Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2016 (31/03/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

582004

NORMAS LEGALES

Jueves 31 de marzo de 2016 /

El Peruano

otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 00152012-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1361402-1

los requisitos previstos para tal efecto y verificarse que la administrada y su integrante no se encuentran incursos en los impedimentos ni en las causales para denegar la renovación de la autorización, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278 y sus modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y su modificatoria, y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada a la empresa RADIO HUAYNA PICCHU E.I.R.L. mediante Resolución Ministerial N° 509-95-MTC/15.17, renovada por Resolución Viceministerial Nº 743-2011-MTC/03, para continuar prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Urubamba - Anta - Chinchero, departamento de Cusco; por el plazo de diez (10) años, el mismo que vencerá el 10 de diciembre de 2025. Artículo 2º.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y deberá haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 3º.- La titular de la autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fijados. Artículo 4º.- La titular de la autorización deberá cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del artículo 38º del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 051-2010-MTC. Artículo 5º.- La renovación a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1361404-1

Renuevan autorización otorgada a Radio Huayna Picchu E.I.R.L. para prestar servicio de radiodifusión en FM en localidad del departamento de Cusco
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 438-2016-MTC/03 Lima, 16 de marzo de 2016 VISTO, el escrito de registro Nº 2015-045694 del 23 de julio de 2015, presentado por la empresa RADIO HUAYNA PICCHU E.I.R.L., sobre renovación de la autorización otorgada mediante Resolución Ministerial N° 509-95MTC/15.17, renovada por Resolución Viceministerial Nº 743-2011-MTC/03, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Urubamba - Anta - Chinchero, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial Nº 743-2011MTC/03 del 21 de julio de 2011 se renovó la autorización otorgada a la empresa RADIO HUAYNA PICCHU E.I.R.L. por Resolución Ministerial N° 509-95-MTC/15.17, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Urubamba - Anta - Chinchero, departamento de Cusco, con vigencia hasta el 10 de diciembre de 2015; Que, con escrito de visto, la empresa RADIO HUAYNA PICCHU E.I.R.L. solicitó la renovación de la autorización otorgada mediante Resolución Ministerial N° 509-95MTC/15.17, renovada por Resolución Viceministerial Nº 743-2011-MTC/03; Que, el artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión Ley Nº 28278, concordado con los artículos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establecen que el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los artículos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovación de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, el artículo 19º de la Ley de Radio y Televisión establece que el plazo máximo para resolver las solicitudes de autorización o renovación es de ciento veinte (120) días; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 0106-2016MTC/28, opina que corresponde renovar la autorización otorgada con Resolución Ministerial N° 509-95MTC/15.17, renovada con Resolución Viceministerial Nº 743-2011-MTC/03, de titularidad de la empresa RADIO HUAYNA PICCHU E.I.R.L., al haber cumplido con las condiciones para la renovación y con la presentación de

Declaran que la Escuela de Conductores de Vehículos Automotores de Transporte Terrestre San José E.I.R.L. ha obtenido la renovación de su autorización otorgada mediante R.D. Nº 116-2011-MTC/15
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1216-2016-MTC/15 Lima, 9 de marzo de 2016 VISTOS: Los Partes Diarios N°s 212261, 212264 y Hoja de Ruta N° E-014792-2016, presentados por la empresa

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.