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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2016 (19/10/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

601965 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de octubre de 2016 El Peruano / Aprueban la inmatriculación de inmuebles ubicados en el distrito y provincia de Moyobamba ACUERDO DE CONCEJO Nº 059-2016-MPM-CM Moyobamba, 18 de julio de 2016EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria Nº 013-2016, de fecha 15 de julio del dos mil dieciséis, convocada y presidida por el señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, Ing. Oswaldo Jiménez Salas, con la asistencia de los señores Regidores: Robert García Jaramillo, Norma Isabel Rojas Pizarro, Martha Gárate Labajos, Gilber Puscán Ruíz, Nancy Ramos Núñez, Eliseo López Del Águila, Icela Baneza Clavo Zumba, Rafael Eugene Félix Barrenecha, Julio Rafael Cobos Acosta, Raúl Vargas Casique y Gastelo Huamán Chinchay; se trató el tema correspondiente a la “Inmatriculación de predios a favor de la Municipalidad Provincial de Moyobamba”; Que, el artículo 56º numeral 1, de la Ley Nº 27972 indica que, son bienes de las municipalidades los bienes inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales; en tanto que, el artículo 58º referido a la Inscripción de Bienes Municipales en el registro de la Propiedad, concordante con el primer párrafo de la Octava Disposición Complementaria de este mismo dispositivo legal, establece que, los bienes inmuebles de las municipalidades, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del alcalde y por el mérito del acuerdo del Concejo correspondiente, siempre que no se encuentren inscritos a favor de terceros; Que, el segundo párrafo del artículo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, señala lo siguiente: “La resolución que dispone la Primera Inscripción de Dominio del predio del Estado, deberá publicarse por una sola vez en el Diario Ofi cial El Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la región en que se encuentra el predio”, por otra parte, el artículo 40º del indicado Reglamento, establece que: “La Resolución que dispone la Primera Inscripción de Dominio, conjuntamente con el Plano Perimétrico-Ubicación y Memoria Descriptiva, constituyen el título su fi ciente para todos los efectos legales”; Que, mediante el Informe Nº 060-2016-MPM-GDT/ SGPTTyCU/HQN, el asistente técnico de Catastro remite al Sub Gerente de Planeamiento Territorial, Transporte y Control Urbano, el resultado de la revisión y opinión técnica realizada respecto a los predios urbanos denominados “Barrancos”: Maynas, Belén 07, Malecón San Juan 02, Malecón San Juan 03, Malecón San Juan 04-A, Malecón San Juan 04-B, concluyendo que, no se ha identi fi cado que dichos predios se encuentren inscritos, por lo cual adjunta las constancias negativas de los mismos para su inmatriculación; Que, mediante el Informe Legal Nº 149-2016-MPM/ OGAJ, de fecha 6 de julio de 2016, la O fi cina de Asesoría Jurídica, opina que corresponde al Concejo Provincial de Moyobamba, autorizar la respectiva inmatriculación de los predios señalados en el considerando precedente, y como consecuencia de ello sean incorporados al margesí de bienes inmuebles de esta comuna; Que, el artículo 41º concordante con el artículo 17º de la aludida Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidos a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, estando a las consideraciones expuestas, al Dictamen Nº 024-2016, de fecha 11 de julio de 2016, de la Comisión de Desarrollo Urbano, Participación Vecinal y Gestión Ambiental; y, en virtud a los artículos 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial de Moyobamba, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por UNANIMIDAD: ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR la Inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, de los predios urbanos que a continuación se detallan; a favor de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa del presente acuerdo: DENOMI- NACIÓNUBICACIÓN ÁREAPERÍ- METRO “Área Recreativa Ecológica Maynas” Jr. Dos de Mayo y Jr. 25 de Mayo – Barrio de Lluyllucucha, Distrito y Provincia de Moyobamba2,729.13 m2220.20 ml “Barranco Belén 07”Jr. Emilio Acosta y Jr. Manuel Del Águila – Barrio de Belén, Distrito y Provincia de Moyobamba3,303.23 m2276.13 ml “Barranco Malecón San Juan 02”Jr. Malecón San Juan, Jr. Esperanza y Jr. Puno – Barrio de Zaragoza, Distrito y Provincia de Moyobamba23,650.29 m2716.85 ml “Barranco Malecón San Juan 03”Jr. Malecón San Juan, Jr. 20 de Abril y Jr. Coronel Secada – Barrio de Zaragoza, Distrito y Provincia de Moyobamba33,443.30 m21,271.31 ml “Barranco Malecón San Juan 04-A”Jr. Bolívar y Jr. Coronel Bardales, Barrio de Zaragoza, Distrito y Provincia de Moyobamba42,631.59 m2923.59 ml “Barranco Malecón San Juan 04-B”Jr. Bolívar y Jr. Coronel Bardales, Barrio de Zaragoza, Distrito y Provincia de Moyobamba33,008.59 m21,030.31 ml Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo por una sola vez en el Diario O fi cial El Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la Región, de conformidad con lo establecido en el artículo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; sin perjuicio de su publicación en el Portal Institucional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Territorial, y a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Unidad de Control Patrimonial, realizar las acciones administrativas necesarias a fi n de implementar y ejecutar el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO JIMÉNEZ SALAS Alcalde 1442218-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHERO Aprueban el Plan de Desarrollo Local Concertado Chinchero al 2021 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2016-MDCH Chinchero, 29 de septiembre de 2016EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHERO, PROVINCIA DE URUBAMBA,DEPARTAMENTO DEL CUSCO