Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2016 (19/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Miércoles 19 de octubre de 2016 /

El Peruano

023-2005-SA, contemplándose al Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades como órgano equivalente a la ex Dirección General de Epidemiología; Que, con documento de Visto, la Directora General del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades comunica que el profesional citado en los considerandos precedentes ha formulado renuncia, por lo que solicita se realice el trámite respectivo; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM; el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia del médico cirujano William Valdez Huarcaya, a la designación y adecuación de cargo efectuadas mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 105-2008/MINSA y 1016-2012/MINSA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCIA FUNEGRA Ministra de Salud 1443019-2

existe preocupación por la calidad de la formación académica de los médicos que ingresan a laborar en el sector salud, los cuales deben contar con las competencias requeridas para poder brindar una atención de salud adecuada a la población, de manera que ante dicha problemática de la educación médica en el Perú, se propone la conformación de una Comisión de Alto Nivel encargada de formular un informe sobre la educación médica en el Perú, en el que se formulen acciones concretas que permitan una atención de salud con calidad a la población; Que, en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo que conforme la precitada Comisión, asumiendo el Ministerio de Salud, a través de la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud, la Secretaría Técnica de la misma; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Salud Pública, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26842, Ley General de Salud y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformar la Comisión de Alto Nivel encargada de formular un informe sobre la educación médica en el Perú, la misma que estará integrada por: a) Dr. Miguel Palacios Celi, Decano del Colegio Médico del Perú, quien la preside. b) Dr. Carlos Bazán Zender, ex Ministro de Salud. c) Dr. Elías Melitón Arce Rodríguez, ex Viceministro de Salud. d) Dr. Oswaldo Zegarra Rojas, Presidente de la Academia Nacional de Medicina. e) Dr. Roger Guerra García Cueva, ex Rector de la UPCH. f) Dr. Maximiliano Cárdenas Díaz, ex Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura. g) Dr. Víctor Orihuela Paredes, ex Decano de la Universidad Nacional de Ucayali. h) Dr. Carlos Ricse Cataño, Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud. i) Dra. Claudia Ugarte Taboada, Directora General de la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud del Ministerio de Salud, quien asumirá la Secretaría Técnica. Artículo 2.- La Comisión de Alto Nivel conformada mediante la presente Resolución Ministerial, se instalará dentro de los tres (03) días hábiles posteriores a la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. En un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario, contados desde su instalación, presentará a la Titular del Ministerio de Salud el informe a que se refiere el artículo 1. Artículo 3.- El Ministerio de Salud y sus organismos públicos adscritos brindarán el apoyo que requiera la Comisión de Alto Nivel conformada mediante la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- La participación de los integrantes de la Comisión de Alto Nivel conformada mediante la presente Resolución Ministerial, será ad honorem y su funcionamiento no generará gastos adicionales al Tesoro Público. Artículo 5.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/index.asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1443019-3

Conforman Comisión de Alto Nivel encargada de formular un informe sobre la educación médica en el Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 810-2016/MINSA Lima, 18 de octubre del 2016 VISTOS: El expediente N° 16-095745-001, que contiene el Memorando N° 968-2016-DG-DGGDRH/MINSA y el Informe Legal N° 028-2016-AL-DGGDRH/MINSA, de la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señala que toda persona tiene derecho a exigir que los servicios que se le prestan para la atención de su salud cumplan con los estándares de calidad aceptados en los procedimientos y prácticas institucionales y profesionales; Que, asimismo, el literal h) del numeral 15.3 del artículo 15 de la citada Ley, señala que toda persona tiene derecho ser atendida por profesionales de la salud que estén debidamente capacitados, de acuerdo con las necesidades de salud, el avance científico y las características de la atención; Que, el literal e) del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que en el marco de sus competencias, el Ministerio de Salud cumple con la función específica de promover y participar en el desarrollo y fortalecimiento de las capacidades y competencias de los recursos humanos en salud; Que, mediante el documento de Visto, la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud señala que a nivel del Ministerio de Salud

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