Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2016 (30/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

605390
MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES

NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de noviembre de 2016 /

El Peruano

PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Ordenanza Nº 040-2016-MPC.- Aprueban modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima 605457 Ordenanza Nº 041-2016-MPC.- Aprueban modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de San Vicente, a través del procedimiento de anexión de predio solicitado por la empresa CAMPAVAN S.A.C. 605459 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARAVELI Acuerdo Nº 087-2016-MPC.- Autorizan viaje de regidor a Argentina, en comisión de servicios 605460 MUNICIPALIDAD DISTRITAL MI PERU Ordenanza Nº 035-MDMP.- Aprueban la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad 605461 Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los siete días del mes de noviembre de dos mil dieciséis. LUZ SALGADO RUBIANES Presidenta del Congreso de la República ROSA BARTRA BARRIGA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Ordenanza Nº 423-MDSMP.Aprueban Beneficio Tributario Extraordinario 2016 en la Jurisdicción del Distrito 605453 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO D.A. Nº 22-2016-MSS.Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 548-MSS, que aprueba el régimen extraordinario de regularización de deudas tributarias "Campaña de Desagio Tributario" 605454 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Ordenanza Nº 226-2016-MVMT.- Establecen Beneficio de Regularización Tributaria y No Tributaria en el distrito de Villa María del Triunfo 605455

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30517
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

POR TANTO: Ha dado la Ley siguiente: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1458989-1

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO ESPECIAL BINACIONAL PUYANGO TUMBES
Artículo 1. Declaración de necesidad pública e interés nacional de la ejecución del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes Declárase de necesidad pública e interés nacional la ejecución del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes con el objeto de implementar los acuerdos binacionales entre Perú y Ecuador y aprovechar eficientemente el recurso hídrico con fines agropecuarios priorizando a los pequeños y medianos agricultores, así como garantizar la calidad y salubridad del agua en beneficio de los tumbesinos. Artículo 2. Responsables El Poder Ejecutivo viabiliza la ejecución del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes a través de los ministerios de Economía y Finanzas, de Agricultura y Riego, del Ambiente y de Relaciones Exteriores, los que realizan las acciones pertinentes para no incurrir en el plazo de caducidad establecido en la Ley 30359, Ley para la implementación de Acuerdos Binacionales entre Perú y Ecuador y ejecución del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes. Artículo 3. Informe de avance del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes El Ministerio de Agricultura y Riego, a través de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, informa por escrito dos veces al año en los meses de enero y julio, a la Comisión Agraria del Congreso de la República, el avance de la ejecución del referido proyecto, señalando las dificultades y alternativas para lograr sus objetivos.

PODER EJECUTIVO

DECRETOS LEGISLATIVOS
DECRETO LEGISLATIVO Nº 1250
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: Que, mediante Ley N° 30506, el Congreso de la República ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de reactivación económica y formalización, seguridad ciudadana, lucha contra la corrupción, agua y saneamiento y reorganización de Petroperú S.A por el plazo de noventa (90) días calendario; Que, el literal f) del numeral 1 del artículo 2 del citado dispositivo legal establece la facultad de legislar para, entre otros, establecer medidas para mejorar la calidad y agilidad de los proyectos ejecutados bajo la modalidad

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