Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2016 (04/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Viernes 4 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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y cargos a desempeñar por el Personal Militar en Misión Diplomática para el periodo 2017-2018; Que, el artículo 9 del mismo Reglamento, dispone que el nombramiento del Personal Militar es por un periodo máximo de dos años; Que, es necesario dotar a las Agregadurías de Personal Técnico para que cumpla funciones administrativas, permitiendo su funcionamiento dentro de los niveles de seguridad correspondientes; Que, en atención a lo antes expuesto, es necesario aprobar los cargos de Auxiliar de las Agregadurías a desempeñar por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, a partir del 01 de febrero, 01 de julio y 01 de agosto de 2017, respectivamente, por un periodo máximo de dos (2) años; Que, el tercer párrafo del artículo 14 del Decreto Legislativo N° 1144, Decreto Legislativo que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, establece que sólo el personal en situación de actividad podrá postular y ser seleccionado para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su Institución, hasta un (01) año antes de estar incurso en las causales para el pase al retiro previstas en los artículos 42 y 43 del presente Decreto Legislativo; De conformidad con lo dispuesto por el inciso (8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en concordancia con la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; el Decreto Legislativo Nº 1144, Decreto Legislativo que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas; y el Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG, que aprueba el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los cargos vacantes de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas, a partir del 01 de marzo de 2017, y por un periodo máximo de dos (02) años, en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, de acuerdo al siguiente detalle: 1. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada del Perú en la República Federal de Alemania y concurrente en la República de Polonia 2. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República de Chile. 3. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Chile. 4. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en la República del Ecuador. 5. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República del Ecuador. 6. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República Italiana. Artículo 2.- Aprobar los cargos vacantes de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas, a partir del 01 de julio de 2017 y por un periodo máximo de dos (02) años en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, de acuerdo al siguiente detalle: 1. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Federal de Alemania. 2. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República de Chile. 3. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República del Ecuador. 4. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en el Reino de España. 5. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América. 6. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

7. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en la República de Turquía. 8. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 3.- Aprobar los cargos vacantes de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por Personal Técnico de la Marina de Guerra del Perú, a partir del 01 de agosto de 2017 y por un periodo máximo de dos (02) años en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior, de acuerdo al siguiente detalle: 1. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en la Mancomunidad de Australia y concurrente en Nueva Zelanda 2. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República de Corea. 3. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en el Reino de España. 4. Auxiliar a la Agregaduría de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, se efectuará con cargo a las partidas presupuestarias de la Institución respectiva, en los ejercicios fiscales correspondientes, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1449639-2

Rectifican error material incurrido en la R.S. N° 155-2016-DE, precisando el nombre correcto de Comandante FAP
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 441-2016-DE/ Lima, 3 de noviembre de 2016 VISTOS: El Oficio CONIDA/JEINS/SEGEN N° 358-2016 del 07 de junio de 2016; y, el Informe Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 155-2016-DE del 24 de mayo de 2016, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio de seis especialistas de CÓNIDA, para que participen en el programa de transferencia de tecnología asociado a la adquisición de un Sistema Satelital Óptico de Observación de la Tierra de resolución submétrica, a desarrollarse en la ciudad de Toulouse, República Francesa, del 30 de mayo al 20 de junio de 2016; Que, con el Oficio del visto, se comunica que por error material se consignó el nombre del Comandante FAP JOE STEVE VALDIVIA LIRA como JOSÉ STEVE VALDIVIA LIRA; por lo que solicita la rectificación del referido prenombre; Que, el numeral 201.1 del artículo 201 de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que: "Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de su decisión; Que, de acuerdo con la búsqueda realizada en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil -

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