Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2016 (01/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Martes 1 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan Director Ejecutivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 265-2016-TR Lima, 31 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, por convenir al servicio, resulta necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designe al funcionario que desempeñará dicho cargo; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor CÉSAR EDMUNDO GÁLVEZ PARDAVÉ en el cargo de Director Ejecutivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 247-2016-TR. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1448554-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban régimen especial de sustitución de vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas en la modalidad de taxi, en la provincia de Arequipa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 888-2016 MTC/01.02 Lima, 31 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, con facultad para dictar los Reglamentos Nacionales establecidos en la citada Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito; Que, en ese contexto, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que tiene por objeto establecer los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten,

operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre, estableciendo en su artículo 25, los requisitos técnicos, las características y/o los dispositivos que deben contar los vehículos destinados al servicio de taxi que se presta a nivel provincial; Que, en el marco de las competencias de la Dirección General de Transporte Terrestre, de normar el transporte y tránsito terrestre; regular, autorizar, supervisar y fiscalizar la prestación de servicios de transporte terrestre por carretera y servicios complementarios, mediante Oficio Nº 2365-2016-MTC/15 del 24 de agosto del 2016, se propuso la conformación de una comisión que analice, evalúe y resuelva la problemática generada en la provincia de Arequipa, referida al servicio de transporte especial de personas de ámbito provincial a nivel nacional (modalidad de taxis); Que, mediante Resolución Directoral Nº 4561-2016MTC/15 del 27 de setiembre de 2016, se implementó la Mesa Técnica de Trabajo, con la función, entre otras, de proponer soluciones a la problemática del servicio de transporte especial (modalidad de taxis) de personas de ámbito provincial a nivel de la Municipalidad Provincial de Arequipa; Que, en el marco de las acciones tomadas en la Mesa de Técnica de Trabajo, se establecieron, entre otros aspectos, la metodología de trabajo, la evaluación de la data remitida por parte de la Municipalidad Provincial de Arequipa, los posibles escenarios de solución a la problemática descrita, así como los criterios a tomarse en cuenta; Que, la Municipalidad Provincial de Arequipa, en el marco de la Mesa Técnica de Trabajo, sinceró la información relacionada a las empresas autorizadas y vehículos habilitados para el servicio de transporte de taxis urbano según sus propios registros administrativos; y de acuerdo a ello, formuló una propuesta de sustitución de dichos vehículos del servicio público; Que, la fórmula propuesta por la Municipalidad Provincial de Arequipa ha sido evaluada por la Dirección General de Transporte Terrestre, determinándose el universo de vehículos (taxis) que no cumplen con el Reglamento Nacional de Vehículos y que no obstante ello, cuentan con autorizaciones transitorias; Que, en ese sentido, se ha establecido que los vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas en la modalidad de taxi que se encuentren registrados en el padrón vehicular bajo autorización transitoria, sean sustituidos con vehículos que cumplan con las exigencias establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos; De conformidad con lo opinado por la Dirección de Regulación y Normatividad de la Dirección General de Transporte Terrestre, en el Informe Nº 875-2016MTC/15.01, Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (LOPE), Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo N° 058-2003-MTC, y el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del régimen especial de sustitución de vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas en la modalidad de taxi, en la provincia de Arequipa. Apruébese el cronograma correspondiente al régimen especial de sustitución de los vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas en la modalidad de taxi en la provincia de Arequipa, el cual obra como anexo de la presente resolución. Artículo 2.- Condiciones para la aplicación del régimen especial de sustitución de vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas en la modalidad de taxi en la provincia de Arequipa. El régimen especial de sustitución solo será aplicable a aquellos vehículos que forman parte del padrón cerrado al

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