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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2016 (04/05/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 7

586161 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de mayo de 2016 El Peruano / Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de mayo del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1375785-2 Autorizan viaje de funcionario a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 139-2016-EF/43 Lima, 2 de mayo de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Circular Nº 02-2016-MINCETUR/ VMCE/DGNCI de fecha 7 de abril de 2016, la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, solicita la participación del Ministerio de Economía y Finanzas a la Quincuagésima Primera Reunión del Grupo de Expertos en Nomenclatura ANDINA (NANDINA), convocada por la Secretaria General de la Comunidad Andina (CAN), a realizarse en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, del 16 al 20 de mayo de 2016, de conformidad con lo acordado de manera unánime en la sesión fi nal de la Cuadragésima Novena Reunión Presencial del Grupo de Expertos en NANDINA; Que, el objetivo de la referida reunión es culminar con la elaboración y aprobación de la NANDINA 2017 y la elaboración del proyecto del Arancel de Aduanas (subpartidas a nivel de 10 dígitos) 2017; Que, la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, tiene dentro de sus funciones proponer la política arancelaria, promoviendo la efi ciencia en la asignación de recursos y guardando consistencia con los compromisos asumidos respecto a la normativa nacional e internacional; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación del señor Luis Monroy Rojas, Asistente en Servicio Económico Financiero II de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, para asegurar que los resultados de las reuniones del Grupo de Expertos se encuentren conformes con la Sexta Enmienda del Sistema Armonizado de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y con las actualizaciones a nivel NANDINA para el 2017; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, dispone que los viajes que se efectúen en el marco de las negociaciones económicas y fi nancieras de importancia para el Perú, se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, en consecuencia, siendo de interés nacional y del Ministerio de Economía y Finanzas, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modifi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y en la Directiva Nº 002-2015-EF/43.01 – Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial Nº 069-2015-EF/43, y modifi cada mediante Resolución Ministerial Nº 102-2015-EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Luis Monroy Rojas, Asistente en Servicio Económico Financiero II de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, del 15 al 21 de mayo de 2016, a la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US$ 492.78 Viáticos (5 + 1 día) : US$ 2,220.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación, a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1374796-1 Modificación de la Resolución Ministerial Nº 193-2012-EF/15 que establece la lista de insumos directamente vinculados en los procesos productivos de la Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. - EGASA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 140-2016-EF/15 Lima, 2 de mayo de 2016 VISTO: Documento GG-0087/2016-EGASA de la Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. – EGASA; CONSIDERANDO: Que, la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1017, establecía que los insumos directamente utilizados en los procesos productivos por las empresas del Estado que se dediquen a la producción de bienes o prestación de servicios, podían ser contratados a proveedores nacionales o internacionales mediante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, mediante la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, se deroga el Decreto Legislativo Nº 1017; Que, la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30225 y la Décima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 350- 2015-EF, establecen que los insumos directamente utilizados en los procesos productivos por las empresas del Estado que se dediquen a la producción de bienes o prestación de servicios, pueden ser contratados a proveedores nacionales o internacionales mediante el procedimiento de Adjudicación Simplifi cada;