Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2016 (08/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Sábado 8 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

601125

"Tabla 6: Parámetros del motor que se han de medir y registrar
Símbolo Ha nd,i nturb,i Pb PC,i Pi qmf,i si Parámetro Humedad absoluta (masa del contenido del agua del aire de admisión del motor en relación con la masa de aire seco) Unidad g/kg

componente que sea necesario para una especificación del fueloil y del combustible gaseoso." 23 En el párrafo 6.4.11.1 se sustituye la tabla 9 por la siguiente: "Tabla 9: Parámetros predeterminados del fueloil
Carbono wBET Fueloil destilado (tipo DM, norma ISO 8217:2005) Fueloil residual (tipo RM, norma ISO 8217:2005) Gas natural 86,2 % 86,1 % 75,0 % Hidrógeno Nitrógeno wALF 13,6 % 10,9 % 25,0 % wDEL 0,0 % 0,4 % 0,0 % Oxígeno wEPS 0,0 % 0,0 % 0,0 %

Régimen del motor (en la i-ésima modalidad durante el min­1 ciclo) Régimen de la turbosoplante (si procede) (en la i-ésima min­1 modalidad durante el ciclo) Presión barométrica total (en ISO 3046-1:1995: px = PX = presión ambiente total en el local) Presión del aire de carga después del enfriador del aire de carga (en la i-ésima modalidad durante el ciclo) Potencia al freno (en la i-ésima modalidad durante el ciclo) Fueloil (en el caso de los motores de combustible mixto, sería fueloil y gas) (en la i-ésima modalidad durante el ciclo) Posición del mando de alimentación de combustible (de cada cilindro, si procede) (en la i-ésima modalidad durante el ciclo) Temperatura del aire de admisión en la entrada de aire (en ISO 3046-1:1995: Tx = TTx = temperatura termodinámica ambiente del aire en el local) Temperatura del aire de carga después del enfriador del aire de carga (si procede) (en la i-ésima modalidad durante el ciclo) Temperatura del enfriador del aire de carga en la admisión del refrigerante Temperatura del enfriador del aire de carga en la salida del refrigerante Temperatura de los gases de escape en el punto de muestreo (en la i-ésima modalidad durante el ciclo) Temperatura del fueloil antes del motor Temperatura del agua de mar Temperatura del combustible gaseoso antes del motor K kPa kPa kW kg/h

Para otros fueloiles, se utilizarán valores predeterminados aprobados por la Administración." Apéndice VI ­ Cálculo del flujo másico de los gases de escape (método equilibrado de carbono) 24 Se añade el siguiente nuevo párrafo 2.5 después del párrafo 2.4 existente: "2.5 Los parámetros qmf, wALF, wBET, wDEL, wEPS y ffd de la fórmula (1), en el caso de motores de combustible mixto que funcionen en la modalidad de gas, se calcularán como sigue:
Factores de la fórmula (1) qmf wALF = = = = = Fórmula para los factores qmf_G + qmf_L

Ta

TSC,i

K

Tcaclin Tcaclout TExh,i TFuel_L TSea TFuel_G*

ºC ºC ºC ºC ºC ºC

wBET wDEL wEPS

1438176-1

*

Solamente para los motores de combustible mixto."

21 Se añade el siguiente nuevo párrafo 6.3.4.3 a continuación del párrafo 6.3.4.2 existente: "6.3.4.3 En el caso de los motores de combustible mixto, el combustible gaseoso que se utilice será el combustible gaseoso disponible a bordo." 22 Se sustituye el párrafo 6.3.11.2 por el texto siguiente: "6.3.11.2 Las emisiones de NOx de un motor pueden variar según las características de encendido del fueloil y su contenido de nitrógeno. Si la información disponible sobre la influencia de las características de encendido en la formación de NOx durante el proceso de combustión es insuficiente y el índice de conversión del nitrógeno del combustible depende también del rendimiento del motor, podrá concederse un margen del 10 % para las pruebas realizadas a bordo con fueloil de tipo RM (norma ISO 8217:2005), pero no se concederá ningún margen para la prueba a bordo previa a la certificación. Se analizarán el fueloil y el combustible gaseoso utilizados a fin de determinar su contenido de carbono, hidrógeno, nitrógeno, azufre y, en la medida estipulada en las normas ISO 8217:2005 e ISO 8178-5:2008, de cualquier otro

Entrada en vigencia de las "Enmiendas al Anexo del Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (Enmiendas a las reglas 2, 13, 19, 20 y 21 y al Suplemento del Certificado IAPP del Anexo VI del Convenio MARPOL y certificación de los motores de combustible mixto en virtud del Código Técnico sobre los NOX 2008)"
Entrada en vigencia de las "Enmiendas al Anexo del Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (Enmiendas a las reglas 2, 13, 19, 20 y 21 y al Suplemento del Certificado IAPP del Anexo VI del Convenio MARPOL y certificación de los motores de combustible mixto en virtud del Código Técnico sobre los NOX 2008)", en adelante la Décima Enmienda, adoptadas por Resolución MEPC.251(66)de la Organización Marítima Internacional (OMI) el 4 de abril de 2014 y ratificadas mediante Decreto Supremo N° 0762016-RE, de fecha 27 de setiembre de 2016. Entró en vigor el 4 de marzo de 2014. 1438174-1

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