Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2016 (12/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Miércoles 12 de octubre de 2016 /

El Peruano

Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, aprobó la Política de Modernización de la Gestión Pública, que es el principal documento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establecerá la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país. Dicha norma, refuerza los objetivos y acciones que deben cumplir las entidades públicas y fortalece las políticas de obligatorio cumplimiento aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 027-2007PCM, que define y establece las Políticas Nacionales, las que se encuentran orientadas a la adopción de un enfoque de gestión basado en procesos; Que, el artículo 9º numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la acotada norma que señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, asimismo, el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades antes mencionada, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuerdos; Que, el Reglamento General de la Ley 30057, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, estableció en la undécima disposición complementaria transitoria que el título correspondiente al régimen disciplinario y procedimiento sancionador entrará en vigencia a los tres meses de su publicación. En consecuencia, las disposiciones sobre el régimen disciplinario y procedimiento sancionador de la ley se encuentran vigentes desde el 14 de setiembre del 2014. Ello con la finalidad que las entidades públicas cuenten con un plazo razonable para adecuarse a las nuevas disposiciones del régimen disciplinario, considerando que la única disposición complementaria derogatoria dejó sin efecto los capítulos XII de las faltas y sanciones y XIII del procedimiento administrativo disciplinario del Reglamento de Decreto Legislativo Nº 276, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Siendo ello así, el artículo 89º y 90º de la Ley 30057, Ley del servicio civil, contempla que la subgerencia de recursos humanos oficializa mediante resolución subgerencial la sanción de suspensión y amonestación.

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 12-2015-A-MPHBCA, de fecha 27 de mayo del 2015 se aprobó el ROF de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc; Que, en los documentos de vistos se aprecia que la modificación al Reglamento de Organización y Funciones está alineada con las normas legales aludidas así como en la necesidad de incorporar las funciones a la Subgerencia de Recursos Humanos al ROF de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc. Con las opiniones favorables de la Gerencia Municipal, de las Comisiones de Presupuesto, Planificación y Modernización y Asuntos Jurídicos, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Legal, de conformidad con el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, aprobó por unanimidad la siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (R.O.F.) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC Artículo Primero.- APROBAR la modificación del artículo 106º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, e incorporar como función de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, la función de: "Emitir resoluciones subgerenciales en la Instauración y desarrollo del Procedimiento Administrativo Administrativo". Artículo Segundo.- PUBLICAR el texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Tecnologías de la Información de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc la publicación del íntegro de este documento de gestión en el Portal del Estado Peruano y en el portal institucional de esta Municipalidad. Artículo Tercero.- PRECISAR que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación de la norma. Artículo Cuarto.- MODIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 12-2015-A-MPH-BCA, de fecha 27 de mayo del 2015, a partir de la vigencia de la presente Ordenanza. Dado en la sede institucional de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, a los veintitrés días del mes de agosto del dos mil dieciséis. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. EDY LEÓN BENAVIDES RUIZ Alcalde Provincial 1439317-1

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