Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2016 (12/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Miércoles 12 de octubre de 2016 /

El Peruano

Manual de Operaciones que rige su funcionamiento y que es aprobado por el Consejo Regional (...)". Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 035-2015-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 31 de marzo del 2015 se dispuso: "Artículo PRIMERO: EXHORTAR al Órgano Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna para que inicie las acciones de desactivación y liquidación administrativa y financiera del Proyecto Especial "Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna" ­ PET". Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 261-2015-P.R./GOB.REG.TACNA de fecha 01 de abril del 2015 se dispuso: "Artículo PRIMERO: CONFORMAR la Comisión Especial de Desactivación y Liquidación Financiera ­ Administrativa del Proyecto Especial "Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna (...)". Que, con Oficio Nº 002-2015-CEDLFA-PET-GRT de fecha 04 de mayo del 2015, recepcionado el 05 del mismo mes y año, emitido por el Presidente de la Comisión de Desactivación y Liquidación del Proyecto Especial Tacna se remite información sobre el avance de las acciones iniciales al proceso de Desactivación y Liquidación del Proyecto Especial de Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna y solicita la emisión del respectivo ordenamiento normativo legal, ordenanza regional que disponga la desactivación y liquidación del Proyecto Especial Tacna. Que, con el Informe Nº 029-2007-CG/OEA de fecha 23 de febrero del 2007 efectuado por auditores de la Contraloría General de la República; el Informe Nº 1272012 GRPPAT/GOB.REG.TACNA de fecha 05 de Junio 2012 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; la Carta de fecha 29 de mayo del 2012 con número de registro Nº 100291 remitida por el Responsable del Estudio de Reestructuración del Gobierno Regional de Tacna a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el documento de fecha 26 de marzo del 2015 emitido por la Junta de Usuarios de la Región Tacna al Consejo Regional de Tacna; el Oficio Nº 00700-2015-CG/DC de fecha 27 de marzo de 2015 remitido por la Contraloría General de la República al Ministerio de Economía y Finanzas; el Oficio Nº 14672015-EF/52.06 de fecha 30 de marzo del 2015 emitido por el Director General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas; la Propuesta de Plan de Desactivación y Liquidación 2015 del Proyecto Especial de Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna, remitido con el Oficio Nº 002-2015-CEDLFAPET-GRT; el Informe Nº 122-2015-GRT-PET-OPGE de fecha 27 de abril del 2015 emitido por la Oficina de Planeamiento y Gestión Estratégica del Proyecto Especial "Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna"; y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, el Proyecto Especial "Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna" fue creado mediante Decreto Supremo Nº 047-84-PCM y sus modificatorias, así como posteriormente transferido al Gobierno Regional de Tacna mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-PCM, constituyéndose a partir de la expedición de dicha norma en una de sus Unidades Ejecutoras, dependiente funcional y administrativamente del referido gobierno regional, creado con la finalidad de dar solución a la escasez de los recursos hídricos en la Región Tacna, la optimización de dichos recursos y mejorar el manejo del agua en cuenca, gestionando su uso con criterio de eficiencia y racionalidad, mediante la ejecución de proyectos orientados a esa solución, y de los estudios que permitan la identificación y compatibilización de las mejores alternativas de oferta hídrica para uso múltiple; teniendo como función el desarrollo de acciones concretas referidas a la optimización del uso del agua disponible a través de la ejecución de proyectos para la implementación de riego tecnificado. Asimismo, el referido proyecto es responsable del manejo integral de los Proyectos Hidroenergéticos y de formular un plan agresivo de recuperación del recurso hídrico que este orientado fundamentalmente al afianzamiento y ampliación de los recursos hídricos de la región.

Que, el Proyecto de Afianzamiento y Ampliación de los Recurso Hídricos de Tacna ­ PET, como se indicó en el Acuerdo de Consejo Regional Nº 035-2015-CR/GOB. REG.TACNA de fecha 31 de marzo del 2015, no ha venido cumpliendo plenamente con su finalidad, cual es la de dar solución a la escasez de recursos hídricos de la Región Tacna, la optimización de dichos recursos y mejorar el manejo del agua en cuenca, ello a pesar de contar durante su funcionamiento con los recursos suficientes, habiendo inclusive registrado deficiencias en la ejecución del presupuesto asignado; por lo que, se justifica su desactivación y liquidación administrativa y financiera, ello al margen de generar una serie de gastos en perjuicio del Estado al haberse tenido que efectuar millonarios pagos de manera irregular o por concepto de procesos arbitrales perdidos durante toda su existencia (como por ejemplo el caso del Consorcio Sagitario, C & C SAC, etc.), haberse permitido la permanencia de un gran número de trabajadores y el pago de considerables indemnizaciones a estos, entre otras situaciones que sustentan la adopción de las medidas antes referidas. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 010-2015-COPPyAT de fecha 16 de junio del 2015, a través del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: "APROBACION DE LA DESACTIVACION Y LIQUIDACION DEL PROYECTO ESPECIAL AFIANZAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS RECURSOS HIDRICOS DE TACNA ­ PET", dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 17 de junio del 2015, aprobándola con Ordenanza Regional Nº 007-2015-CR/ GOB.REG.TACNA, la misma que fue observada por el Ejecutivo Regional mediante con Oficio Nº 348-2015-ORAJGGR-G.R./GOB.REG.TACNA de fecha 07 de julio del 2015 y cuya observación fue absuelta con Dictamen Nº 013-2015-CR-COPPyAT de fecha 10 de julio del 2015 aprobado por Acuerdo de Consejo Regional Nº 0602015-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 31 de julio del 2015; procediéndose a ratificar su contenido en todos sus extremos. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de fecha 31 de julio del 2015 ha ratificado por mayoría, la presente Ordenanza Regional aprobada con fecha 17 de junio del 2015, con el texto siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DISPONER la desactivación y liquidación administrativa y financiera del Proyecto Especial "Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna" ­ PET. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicación sea efectuada por la Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día diecisiete de junio del año dos mil quince. SANTOS PABLO AGAMA Presidente Consejo Regional de Tacna

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