Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2016 (22/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Martes 22 de marzo de 2016 /

El Peruano

Segunda.Aprobación de normatividad complementaria por la SBS La SBS dentro del ámbito de su competencia establece la normatividad complementaria para la regulación del contrato de CI. Tercera.Aprobación de normatividad complementaria por la SUNARP La SUNARP dentro de los sesenta (60) días hábiles contados desde la vigencia de la presente norma, la SUNARP dicta las disposiciones complementarias necesarias para la mejor aplicación del presente Reglamento. 1359164-1

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de los Pliegos Gobierno Regional del departamento de Junín y Gobierno Regional del departamento de Piura
DECRETO SUPREMO Nº 052-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó, entre otros, el presupuesto del pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; que la protección de la salud es de interés público y por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; que es de interés público la provisión de servicios de salud, cualquiera sea la persona o institución que los provea, siendo responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, éste es la Autoridad de Salud a nivel nacional, y según lo establece la Ley N° 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la Política Nacional de Salud y es la máxima autoridad en materia de salud; Que, el numeral 36.1 del artículo 36 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza al Ministerio de Salud a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional hasta por la suma de CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 100 000 000,00), a favor de sus organismos públicos y los gobiernos regionales para la operación y mantenimiento de los nuevos establecimientos de salud, que entraron en funcionamiento a partir del año 2015; dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud a propuesta de este último; Que, mediante Oficio Nº 892-2015-GRJ-GRPPAT, el Gobierno Regional del Departamento de Junín ha solicitado una transferencia de recursos para la operación y mantenimiento del Hospital Regional de Medicina Tropical "Julio Cesar Demarini Caro", en aplicación de lo dispuesto en el numeral 36.1 del artículo 36 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, mediante Oficio N° 105-2016/GRP-410000, el Gobierno Regional del Departamento de Piura ha

solicitado una transferencia de recursos para la operación y mantenimiento del nuevo Hospital de Apoyo I Nuestra Señora de las Mercedes de Paita, en el marco de lo dispuesto por el numeral 36.1 del artículo 36 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, a través de los Informes Nºs 021-2016-OGPPOP/MINSA y 001-2016-OGPPM-OPF/MINSA la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud respectivamente, emite Informe favorable de disponibilidad presupuestal, a fin de efectuar la transferencia de partidas a favor de los pliegos 450: Gobierno Regional del Departamento de Junín para la operación y mantenimiento del Hospital Regional Docente de Medicina Tropical "Julio Cesar Demarini Caro" hasta por la suma de ONCE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 11 687 351,00) y 457: Gobierno Regional del Departamento de Piura para la operación y mantenimiento del nuevo Hospital de Apoyo I Nuestra Señora de las Mercedes de Paita hasta por la suma de ONCE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES (S/ 11 863 916,00), respectivamente; en virtud de lo cual, a través de los Oficios N°s 0254 y 456-2016-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de VEINTITRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 23 551 267,00), del pliego Ministerio de Salud, a favor de los pliegos 450: Gobierno Regional del Departamento de Junín y 457: Gobierno Regional del Departamento de Piura, destinado al financiamiento de la operación y mantenimiento del Hospital Regional Docente de Medicina Tropical "Julio Cesar Demarini Caro" y Hospital de Apoyo I Nuestra Señora de las Mercedes de Paita, respectivamente, en el marco de lo señalado en el numeral 36.1 del artículo 36 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; De conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de VEINTITRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 23 551 267,00), del pliego Ministerio de Salud, a favor de los pliegos Gobierno Regional del Departamento de Junín y Gobierno Regional del Departamento de Piura, destinado a financiar la operación y mantenimiento del Hospital Regional Docente de Medicina Tropical "Julio Cesar Demarini Caro" y del nuevo Hospital de Apoyo I Nuestra Señora de las Mercedes de Paita, respectivamente, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA Gobierno Central 011 : Ministerio de Salud 001 : Administración Central - MINSA En Soles

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5005467 : Mantenimiento para Equipamiento de Infraestructura Hospitalaria 1 : Recursos Ordinarios

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