artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, dispone que las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según sea el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos. Que, actualmente nuestra Municipalidad cuenta con un Texto Único del Procedimiento Administrativo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 058-2012 de fecha 18 de octubre del 2012. Que, de acuerdo al informe técnico Nº 726-2015GPP/MPO el Gerente de Planificación y Presupuesto, señala que es necesario la aprobación de un nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos, porque el TUPA vigente necesita ser actualizado en trámite de los Procedimientos Administrativos y de los servicios. Que, en el nuevo Texto Único del Procedimiento Administrativo, ha sido necesario incluir nuevos procedimientos administrativos básicamente en la parte correspondiente a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, en relación a las actividades de servicios de agua y alcantarillado, los cuales son importantes considerando que en nuestro Distrito se viene implementado de servicios de agua potable y alcantarillado. Que, el numeral 36.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que el TUPA de las municipalidades se apruebe mediante Ordenanza Municipal. Que, se ha dado cumplimiento lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, "Decreto Supremo que aprueba la metodología de Simplificación Administrativa y establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los Procedimientos Administrativos y servicios prestados en exclusividad"; asimismo, se ha utilizado la metodología regulado en el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, "Decreto Supremo que aprueba la metodología de determinación de costos de los Procedimientos Administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidas en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas, en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General", la Resolución de Secretaria de Gestión Publica Nº 003-2010-PCM-SGP, "por el cual se aprueba la Guía Metodología de Determinación de Costos de los Procedimientos Administrativos y servicios prestados en exclusividad, en cumplimiento de la segunda disposición complementaria final del Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM". Luego del respectivo debate, el Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en los Artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, por unanimidad de sus integrantes aprueba la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS, SERVICIOS ADMINISTRATIVOS BRINDADOS EN EXCLUSIVIDAD, REQUISITOS Y DERECHOS DE TRAMITE CONTENIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS TUPA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OYON Artículo Primero.- DISPONGASE la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OYON
Aprueban el TUPA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 121-2016-MPO Oyón, 31 de marzo del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OYÓN POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Oyón, en Sesión Ordinaria de fecha 31 de marzo del 2016. VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 31 de marzo del 2016, el informe Nº 726-2015-GPP/MPO de fecha 30 de noviembre del 2015 a través del cual la Gerencia de Planeamiento y

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