Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2016 (03/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Lunes 3 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

600649

Reconforman la Comisión de Informática del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 336-2016-VIVIENDA Lima, 30 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que dicho Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; señalando que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo, desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, establece que la Oficina General de Estadística e Informática es el órgano responsable de la gestión de la infraestructura de tecnologías de la información y comunicaciones, así como de planificar, desarrollar, implantar y gestionar los proyectos de desarrollo de soluciones basadas en tecnologías de la información y comunicación para la administración y gestión de la información estadística sectorial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 004-2009-VIVIENDA, se constituyó la Comisión de Informática del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, resultando necesario reconformar dicha Comisión, a fin de implementar un sistema de información que permita la recopilación, consolidación y publicación, de manera permanente y sostenida en el tiempo y en el más breve plazo, de todo el avance físico y financiero de los proyectos, intervenciones y acciones de cada organismo público adscrito,, Programas, Organismos y Empresas del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, para su empleo en la toma de decisiones de la Alta Dirección; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley Nº 29158, Ley orgánica del Poder Ejecutivo, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado con Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reconformar la Comisión de Informática del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la cual queda conformada de la siguiente manera: - El(la) Secretario(a) General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) o su representante, quien la presidirá. - El(la) Director(a) General de la Oficina General de Estadística e Informática (OGEI), quien será el responsable técnico. - El(la) Jefe(a) de la Oficina de Tecnología de la Información del Fondo MIVIVIENDA S.A. (Fondo MIVIVIENDA S.A.) - El(la) Jefe(a) del equipo de Informática de la Empresa Servicio de Agua potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL S.A.) - El(la) Asesor(a) en Sistemas e Informática del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (SENCICO) - El(la) Encargado(a) de las funciones del ámbito de Tecnologías de la Información de la Oficina de Administración y Finanzas de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN)

- El(la) Director(a) de la Oficina de Sistemas del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI) - El(la) Coordinador(a) de Informática del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) Artículo 2.- Precísese que toda mención realizada a los Organismos Públicos Descentralizados en la Resolución Ministerial Nº 004-2009-VIVIENDA, debe entenderse efectuada a los Organismos Públicos adscritos al Ministerio de Vivienda; Construcción y Saneamiento. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial a los miembros que se indican en el artículo 1, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1436101-2

ORGANISMOS EJECUTORES

AGENCIA DE COMPRAS DE LAS FUERZAS ARMADAS
Designan Director de la Dirección de Ejecución de Contratos
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 177-2016-ACFFAA Lima, 30 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 008-2016-ACFFAA, se designó al señor Capitán de Navío Jorge Luis CASTAÑEDA HEREDIA, en el cargo de confianza de Director de la Dirección de Ejecución de Contratos de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, a partir del 18 de enero de 2016; Que, mediante Fax N° 092/S-1.A./7.2, el Ejército del Perú comunica el nombramiento del Coronel EP Moisés CARBAJAL MALCA, para que labore en la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; Que, por razones de rotación del personal, resulta necesario la designación del señor Coronel EP Moisés CARBAJAL MALCA como Director de la Dirección de Ejecución de Contratos de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1128, el Decreto Supremo N° 005-2013-DE, el Decreto Supremo N° 004-2014-DE. SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 008-2016-ACFFAA, mediante la cual se designó al señor Capitán de Navío Jorge Luis CASTAÑEDA HEREDIA, en el cargo de confianza de Director de la Dirección de Ejecución de Contratos de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Coronel EP Moisés CARBAJAL MALCA, en el cargo de confianza de Director de la Dirección de Ejecución de Contratos de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, a partir del 03 de octubre de 2016. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a los interesados y a los órganos pertinentes de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal

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