Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2016 (08/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Sábado 8 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

601117

solicita que el viaje sea considerado desde el 11 de octubre día que saldrá el vuelo de Lima ­ Perú a la ciudad de Italia ­ Roma al 16 de octubre día que retorna y llega a Perú el 17, en el cual se darán reuniones paralelas. Que, mediante Informe Nº 092/2016/SGC/MPCH, emitido por el Sub Gerente de Contabilidad, informa que según directiva Nº 001-2015 "sobre otorgamiento y control de viáticos para funcionarios y servidores de la MPCH" el monto que correspondería otorgar al alcalde a la ciudad de Roma a fin de pueda participar seria el siguiente:
CONCEPTO VIAJES A EUROPA PASAJE AEREO DE CATG. ECONOMICA IDA Y VUELTA PASAJE TERRESTRE DE LA MERCED ­ LIMA Y DE LIMA ­ LA MERCED POR DIA $ 540.00 Nº DE DIAS 4 TOTAL $ 2,160.00 T/C AL 09/09/16 S/ 3.42 TOTAL SOLES S/ 7,387.20

oficinas pertinentes de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUNG WON JUNG Alcalde 1438186-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR
Autorizan viaje de representantes de la Municipalidad a Italia, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 67-2016-CM-MPE-E/C Espinar, 5 de octubre de 2016

$ 1,247.00

S/ 3.42

S/ 4,264.74

S/ 80.00

TOTAL FINAL S/ 11,731.94

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR ­ DEPARTAMENTO CUSCO VISTOS; en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 19 de fecha 05/10/2016, bajo la convocatoria del señor Manuel Salinas Zapata Acalde de la Municipalidad Provincial de Espinar, y la asistencia de los señores regidores: Prof. Wilfredo Aguilar Armendáriz, Lic. María América Lupo Álvarez, CD. Yecenia Yudyth Flórez Mamani, CD. Roxana Yauri Quispe, Abg. Aldo Romeo Nuñonca Puma, Prof. Elison Huaylla Mamani, Ing. José Francisco Choque Álvarez, Prof. Silbestre Huamani Chuctaya, e Ing. Luis Alberto Taipe Huisa; sobre viaje a la ciudad del Vaticano ­ Roma ­ Italia de dos regidoras en comisión de servicios y en representación de la Municipalidad Provincial de Espinar; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 28607, en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo referida a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el inciso 11) del artículo 9º de la precitada norma, dispone; son atribuciones del Concejo Municipal; autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; asi mismo los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos establece, que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad y asimismo deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, y su modificatoria Decreto Supremo Nº 056-2013PCM normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que "...la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto

Que, mediante Informe Nº 0437-2016-GPPPI/MPCH, la Gerencia de Presupuesto, Planeamiento y Programación de Inversiones emite disponibilidad presupuestal por el monto de s/ 11,731.94 que serán afectados de Meta: "Alcaldía" ­ 0016, Rubro de Fin. 09 Recursos Directamente Recaudados 02 Recursos Determinados, especifica de gasto: 2.3.2.1.1.1 ­ 2.3.2.1.1.2. Que, mediante Informe Legal Nº 539-2016-GAJ/ MPCH, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, donde concluye procedente la autorización de viaje al extranjero del Sr. Alcalde Hung Won Jung, en representación de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, para su participación en el evento que se realizará en la ciudad de Roma ­ Italia, a partir del 11 al 17 de octubre del 2016. Que, la participación del alcalde en el precitado evento es con la finalidad de relievar a la seguridad alimentaria como una de las principales cuestiones asociadas al cambio climático y a este último, como un posible obstáculo para cumplir con los nuevos objetivos de desarrollo sostenible, entre ellos, acabar con la pobreza y el hambre en los próximos 15 años. Que, por lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Pleno del Concejo Municipal del Gobierno Local Provincial de Chanchamayo en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 172016-MPCH celebrada el 12 de setiembre del 2016 por MAYORIA: ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje de comisión de servicios del señor alcalde Hung Won Jung a la ciudad de Roma ­ Italia del 11 al 17 de octubre del 2016, para que en representación de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo participe en las actividades oficiales que se desarrollará por la Celebración del 36º Día Mundial de la Alimentación. Artículo Segundo.- ESTABLECER que el monto de viatico asciende a la suma de S/ 11,731.94 soles que serán afectados de Meta: "Alcaldía" ­ 0016, Rubro de Fin. 09 Recursos Directamente Recaudados 02 Recursos Determinados, especifica de gasto: 2.3.2.1.1.1 ­ 2.3.2.1.1.2. Artículo Tercero.- ENCARGAR el despacho de alcaldía al teniente alcalde Reg. Luis Rubén Villa Morel, desde el 11 al 17 de octubre del 2016, conforme a lo señalado por el Art. 24 de la LOM. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Oficina de Secretaría General, y demás

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