Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2016 (10/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Martes 10 de mayo de 2016 /

El Peruano

Directivo Nº 026-2014/CEPLAN/PCD de fecha 02.04.2014, aprobó la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN - "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", el cual tiene como objeto establecer los principios, normas, procedimientos e instrumentos del Proceso de Planeamiento Estratégico en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico -SINEPLAN; asimismo, señala que su ámbito de aplicación será para todas las entidades de la Administración Pública; ya que dicha Directiva tiene por finalidad que los planes estratégicos estén articulados al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), mejorar la coordinación interinstitucional en sus procesos de planeamiento y mejorar la capacidad de las entidades de la Administración Pública; Que, el Artículo 8º de la precitada Directiva, prescribe: "La comisión de planeamiento estratégico coordina, guía, acompaña y valida el proceso de planeamiento estratégico con la asesoría técnica del órgano de planeamiento estratégico. La comisión tiene carácter temporal, mientras que dure la elaboración del documento correspondiente; Que, mediante Informe Nº 082-2016-OPP/MDS de fecha 06 de abril de 2016, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, remite el Proyecto de Ordenanza Municipal que da Inicio al Proceso de Planificación Estratégica para la Actualización del Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de Supe; Que, mediante Informe legal Nº 066-2016-OAJ/ RCG-MDS de fecha 12 de abril de 2016, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, considera que el Proyecto de Ordenanza que da Inicio al Proceso de Planeamiento Estratégico para la Actualización y Aprobación del Plan de Desarrollo Concertado Local del Distrito de Supe se encuentra dentro del marco normativo vigente; Que, el Informe Nº 062-2016-GM/MDS de fecha 12 de abril de 2016 emitido por Gerencia Municipal, eleva al Pleno del Concejo Municipal Proyecto de Ordenanza que da Inicio al Proceso de Planeamiento Estratégico para la Actualización y Aprobación del Plan de Desarrollo Concertado Local del Distrito de Supe; Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas en el Artículo 40º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal en forma UNÁNIME y con dispensa de lectura y aprobación del Acta; aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL INICIO DEL PROCESO DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO PARA LA ACTUALIZACIÓN Y APROBACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO LOCAL DEL DISTRITO DE SUPE Artículo Primero.- CONFORMAR la Comisión de Planeamiento Estratégico, de acuerdo a lo estipulado

en la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, la cual estará integrada de la siguiente manera: · Alcalde Distrital, quien la preside · Gerente Municipal · Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto · Jefe de la Dirección de Desarrollo Económico y social · Jefe de la Dirección de Desarrollo Urbano y Rural · Jefe de la Dirección de Gestión Ambiental y Servicios Públicos · Jefe de la División de Participación Vecinal y Asistencia Social Artículo Segundo.- APROBAR el inicio del Proceso de Planeamiento Estratégico de la Municipalidad Distrital de Supe, para la Actualización y Aprobación del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Supe. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Administración, se proceda con la asignación de recursos presupuestales necesarios para el Proceso de la formulación y actualización del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Supe. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto conformar y presidir el Equipo Técnico de Planeamiento (ETP), incorporando representantes técnicos de las Instituciones Públicas y Privadas, para la elaboración del Plan de Trabajo y su ejecución; que será reconocido mediante Decreto de Alcaldía. Artículo Quinto.- DISPONER que una vez formulado el Plan de Trabajo por el Equipo Técnico de Planeamiento, deberá ser aprobado por la Comisión de Planeamiento Estratégico y ratificado por Decreto de Alcaldía. Artículo Sexto.- FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Supe, a efecto que mediante Decreto de Alcaldía dicte disposiciones complementarias necesarias, para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano, así como su debida difusión y publicación en el portal de la entidad www.munisupe.gob. pe y en el portal web del Estado www.peru.gob.pe Regístrese, comuníquese y cúmplase. JULIÁN DAVID NISHIJIMA VILLAVICENCIO Alcalde 1377449-1

FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN

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