Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2016 (17/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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NORMAS LEGALES

Jueves 17 de marzo de 2016 /

El Peruano

Dirección Regional Sectorial de Vivienda Construcción y Saneamiento y de la Oficina Ejecutiva de Administración de Bienes inmuebles. Que, mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 1031-2014-G.G.R/GOB.REG.TACNA de fecha 31 de octubre del 2014, se resuelve reconformar la Comisión de Entrega y Recepción respecto a la documentación relacionada con los Programas de Vivienda Regionales PROVIRE a la Dirección Regional Sectorial de Vivienda, Construcción y Saneamiento, respecto de sus integrantes, teniéndose en su segundo artículo resolutivo, que subsiste todos los demás extremos de dicha resolución, a fin de que se dé cumplimiento a la misma. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1812015-P.R./GOB.REG.TACNA de fecha 10 de febrero del 2015 se dispone: "Artículo PRIMERO: RECONFORMAR la Comisión de Entrega y Recepción de la documentación relacionada con los Programas de Vivienda Regionales PROVIRE, respecto de sus integrantes (...)". Que, mediante Acta de fecha 19 de marzo del 2015 se instala la Comisión de Entrega y Recepción de los Programas de Vivienda Regional - PROVIRES designada en mérito a la Resolución Ejecutiva Regional Nº 181-2015-PR/GOB.REG.TACNA y Resolución Nº 268-2014-GGR/GOB.REG.TACNA celebrada entre representantes de la Oficina Ejecutiva Regional de Administración de Bienes Inmuebles (OEABI) y la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Tacna. Que, mediante Oficio Nº 334-2015-ORAJ-GGR-G.R./ GOB.REG.TACNA de fecha 30 de junio del 2015, emitido por el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna se solicita otorgar un plazo determinado para que concluya el procedimiento de adjudicación de terrenos para el Programa de vivienda Regional, para lo cual adjunta los informes y demás documentos que sustentan su pedido. Que, con el Oficio Nº 326-2015-DRSVCYS/GOB. REG.TACNA de fecha 17 de junio del 2015 emitido por la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Tacna; el Informe Nº 056-2015-PROVIDIT/ GOB.REG.TACNA de fecha 13 de mayo del 2015 emitido por el Área Legal de PROVIDIT; el Informe Nº 889-2015ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 16 de junio del 2015 emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, el Acta de Inspección de fecha 06 de noviembre del 2015; y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, no habiendo cumplido la Oficina Ejecutiva de Administración de Bienes (OEABI) con concluir el procedimiento de adjudicación de los programas PROVIRE aprobado por Ordenanza Regional Nº 0032004-CR/GOB.REG.TACNA, modificada por Ordenanza Regional Nº 014-2004-CR/GOB.REG.TACNA, dentro del plazo señalado en el artículo cuarto de la Ordenanza Regional Nº 004-2012-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 26 de abril del 2012, resulta necesario otorgar un plazo adicional de seis meses para que se culmine dicho procedimiento, el cual debe estar a cargo de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Tacna, ello en razón de que ésta viene asumiendo funciones relacionadas a los Programas de Vivienda Regional - PROVIRE, a partir de la dación del Resolución Gerencial General Regional Nº 268-2014-GGR/GOB. REG.TACNA de fecha 18 de marzo del 2014 y posterior Resolución Ejecutiva Regional Nº 181-2015-P.R/GOB. REG.TACNA de fecha 10 de febrero del 2015. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 019-2015-CR-COPPyAT de fecha 13 de noviembre del 2015, sobre: "OTORGAR POR UNICA VEZ EL PLAZO DE SEIS MESES PARA LA CULMINACION DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACION DEL PROGRAMA DE VIVIENDA DENOMINADO "VIVIENDA REGIONAL - PROVIRE", dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 20 de noviembre del 2015. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno

del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- OTORGAR el plazo adicional de seis (06) meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza regional, para la culminación de los procedimientos de adjudicación del Programa de Vivienda denominado "VIVIENDA REGIONAL" PROVIRE, referidos en el artículo cuarto de la Ordenanza Regional Nº 004-2012-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 26 de abril del 2012, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de febrero del 2013, lo cual debe ejecutarse dentro de dicho plazo bajo responsabilidad administrativa, civil y penal. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Tacna efectúe los procedimientos referidos en el artículo cuarto de la Ordenanza Regional Nº 0042012-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 26 de abril del 2012, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de febrero del 2013. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto todas las disposiciones y normas regionales que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por la Gobernación Regional. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veinte de noviembre del año dos mil quince. SANTOS PABLO AGAMA Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 18.DlC.2015 OMAR GUSTAVO JIMENEZ FLORES Gobernador Regional 1356297-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Disponen el retiro de vehículos habilitados para la prestación del servicio de transporte público regular de personas en Lima Metropolitana, cuyo año de fabricación sea hasta el año 1986
RESOLUCION DE SUBGERENCIA N° 731-2016-MML/GTU-SRT Lima, 26 de febrero de 2016 VISTO: La Ordenanza N° 1595-MML publicada el 04 de abril de 2012, la Ordenanza N° 1634-MML publicada el 25 de octubre de 2012, la Ordenanza N° 1599-MML, y;

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