Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2016 (12/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Miércoles 12 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

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propiciando espacios para su participación a nivel instancias municipales; Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social en su condición de ente rector del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente, aprueba la constitución del Consejo de Niñas, Niños y Adolescentes mediante la Resolución Ministerial Nº 355-2009, modificada por Resolución Ministerial Nº 617-2010-MIMDES; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, ha aprobado la Ordenanza Nº 1499-ML, que crea el Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes de Lima Metropolitana (CCONNA-LM), la cual establece que el mismo se constituirá en un espacio de participación de carácter exclusivamente consultivo, conformado por niñas, niños y adolescentes elegidos democráticamente y que representen a diferentes grupos, espacios y formas de organización; Que, en la Ley Nº 28487, que eleva a rango de Ley al Decreto Supremo Nº 003-2002-PROMUDEH, que aprueba el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2002-2010, es el documento marco de las acciones, programas y estrategias que deberán asumir y ejecutar los diferentes sectores e instituciones del Estado y la Sociedad Civil, para lograr el cumplimiento de los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes peruanos. El Plan tiene como objetivos generales, crear condiciones favorables para el desarrollo humano y sostenible de niños, niñas y adolescentes a lo largo de su ciclo de vida y contribuir a la lucha contra la pobreza y pobreza extrema en nuestro país; Que, en la Ordenanza Municipal Nº 169-MVES, que aprueba el Plan Distrital Concertado de Acción por la Infancia y la Adolescencia de Villa El Salvador del 20072021, la cual es una herramienta de gestión a favor de la población infantil, adolescencia y en especial de la población vulnerable del distrito de Villa El Salvador. Dicho Plan establece una política integral de atención y promoción a fin de mejorar la calidad de vida de las niñas, niños y adolescentes, brindando las directivas y orientaciones a las instituciones públicas y de la sociedad civil para la transformación de la situación de la infancia y adolescencia; incidiendo fundamentalmente en la responsabilidad de la toma de decisiones; Que, en este contexto, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en su condición de ente rector del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño, Niña y Adolescentes, aprobó la constitución del Consejo Consultivo de Niños, Niñas y Adolescentes a través de la Resolución Ministerial Nº 355-2009-MIMDES, para el ámbito nacional; asimismo, la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Ordenanza Nº 1499, creó el Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes (CCONNALM) que constituye un espacio de participación de carácter exclusivamente consultivo, conformado por niñas, niños y adolescentes, elegidos democráticamente y que representen a diferentes grupos, espacios y formas de organización; Que, la participación de niñas, niños y adolescentes en asuntos de su competencia, es principio orientador transversal establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño, al igual que el principio de autonomía progresiva, el de no discriminación y el del interés superior del niño. Pero, a la vez, es un derecho que se hace efectivo básicamente como un proceso comunicativo, organizativo y de aprendizaje. Este es un proceso donde se reconocen los derechos de ellas y ellos a ser informados, emitir opinión, ser escuchados e incidir de forma consultiva y colaborativa en las decisiones que se toman respecto de temas que son de su interés e incumbencia en el ámbito familiar, institucional, comunitario y en las políticas públicas, cuando se tienen presente los mencionados principios. Concebida en general, la participación contribuye al desarrollo psicosocial del ser humano, pero además fortalece y protege a niñas, niños y adolescentes de situaciones de vulneración de sus derechos, de modo que se convierte en componente clave de su educación para la vida democrática y para el ejercicio de su ciudadanía; Estando a lo expuesto y contando con la aprobación por unanimidad del Concejo Municipal en Pleno, en el Cumplimiento de las facultades conferidas por el numeral

8) del Art. 9º y los Artículos 39º, 40º y 44º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; se aprobó la siguiente norma: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES - CCONNA, DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR Artículo Primero.- Aprobar la Creación del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito de Villa El Salvador, el cual en adelante se denominará con las siguientes siglas: CCONNA-VES, el mismo que constituye un espacio de participación de carácter exclusivamente consultivo conformado por niñas, niños y adolescentes elegidos democráticamente y que representen a diversos grupos y espacios y formas de organización. Artículo Segundo.- El CCONNA-VES tiene como finalidad proponer, coordinar, facilitar y desarrollar actividades a la formulación de políticas públicas locales en la materia de niñez y adolescencia. Artículo Tercero.- La constitución del CCONNA-VES, se sustenta en los siguientes principios: · Interés superior del Niño y el Adolescente, entendido como la obligación de todas las personas e instituciones de garantizar la satisfacción integral de todos los derechos que le asisten a las niñas, niños y adolescentes, en la jurisdicción de Villa El Salvador. · Las niñas, niños y adolescentes, son personas con derechos, deberes y gozan de protección especial atendiendo a sus necesidades de acuerdo a su edad. · Las niñas, niños y adolescentes, sin expresión alguna, independientemente de su raza, género, idioma, religión, lugar de nacimiento, etnia, capacidades, habilidades, opinión política o de otra índole, deben gozar de todos los derechos que la ley les otorga y es función del Estado y sus instituciones protegerlos de toda forma de discriminación. · La participación de las niñas, niños y adolescentes en espacios públicos son de especial interés, fortalecen procesos de ejercicios de ciudadanía desde la infancia y la adolescencia que coadyuvan a consolidar la democracia y fortalece el capital social que ellos constituyen. Artículo Cuarto.- Funciones del CCONNA-VES · Son funciones del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes - CCONNA de Villa El Salvador: a) Difundir y promover los derechos y deberes de las niñas, niños y adolescentes en coordinación con la Subgerencia de Salud, Sanidad y Bienestar Social (DEMUNA, OMAPED y ADULTO MAYOR), Oficina de Participación Ciudadana ­ Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social. b) Elaborar y presentar propuestas de políticas públicas locales en materia de infancia y adolescencia ante la Administración Municipal. c) Emitir opinión sobre todas las consultas que le realicen en materia de políticas sobre infancia y adolescencia. d) Vigilar y exigir el cumplimiento de derechos de las niñas, niños y adolescentes de su jurisdicción y en su caso expresar opinión ante la Administración Municipal. e) Representar a las niñas, niños y adolescentes del distrito de Villa El Salvador ante las autoridades e instituciones locales, regionales y nacionales cuando sean requeridos, para abordar temas sobre infancia y adolescencia, en coordinación con la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo Quinto.- Conformar la Comisión organizadora del CCONNA-VES, la cual estará integrada por: · Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, quien la presidirá. · Subgerencia de Salud, Sanidad y Bienestar Social (DEMUNA, OMAPED y ADULTO MAYOR). · Subgerencia de Participación Ciudadana.

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