Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2016 (29/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Domingo 29 de mayo de 2016 /

El Peruano

ORDENANZA QUE DEROGA PARCIALMENTE LA ORDENANZA Nº 019-2015-CDB Artículo Único.- DEROGASE el inciso b. del Artículo 4 de la Ordenanza Nº 019-2015-CDB y el Item Nº A025 del Cuadro de Infracciones contenido en el Artículo 13 de la Ordenanza Nº 019-2015-CDB. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 1385630-2

Artículo Tercero.- ENCÁRGASE a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la generación de los clasificadores de ingreso correspondientes y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Protocolo su difusión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 1385630-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACAIPAMPA
Encargan el Despacho de Alcaldía a Regidor
ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2016- CDP ­ EXTRAORDINARIA Pacaipampa, 18 de febrero del 2016. POR CUANTO: El Informe Nº 055-2016-UAJ, del Jefe de Asesoría Legal y la Sesión de Concejo Extraordinaria de fecha 18 de febrero de 2016, y; CONSIDERANDO: Que la municipalidad Distrital de Pacaipampa, tiene autonomía en sus decisiones, en lo político, económico y administrativo, de conformidad con el artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, con sujeción al Ordenamiento Jurídico; Que, mediante documento de Registro Nº 354-2016, de la Oficina de Alcaldía, el señor alcalde Juan Manuel García Carhuapoma, solicita licencia sin goce de haberes por motivos particulares, por un periodo de cuarenta y cinco (45) días, los cuales comenzarían a partir del 26 de febrero al 11 de abril del 2016; Que, Informe Nº 055-2016-UAJ, del 18 de febrero de 2016, del Jefe de Asesoría Legal, es de la opinión legal que se debe declarar improcedente lo solicitado por el señor alcalde Juan Manuel García Carhuapoma, solicita licencia sin goce de haberes por motivos particulares; señalando que existe una sentencia emitida por el Juzgado Penal Unipersonal de Chulucanas en el cual se ordena mandato de detención por un año seis meses entre otras medidas coercitivas, asimismo se señala en la sentencia la inhabilitación y el pago de reparación civil a favor del estado; por lo que recomienda la suspensión del Cargo del Alcalde al Sr. Juan Manuel García Carhuapoma, conforme se establece el numeral 3) del Artículo 25 de la Ley Orgánica de Municipalidades; en la cual establece suspensión del cargo hasta que dure el mandato de detención; correspondiéndole al Pleno del Concejo autorizar la suspensión de acuerdo a lo señalado en la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Sesión de Concejo Extraordinaria de fecha 18 de febrero del 2016, el Pleno del Concejo Acordó por Unanimidad suspender de sus funciones como Alcalde al señor Profesor Juan Manuel García Carhuapoma, hasta que dure el mandato de detención, en aplicación del Numeral 3 del Artículo 25 la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Numeral 3 del Artículo 25, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la suspensión del cargo de alcalde se suspende: "Por el tiempo que dure el mandado de detención"; Que, asimismo el Artículo 24 de la norma antes citada, señala que: "En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral"; Con las visas de la Gerencia Municipal y de la Unidad de Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones conferidas en la Resolución de Alcaldía Nº 038-2016-MDP-A, de fecha 25 de enero de 2016;

Modifican el Item N° 22 del Tarifario de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad - TUSNE
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 217-2016-MDB Bellavista, 18 de abril del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO; el Informe Nº 047-2016-MDB/GSS/SGS de la Gerencia de Servicios Sociales de fecha 31 de marzo del 2016; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 194 que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía administrativa que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, conforme lo desarrolla el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 294-2015MDB del 19 de junio del 2015, se aprobó el Tarifario de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de Bellavista, en el cual se compila las tarifas y los requisitos de los servicios brindados por la corporación edil; Que, con Informe de Vistos la Sub Gerencia de Sanidad recomienda incrementar el precio del carnet de sanidad a fin de mejorar el servicio que se presta; Que, con Memorándum Nº 080-2016-MDB-GSS del 06 de abril del 2016, la Gerencia de Servicios Sociales hace suyo el Informe anterior elevándolos y recomendando incrementar el precio del carnet sanitario; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, con Memorándum Nº 150-2016-MDB-GPP recomienda incrementar el monto del carnet de sanidad a S/. 20.00, en razón del incremento de los costos que su expedición exige; Estando a las atribuciones conferidas por el inciso 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICASE el Item Nº 22 del Tarifario de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de Bellavista ­ TUSNE, aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 294-2015-MDB, que obra en Anexo I en la parte correspondiente a la Gerencia de Servicios Sociales ­ Sub Gerencia de Sanidad, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- PUBLÍCASE la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista: www.munibellavista. gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe.

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