Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2016 (30/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Miércoles 30 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1458989-7

Autorizan viaje de Oficial de la Fuerza Aérea del Perú a EE.UU., por tratamiento médico altamente especializado
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 498-2016-DE/FAP Lima, 29 de noviembre de 2016 Visto, el Acta de Junta Médica de Especialistas N° 0102-15 de fecha 16 de diciembre de 2015 de la Junta Médica de Especialistas del Hospital Central de la Fuerza Aérea del Perú, el Acta Junta de Sanidad Nº 0601 de fecha 30 de diciembre de 2015 de la Junta de Sanidad de la Fuerza Aérea del Perú, la Solicitud de fecha 20 de setiembre de 2016 del Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER, la Carta de fecha 29 de setiembre de 2016 del Representante de UHealth International, la Carta de fecha 29 de setiembre de 2016 del Representante de International Ocular Center, Inc. y el Oficio NC-160-DSAL-N° 2137 de fecha 03 de octubre de 2016 del Director de Sanidad de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 718-2014DE/FAP de fecha 03 de diciembre de 2014, se autorizó el viaje al exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado, del Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER, en compañía de su señora esposa ADRIANA MARTIN ERVIN CANCINO, para que se le realice la evaluación y tratamiento médico de la prótesis ocular del ojo derecho en el Bascom Palmer Eye Institute, en la ciudad de Miami, Estado de Florida ­ Estados Unidos de América, del 09 al 19 de diciembre de 2014; Que, mediante la Resolución Suprema N° 2902015-DE/FAP de fecha 16 de julio de 2015, se autorizó el viaje al exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado, del Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER, en compañía de su señora esposa ADRIANA MARTIN ERVIN CANCINO, para que se le realice un control del implante de la prótesis ocular del ojo derecho, en el Bascom Palmer Eye Institute, así como, el cambio de prótesis ocular derecho en el International Ocular Center, Inc., en la ciudad de Miami, Estado de Florida ­ Estados Unidos de América, del 21 de julio al 15 de agosto de 2015; Que, con el Acta de Junta Médica de Especialistas N° 0102-15 de fecha 16 de diciembre de 2015, la Junta Médica de Especialistas del Hospital Central de la Fuerza Aérea del Perú determina que el Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER, presenta el diagnóstico de enucleación del ojo derecho con prótesis ocular (CIE 10: H44.8), glaucoma moderado del ojo izquierdo (CIE 10: H40.1), trastorno de la visión ocular (falta de estereopsis CIE 10: H53.3) y ceguera del ojo derecho (CIE 10: H54.4), recomendando, la evaluación del implante ocular en el ojo derecho en el Hospital Bascom Palmer Eye Institute y control de prótesis ocular derecho en el International Ocular Central en la ciudad de Miami ­ Estados Unidos de América, por un periodo de quince (15) días;

Que, mediante el Acta Junta de Sanidad Nº 0601 de fecha 30 de diciembre de 2015, la Junta de Sanidad de la Fuerza Aérea del Perú, recomienda que el Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER, viaje a la ciudad de Miami ­ Estados Unidos de América, con un acompañante para su cuidado y atención, a fin de que se le realice una evaluación del implante ocular en el Hospital Bascom Palmer y el control de prótesis ocular derecho en el International Ocular Center, Inc., por un periodo de quince (15) días; Que, con la Carta de fecha 29 de setiembre de 2016, el Representante de UHealth International, comunica que, el Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER, iniciará sus citas médicas de control y mantenimiento de su prótesis ocular del ojo derecho, en el Bascom Palmer Eye Institute, a partir del día 09 de diciembre de 2016 por un periodo de doce (12) días; asimismo, con la Carta de fecha 29 de setiembre de 2016, el Representante de International Ocular Center, Inc. comunica que el citado Oficial Superior, se encuentra citado el día 16 de diciembre para el mantenimiento de su prótesis ocular; motivo por el cual, el viaje al exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado, a la ciudad de Miami, Estado de Florida ­ Estados Unidos de América, del Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER, deberá realizarse del 09 al 20 de diciembre de 2016; Que, de acuerdo a lo solicitado por el Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER, el viaje a la ciudad de Miami, Estado de Florida ­ Estados Unidos de América citado en el considerando precedente, lo realizará en compañía de su señora esposa ADRIANA MARTIN ERVIN CANCINO, para su cuidado y atención; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2016, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y para garantizar la participación oportuna del citado Oficial Superior en las citas programadas, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG del 26 de enero de 2004 "Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa", establece que el Personal Militar en Situación de Actividad que contraiga una enfermedad o lesión y no logre su total recuperación por falta de tratamiento especializado en el país, podrá ser evacuado al extranjero para ser tratado en un centro de salud altamente especializado, sujeto a disponibilidad presupuestal. Se requerirá previamente un peritaje médico así como el informe de la Junta de Sanidad de la Institución Armada respectiva; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE del 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado del Coronel FAP JOSE MANUEL IBARRA SCHAMBAHER, identificado con NSA:

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