Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2016 (12/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Miércoles 12 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

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POR TANTO: Habiendo sido observada por segunda vez la presente Ordenanza Regional y consecuentemente no habiendo sido promulgada dentro del plazo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias, por el señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna; así como en mérito a lo dispuesto en el artículo 129 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2011-CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 19 de noviembre del 2011, modificada con Ordenanza Regional Nº 020-2014CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el diario Oficial "El Peruano" el 24 de diciembre del 2014, y en cumplimiento a lo establecido en el artículo tercero del Acuerdo de Consejo Regional Nº 060-2015-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 31 de julio del 2015, mando se registre, notifique, difunda y cumpla. En Tacna a los veintitrés días del mes de diciembre del dos mil quince. SANTOS PABLO AGAMA Presidente Consejo Regional De Tacna 1439580-1

un solo uso (bolsas plásticas de polietileno, polipropileno o de otro material no biodegradable, envases descartables, sorbetes o cañitas de polietileno, entre otros) los que son utilizados y entregados en supermercados, autoservicios, almacenes, escuelas, universidades, mercados, tiendas de abarrotes, restaurantes, fast foods, entre otros establecimientos comerciales dentro del distrito de La Molina. 2.2. Incentivar el uso de elementos elaborados en base a materiales biodegradables no contaminantes y de otros materiales que sean reusables en reemplazo de los señalados en el numeral precedente, como son bolsas de tela, de papel, entre otros. Artículo Tercero.- ALCANCE La presente Ordenanza es de aplicación para todos los vecinos y establecimientos comerciales dentro de la jurisdicción del distrito de La Molina. Artículo Cuarto.- IMPLEMENTACIÓN Para la implementación de una cultura ambiental en el Distrito de La Molina se llevarán a cabo las siguientes acciones: 4.1 Declarar los días miércoles de todas las semanas, como el "Día Sin Plástico", con ello se pretende incentivar la participación ciudadana dentro de la estrategia de educación ambiental, establecida en la presente Ordenanza. Racionalizando en las instituciones públicas y privadas, instituciones educativas, hogares, comercios u otros, que se encuentren en la jurisdicción del distrito de La Molina, el uso de productos elaborados a base de plástico convencional no biodegradable y que sean de un solo uso (bolsas plásticas, cañitas o sorbetes plásticos, utensilios descartables, envases de tecno-por, entre otros), debiendo utilizar otras alternativas más sostenibles, como las señaladas en el numeral 2.2 del artículo segundo de la presente Ordenanza. Deberá evaluarse de ser el caso, la necesidad de la utilización de alguno de los elementos antes señalados por la presencia de niños, adultos mayores o personas con alguna discapacidad física. 4.2 Reconocimiento público como un "Establecimiento Amigable con el Ambiente", a aquellos establecimientos que implementen de manera voluntaria las estrategias de reducción del uso de plástico en el distrito de La Molina. Los establecimientos comerciales podrán generar recursos para la difusión de esta buena práctica ambiental para la reducción del uso de plástico entre sus clientes. 4.3 Llevar a cabo campañas de educación ambiental, para la sensibilización en las instituciones públicas y privadas, instituciones educativas, comercios, vecinos y usuarios en general, a fin que se sumen a las buenas practicas ambientales establecidas en la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- DEFINICIONES Para efectos de la presente Ordenanza, se ha considerado las siguientes definiciones: Biodegradable.- Sustancia que puede descomponerse a través de procesos biológicos realizados por acción de la digestión efectuada por microorganismos aerobios y anaerobios. La biodegrabilidad de los materiales depende de su estructura física y química. Así el plástico es menos biodegradable que el papel. Bolsa de plástico.- Es un objeto cotidiano utilizado para transportar pequeñas cantidades de mercancías. Buenas prácticas ambientales.- Se considera Buenas Prácticas Ambientales a quien ejerciendo o habiendo ejercido cualquier actividad económica o de servicio, cumpla con todas las normas ambientales u obligaciones a las que se haya comprometido en sus instrumentos de gestión ambiental. Educación ambiental.- La educación ambiental es un instrumento para lograr la participación ciudadana responsable que es la base fundamental para una adecuada gestión ambiental. La educación ambiental

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Ordenanza que promueve la reducción del uso de elementos elaborados a base de plástico y de un solo uso en el distrito de La Molina
ORDENANZA Nº 324 La Molina, 7 de octubre de 2016 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, con dispensa del trámite de comisiones, el proyecto de "Ordenanza que promueve la reducción del uso de elementos elaborados a base de plástico y de un solo uso en el distrito de La Molina"; y, De conformidad a lo establecido por el numeral 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por mayoría y con dispensa del trámite de comisiones, así como del trámite de su lectura y aprobación del Acta emitió la siguiente: ORDENANZA QUE PROMUEVE LA REDUCCIÓN DEL USO DE ELEMENTOS ELABORADOS A BASE DE PLÁSTICO Y DE UN SOLO USO EN EL DISTRITO DE LA MOLINA Artículo Primero.- OBJETO La presente ordenanza tiene por objeto establecer el marco normativo que promueva la reducción del uso de elementos elaborados a base de material plástico convencional de un solo uso (bolsas plásticas de polietileno, polipropileno o de otro material no biodegradable, sorbetes o cañitas de polietileno), lo que permitiría la reducción de generación de residuos sólidos plásticos contaminantes en el distrito de La Molina. Artículo Segundo.- FINALIDAD La Ordenanza tiene como finalidad promover buenas prácticas ambientales en el distrito de La Molina, a través de diversas acciones conducentes a: 2.1. Utilizar menos cantidades de elementos elaborados a base de material plástico convencional de

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