Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2016 (30/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Miércoles 30 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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problemas encontrados y riesgos que pudieran afectar el desarrollo de las Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos. 37.7 La gestión de Proinversión está orientada a resultados, con eficiencia, eficacia, transparencia y calidad. El Consejo Directivo de Proinversión, previa coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, establece los objetivos estratégicos institucionales que prioriza y las metas que se planteen para tal efecto. Los objetivos estratégicos institucionales, las metas y los indicadores que se establezcan deben vincularse necesariamente a la promoción y desarrollo de las Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, la transparencia en la gestión y la rendición de cuentas. Asimismo, el Consejo Directivo de Proinversión publica en su portal institucional un informe trimestral de avance en función a las metas establecidas en el párrafo anterior. 37.8 Al momento de su designación, los miembros del Consejo Directivo y miembros de los Comités Especiales de Inversiones no deben tener conflictos de interés que, por su frecuencia o magnitud, los inhabiliten para el pleno ejercicio de sus funciones. En los casos en los que un conflicto de interés de tal naturaleza se presente de manera sobreviniente, el miembro del Consejo Directivo o miembro de los Comités Especiales de Inversiones debe ser cesado y se designa a otro en su reemplazo. En los casos en los que se presenta un conflicto de interés en un determinado proceso, el miembro del Consejo Directivo o miembro de los Comités Especiales de Inversiones debe declararlo y abstenerse de participar y votar en dichas cuestiones. El Consejo Directivo establece los lineamientos para la gestión de conflictos de interés y ética conforme el marco normativo vigente y buenas prácticas internacionales. En caso de falta de quórum debido a abstenciones, el Consejo Directivo puede integrar a uno o más presidentes de Comité Especial de Inversiones 37.9 Los acuerdos del Consejo Directivo son adoptados por mayoría simple. Solo en caso de empate, el Presidente del Consejo Directivo tiene voto dirimente. 37.10 El Reglamento establece las condiciones bajo las cuales Proinversión evalúa los encargos de procesos de promoción de la inversión privada por parte de los titulares del proyecto. Artículo 38.- Del Director Ejecutivo, los Comités Especiales de Inversiones y los Directores de Proyecto 38.1 El Director Ejecutivo es la máxima autoridad ejecutiva y representante legal de Proinversión. Es responsable de ejecutar los acuerdos del Consejo Directivo, así como presentarle y sustentar las propuestas de acuerdos y decisiones que se requieran para desarrollar y ejecutar los proyectos de inversión; y de dirigir y supervisar la marcha institucional de Proinversión. El Director Ejecutivo supervisa y decide sobre los procesos de promoción de la inversión privada en Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos. Ejerce las funciones y poderes que se precisen en el Reglamento de Organización y Funciones y todas aquellas que le atribuya el Consejo Directivo. 38.2 Los Directores de Proyecto son designados por el Director Ejecutivo. Son los encargados de conducir el proceso de evaluación dentro de la fase de formulación y el proceso de promoción de la inversión privada, bajo la supervisión del Director Ejecutivo. Las Direcciones de Proyecto pueden agruparse en Direcciones Especiales con la finalidad de conglomerar determinados tipos de proyectos o activos, o según otros criterios que determine la Dirección Ejecutiva. 38.3 El Consejo Directivo nombra Comités Especiales de Inversiones con la finalidad de realizar una revisión independiente de los proyectos de Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos. Los Comités Especiales de Inversiones revisan y dan conformidad sobre el Informe de Evaluación, Plan de Promoción, Bases, Versión del Contrato al inicio de la transacción, Versión Final del Contrato y sus respectivas modificaciones

sustanciales, así como aquellos actos dispuestos por el Consejo Directivo; elevándolos al Director Ejecutivo para su aprobación. 38.4 En caso de discrepancia entre los Comités Especiales de Inversiones y el Director Ejecutivo respecto de los actos a los que se refiere el numeral 38.3, este último debe elevarlos al Consejo Directivo para que este dirima. Artículo 39.- Publicidad de acuerdos (...). 39.2 Los actos referidos a la aprobación de la modalidad de promoción de la inversión privada y sus modificatorias, y del Plan de Promoción de la Inversión Privada y sus modificatorias, de los Proyectos en Activos a cargo de Proinversión, requieren únicamente de la aprobación de su Consejo Directivo, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial El Peruano. (...) Artículo 2. Incorporación del numeral 14.3 del artículo 14, el artículo 14-A, el numeral 25.4 del artículo 25, el numeral 34.3 del artículo 34, el artículo 38-A y el artículo 39-A, Décimo Sexta, Décimo Séptima y Décimo Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1224, Ley marco de promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos Incorpórese el numeral 14.3 del artículo 14, el artículo 14-A, el numeral 25.4 del artículo 25, el numeral 34.3 del artículo 34, el artículo 38-A y el artículo 39-A, Décimo Sexta, Décimo Séptima y Décimo Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1224, Ley marco de promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, en los siguientes términos: Artículo 14.- Fases (...) 14.3 Es responsabilidad del Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local iniciar de manera temprana el proceso de adquisición, expropiación y saneamiento de los predios y áreas necesarias y de respaldo para la ejecución de los proyectos. El Organismo Promotor de la Inversión Privada establecerá en el Informe de Evaluación la meta respecto a la liberación de predios y áreas que requiere el proyecto para ser adjudicado. El Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local puede destinar una partida presupuestal específica para estos fines, incluso antes que se declare la viabilidad de los proyectos. Artículo 14-A: Fase de Planeamiento y Programación El Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas incluye los proyectos a ejecutarse mediante la modalidad de Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, que se elabora sobre la base de las normas que regulan el Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. De manera previa a la aprobación del referido Informe, el Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local solicita opinión de Proinversión sobre la modalidad de Asociación Público Privada o Proyecto en Activos propuesta. La opinión de Proinversión se basa en un análisis preliminar de los beneficios de desarrollar el proyecto bajo la modalidad de Asociación Público Privada en comparación con la modalidad de obra pública, en función a los criterios establecidos en el Reglamento. Tratándose del informe a cargo de los Ministerios, la opinión que emita Proinversión es vinculante para la inclusión de proyectos bajo la modalidad de Asociaciones Público Privadas o Proyectos en Activos. Asimismo, Proinversión puede emitir opinión no vinculante sobre los proyectos que el Ministerio no haya considerado para su ejecución mediante la modalidad de Asociaciones Público Privadas o Proyectos en Activos. Tratándose del informe a cargo de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, la opinión que emita Proinversión sobre los proyectos para los que se

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