Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2016 (12/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Miércoles 12 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

601421

Reglamento para el Registro Único de Organizaciones Sociales ­ RUOS de la Municipalidad Provincial de Huaura; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto de nuestra Carta Magna, que guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, el artículo 111º de la Ley Nº 27972, prescribe que los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, asimismo, en su artículo 112º preceptúa que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión, concordante con el inciso 5) del artículo 73º de la norma en mención. De otro lado, el inciso 6) del artículo 113º de la norma en comento, establece que el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito y su provincia, a través de Juntas Vecinales, comités de vecinos, asociaciones vecinales, organizaciones comunales, sociales u otras similares de naturaleza vecinal. Bajo este contexto, mediante Informe Nº 15-2016-SGJYPV/MPH-H de fecha 18.01.2016, la Sub Gerencia de la Juventud y Participación Vecinal, manifiesta que una de las políticas de esta institución es promover la participación ciudadana y la consolidación de las Organizaciones Sociales, para lo cual es fundamental actualizar y modernizar la norma que regula el Registro de Reconocimiento de las diversas Organizaciones Sociales, aprobada mediante Ordenanza Provincial Nº 0028-97, por lo que, emite el proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento para el Registro Único de Organizaciones Sociales ­ RUOS en la Municipalidad Provincial de Huaura, con el objeto de establecer procedimientos y requisitos para el reconocimiento municipal de organizaciones sociales y su inscripción, contando con el VºBº de la Gerencia de Desarrollo Humano, a través del Informe Nº 200-2016-G.D.H.MPH-H de fecha 08.02.2016. Al respecto, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, mediante Informe Nº 28-2016-SGDI/MPH de fecha 16.03.2016, señala que el proyecto en referencia se encuentra dentro del marco legal vigente, considerando viable su aprobación, opinión compartida por la Gerencia de Asesoría Jurídica, a través del Informe Legal Nº 5872016-GAJ/MPH de fecha 27.07.2016. De otro lado, mediante Informe Nº 208-2016-GPP/ MPH de fecha 01.08.2016, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto manifiesta que el referido proyecto de ordenanza es de suma importancia, por lo que de generarse incidencia presupuestal, su atención sería de acuerdo a la disponibilidad presupuestal con que disponga la Institución, en ese sentido, la Gerencia Municipal, a través del Informe Nº 80-2016-GM/MPH de fecha 02.08.2016, eleva los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su aprobación según sus facultades. Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en forma unánime y con dispensa del dictamen correspondiente, aprobó la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL REGISTRO ÚNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES ­ RUOS EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el Registro Único de Organizaciones Sociales ­ RUOS, en la Municipalidad Provincial de Huaura, el cual consta de Ocho (VIII) Títulos, Treinta y Ocho (38) artículos y Cinco

(05) Disposiciones Transitorias y Complementarias, que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR toda disposición que se contraponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a los treinta (30) días naturales después de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- La Sub Gerencia de la Juventud y Participación Vecinal, contará con un plazo de Treinta (30) días naturales a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, para implementar y organizar el Registro Único de Organizaciones Sociales ­ RUOS en la Municipalidad Provincial de Huaura. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de la Juventud y Participación Vecinal, a la Gerencia de Desarrollo Humano, a la Gerencia de Planificación y Presupuesto y a la Gerencia de Administración y Finanzas, realizar las acciones conducentes al cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Sub Gerencia de Logística, Servicios Generales y Control Patrimonial la publicación de la misma en el Diario Oficial El Peruano, a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas de Información y Estadística la publicación del texto íntegro del Reglamento en el portal Institucional www.munihuacho.gob. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1439634-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC
Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2016-A-MPH-BCA EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC VISTO, el Acta de Concejo Municipal de fecha 22 de agosto del 2016 y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización del Estado, declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado al servicio del ciudadano; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de la Administración Pública, en su artículo 28º precisa que se requiere, entre otros, la aprobación del ROF en el siguiente caso: f) para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con la mayor eficiencia su misión y funciones;

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