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586176 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de mayo de 2016 / El Peruano Que, los artículos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovación de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, el artículo 19º de la Ley de Radio y Televisión establece que el plazo máximo para resolver las solicitudes de autorización o de renovación es de ciento veinte (120) días; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 0183-2016- MTC/28, ampliado con el Informe Nº 1042-2016-MTC/28, opina que corresponde renovar la autorización otorgada con Resolución Viceministerial Nº 618-2005-MTC/03, de titularidad de la empresa RADIO LIDER S.R.L., al haber cumplido con las condiciones y la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verifi carse que la administrada y sus integrantes no se encuentran incursos en los impedimentos ni en las causales para denegar la renovación de la autorización, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278 y sus modifi catorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modifi catorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y su modifi catoria y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada a la empresa RADIO LIDER S.R.L., mediante Resolución Viceministerial N° 618-2005-MTC/03, para continuar prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Punta de Bombón - La Curva - Cocachacra, departamento de Arequipa; por el plazo de diez (10) años, el mismo que vencerá el 17 de diciembre de 2025. Artículo 2°.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de renovación de autorización y deberá haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procederá de conformidad con el artículo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 3º.- La titular de la autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados. Artículo 4°.- La titular de la autorización deberá cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del artículo 38° del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Artículo 5º.- La renovación a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modifi catorias y complementarias que se expidan. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1375069-1 Declaran aprobadas transferencia y renovación de autorizaciones a favor de Asociación de Radios Comunitarias Dios es Amor, para prestar servicio de radiodifusión en OM en localidad del departamento de La Libertad RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 619-2016-MTC/03 Lima, 22 de abril de 2016 VISTAS, las solicitudes de transferencia y renovación de la autorización otorgada con Resolución Suprema Nº 030-84-COMS/DGCS y renovada con Resolución Ministerial Nº 233-95-MTC/15.17 y Resolución Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Onda Media (OM) en la localidad de Trujillo – Virú – Ascope – Gran Chimú – Julcán – Otuzco, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 030-84- COMS/DGCS del 05 de marzo de 1984, se autorizó a la empresa RADIO STAR S.A. la operación de una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM) por el plazo de diez (10) años, en el distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; Que, por Resolución Ministerial Nº 233-95-MTC/15.17 del 28 de junio de 1995, se renovó la autorización otorgada a la empresa RADIO STAR S.A. para continuar prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), por el plazo de diez (10) años, en el distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; estableciéndose que el plazo de dicha renovación vencerá el 05 de marzo de 2004; Que, a través de la Resolución Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03 del 28 de agosto de 2006, se renovó por mandato expreso de la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 28853, las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión, en diversas bandas y localidades, entre las que se encuentra la autorización otorgada a la empresa RADIO STAR S.A., mediante Resolución Suprema Nº 030-84-COMS/DGCS y renovada con Resolución Ministerial Nº 233-95-MTC/15.17, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM) en la localidad de Trujillo – Virú – Ascope – Gran Chimú – Julcán – Otuzco1, departamento de La Libertad, por el plazo de diez (10) años; con fecha de vencimiento hasta el 05 de marzo de 2014; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 276- 2008-MTC/03 del 09 de mayo de 2008, se declaró la aprobación de la transferencia y reconocimiento de la titularidad de la autorización renovada con Resolución Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03 a favor del señor ANTONIO CONDORI HUANCACHOQUE; entre otros; Que, con expediente Nº 2009-017235 del 19 de mayo de 2009, el señor ANTONIO CONDORI HUANCACHOQUE solicitó la transferencia de la autorización por Resolución Suprema Nº 030-84-COMS/ DGCS, renovada con Resolución Ministerial Nº 233- 95-MTC/15.17 y Resolución Viceministerial Nº 456- 2006-MTC/03, a favor de la ASOCIACION DE RADIOS COMUNITARIAS DIOS ES AMOR; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 433- 2009-MTC/03 del 23 de setiembre de 2009, se dejó sin efecto la Resolución Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, 1 Con Resolución Viceministerial Nº 236-2005-MTC/03 se aprobó los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Onda Media, para diversas localidades del departamento de La Libertad, entre ellas, la localidad de Trujillo – Virú – Ascope – Gran Chimú – Julcán – Otuzco, la misma que incluye al distrito de Trujillo.