Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2016 (29/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

588250 ORGANOS AUTONOMOS

NORMAS LEGALES

Domingo 29 de mayo de 2016 /

El Peruano

MINISTERIO PUBLICO
Aprueban la Directiva N° 003-2016-MPFN, aplicable al proceso de Elecciones Generales 2016 - Segunda Vuelta, para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2565 -2016-MP-FN Lima, 26 de mayo de 2016 VISTOS Y CONSIDERANDO: Mediante Decreto Supremo N° 080-2015-PCM, del 13 de noviembre de 2015, se convoca a Elecciones Generales, el domingo 10 de abril de 2016, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, Congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino, en todo el territorio nacional. Asimismo, a través del Artículo Segundo de la referida norma, se estableció que en caso de que ninguno de los candidatos a Presidente de la República y Vicepresidentes obtuviese más de la mitad de los votos válidos se procederá a una segunda elección entre los dos candidatos que hubiesen obtenido la votación más alta, la cual se realizará el día domingo 5 de junio de 2016. Cabe señalar que el Ministerio Público, en el marco de las Elecciones Generales 2016, ha asumido el compromiso de participar de manera activa en todo el proceso electoral, así como brindar el apoyo necesario durante la instalación de las mesas de sufragio críticas, a fin de prever la comisión de cualquier delito que pueda alterar el normal desarrollo de la jornada electoral. En virtud a dichos compromisos, el Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público realizará las acciones de coordinación con las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, para efectuar las acciones de monitoreo de las principales incidencias que se produzcan en sus respectivos distritos fiscales, antes, durante y después de la Segunda Vuelta electoral. En tal sentido, en el marco de las Elecciones Generales 2016 ­ Segunda Vuelta, resulta necesario precisar los lineamientos que deben seguir los señores fiscales ante la ocurrencia de hechos contrarios al ordenamiento legal que obstruyan o perturben el normal desarrollo de estos comicios electorales. De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.Aprobar la Directiva N° 003-2016-MP-FN, aplicable al proceso de Elecciones Generales 2016 ­ Segunda Vuelta, para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes. Artículo Segundo.- Los señores fiscales deberán mantenerse en alerta permanente e inamovilidad absoluta, antes, durante y después de realizados los comicios electorales del domingo 5 de junio de 2016, con la finalidad de lograr una oportuna intervención en el ejercicio de sus funciones, previniendo, investigando y/o denunciando la comisión de ilícitos penales contemplados en el Código Penal y en la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones y sus modificatorias. Asimismo, deberán tener en cuenta, el Decreto Legislativo N° 1194, proceso inmediato en caso de flagrancia; la Directiva N° 005-2015-MP-FN, sobre la actuación fiscal en casos de detención en flagrancia delictiva, proceso inmediato y requerimientos de prisión preventiva; y el "Protocolo de actuación interinstitucional para el proceso inmediato en casos de flagrancia y otros supuestos bajo el Decreto Legislativo N° 1194". Artículo Tercero.- Disponer que las situaciones no previstas en la directiva antes señalada, sean resueltas por los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Otorgan duplicado de diploma de título profesional de arquitecto de la Universidad Nacional del Centro del Perú
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU RESOLUCIÓN Nº 0313-CU-2016 Huancayo, 11 de marzo de 2016. EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 04164 de fecha 21 de Enero del 2016, por medio del cual don HUGO JESUS SEGOVIA LEON, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Arquitecto, por deterioro. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso; asimismo promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 12562013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la "Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad"; Que, don Hugo Jesus Segovia Leon, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional, por deterioro; el Diploma de Título Profesional de Arquitecto, fue expedido el 28.01.2004, Diploma registrado con el Nº 482, registrado a Fojas 248 del Tomo 026-T, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el item VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y, De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 26 de Enero del 2016. RESUELVE: 1º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE ARQUITECTO, a don HUGO JESUS SEGOVIA LEON, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº 482, registrado a Fojas 248 del Tomo 026-T. 2º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 3º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Arquitectura. Regístrese y comuníquese. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO RÓSULO LOZANO NUÑEZ Secretario General 1385619-1

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